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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (30/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 303299 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de octubre de 2005 Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de laNación, encarga al Instituto Nacional de Cultura la funciónde registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural dela Nación; Que, mediante Informe Nº 695-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-LAMS de fecha 18 de octubre de 2005, del Lic. Luis Moulet Silva, Arqueólogo de la Subdirección deInvestigación y Catastro de la Dirección de Arqueología,manifiesta que se ha elaborado el expediente técnico dela Zona Arqueológica Mangomarca A, ubicada en eldistrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 233/ INC - 2003 se declara Patrimonio Cultural de la Nación alConjunto Arqueológico Mangomarca ubicado en el distritode San Juan de Lurigancho, provincia y departamento deLima; Que, con Acuerdo Nº 596 de fecha 18 de octubre de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología,recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura, aprobar el Plano Perimétrico de la ZonaArqueológica Mangomarca - Sector A, Nº PP 0018-INC_DREPH/DA/SDIC-2005 de fecha 12 de octubre de 2005, a escala 1/250, con un área de 1,254.74 m2 y un perímetro de 143.90 m.l., ubicado en el distrito de SanJuan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica Mangomarca - Sector A, Nº PP 0018- INC_DREPH/DA/SDIC-2005 de fecha 12 de octubre de 2005, a escala 1/250, con un área de 1,254.74 m2 y unperímetro de 143.90 m.l., ubicado en el distrito de SanJuan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 2º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) del planomencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 18360 Retiran la condición de Monumento perteneciente al Patrimonio Cultural dela Nación a inmueble ubicado en laprovincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1435/INC Lima, 21 de octubre de 2005 Visto el Expediente Nº 11913/2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 22 de agosto de 2005 el Dr. Freddy Zubieta Murillo, Presidente de la AsociaciónCultural Brisas del Titicaca, solicita el Retiro de Condición de Monumento del inmueble ubicado en Jr. WakulskiNºs. 168-170, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolución Jefatural Nº 509-88-INC/J de fecha1 de setiembre de 1988; Que, mediante Informe Nº 014-2005-INC/DPHCR- SDR-DAB la Subdirección de Registro de la Dirección dePatrimonio Histórico Colonial y Republicano evaluó ladocumentación presentada por la Asociación CulturalBrisas del Titicaca; Que, mediante Informe Nº 070-2005-INC/DPHCR- SDIH la Subdirectora de Investigación Histórica de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicanoconcluye que la declaración del inmueble se basóúnicamente en los posibles valores arquitectónicos de lafachada, no se halla sustento histórico suficiente encuanto a los propietarios o a la historia particular del inmueble para mantener la declaratoria; Que, mediante Informe Nº 186-2005-INC/DPHCR- SDR la Subdirectora de Registro de la Dirección dePatrimonio Histórico Colonial y Republicano consideraque el inmueble no reúne valores arquitectónicos nihistóricos que sustente la condición de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, debiéndose precisar además que sólo la numeración168, corresponde al inmueble que posee fachada devalor monumental; Que, de la evaluación del expediente administrativo la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 03 de fecha 30 de setiembre de 2005, cuyo tenor es como sigue: VISTOS:1. Los antecedentes, la documentación presentada porel recurrente, antecedentes de dominio, ficha registralde la propiedad, registro fotográfico del exterior e interiordel inmueble, memoria descriptiva. 2. El Informe Nº 014- 2005-INC/DPHCR-SDR-DAB de la Arqº Dina Aguilar Benites, profesional de la Subdirección de Registro. 3.El Informe Nº 070-2005-INC/DPHCR-SDIH de la Dra.Blanca Alva Guerrero, Subdirectora de InvestigaciónHistórica. 4. El Informe Nº 186-2005-INC/DPHCR-SDR,de la Arqº Teresa Vilcapoma Huapaya, Subdirectora de Registro. CONSIDERANDO: 1. Que, no obra en el archivo de la esta Institución el expediente técnicosustentatorio que serviría de base para la declaraciónde Monumento del inmueble, no se cuenta conevidencias de su distribución original, la declaración sebasó únicamente en las características de la fachada, la cual ya ha sido modificada en su expresión volumétrica, la fachada con numeración 170 no poseevalor arquitectónico. 2. Que, el inmueble no reúne valoresarquitectónicos - urbanísticos ni históricos suficientesque sustente la condición de Monumento integrante delPatrimonio Cultural de la Nación. 3. Que, el entorno inmediato donde se ubica el inmueble es heterogéneo, no posee edilicia representativa de valor monumental,no se encuentra dentro del perímetro de la ZonaMonumental de Lima ni del Centro Histórico de Lima.SE ACUERDA: 1. Proponer el retiro de la condición deMonumento del inmueble ubicado en Jr. Wakulski Nºs. 168-170, Lima. 2. Encargar a la Subdirección de Registro realice los tramites necesarios para el retiro dela condición de Monumento integrante del PatrimonioCultural de la Nación, al citado inmueble; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; LeyNº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo Único.- Retirar la condición de Monumento perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble ubicado en Jr. Wakulski Nºs. 168-170, distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones