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PÆg. 303304 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de octubre de 2005 d) Realización de actividades de comercio, artesana- les, de servicios y/o profesionales en un establecimiento que cuenta con autorización Municipal de Funcionamiento previa vigente expedida a nombre de una persona natu-ral, jurídica o ente colectivo distinto. e) Cualquier circunstancia que determine una varia- ción de las condiciones que motivaron la expedición delCertificado de autorización municipal respectivo, salvo en los casos contemplados en la presente Ordenanza. Artículo 9º.- ALCANCES DE LA AUTORIZACIÓN Los Certificados de Autorización Municipal se otor- gan a nombre del solicitante, por cada establecimiento. En caso que los sujetos obligados a obtener dichos certificados desarrollen actividades en varios estableci- mientos, aun cuando éstas sean complementarias a larealización del giro principal, deberán obtener un certifi- cado para cada uno de ellos. El Certificado de Autorización Municipal de Funcio- namiento permite a su titular la realización de los giros autorizados, así como el desarrollo adicional por el mis- mo sujeto de giros que resulten compatibles con los au-torizados, se encuentren listados en un mismo anexo a que se refiere la Segunda Disposición Transitoria de la presente Ordenanza y siempre que no impliquen riesgospara la salubridad, la seguridad, o impliquen saturación, modificación del área del establecimiento, o alteración de su estructura. La realización de giros adicionales que requieran de permisos sectoriales o de requisitos adicionales a aque- llos exigidos para el desarrollo del giro originalmente au-torizado, requerirá de la emisión de una nueva Autoriza- ción Municipal. El desarrollo de actividades de comercio, artesana- les, de servicios y/o profesionales en el mismo estableci- miento, por sujetos distintos al titular de la Autorización Municipal, requerirá de la emisión de una AutorizaciónMunicipal de Funcionamiento para Cesionarios. Artículo 10º.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA EL TRÁMITE Son órganos competentes para el conocimiento y la tramitación de los procedimientos regulados en la pre-sente Ordenanza, los siguientes: a) La División de Autorización Municipal de Funcio- namiento, respecto de las solicitudes de Autorización Municipal de Funcionamiento, Autorización para Insta- lación de Elementos de Publicidad Exterior, Autoriza-ción Municipal para el Uso Temporal de Vías Públicas en las calles autorizadas del Cercado de Lima, y Pro- cedimiento Munlimaexpress; tratándose de estableci-mientos en los que se desarrollen giros comprendidos en el anexo I, a ser aprobado conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria de la presenteOrdenanza. b) La Subgerencia de Autorizaciones Comerciales, res- pecto de las solicitudes de Autorización Municipal deFuncionamiento, Autorización de Elementos de Publici- dad Exterior, Autorización Municipal para el Uso Tempo- ral de Vías Públicas en las calles autorizadas del Cerca-do de Lima y Procedimiento Munlimaexpress; tratándose de establecimientos en los que se desarrollen giros com- prendidos en los anexos II y III, a ser aprobados confor-me a lo dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria de la presente Ordenanza. c) La Gerencia de Desarrollo Empresarial, respecto de las solicitudes de Autorización Municipal de Funcio- namiento, Autorización de Elementos de Publicidad Ex- terior, Autorización Municipal para el Uso Temporal deVías Públicas en las calles autorizadas del Cercado de Lima y Procedimiento Munlimaexpress; tratándose de es- tablecimientos en los que se desarrollen giros compren-didos en el anexo IV, a ser aprobado conforme a lo dis- puesto en la Segunda Disposición Transitoria de la pre- sente Ordenanza. d) La Subgerencia de Defensa Civil, a través de su propio personal o a través de inspectores que actúen bajo tercerización del servicio, respecto de la Inspección Bá-sica de Seguridad en Defensa Civil. Artículo 11º.- FACULTADOS PARA SUSCRIBIR CER- TIFICADOS Y RESOLUCIONES Quedan facultados a suscribir las Resoluciones y/o Certificados que se originen como consecuencia de losprocedimientos regulados por la presente Ordenanza Mu- nicipal, los siguientes funcionarios: Numeral Tipo de Resolución o Certificado FUNCIONARIOS 1Para establecimientos en los que se desarrollen giros Jefe División de comprendidos en el Anexo I, a ser aprobado confor- Autorizaciónme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Transito- Municipal deria de la presente Ordenanza: Funcionamiento Autorización Municipal de Funcionamiento,Autorización Municipal para Instalación de Elementos de Publicidad Exterior, Autorización para Uso Temporal de la Vía Pública 2Para establecimientos en los que se desarrollen giros Subgerente de comprendidos en los Anexos II y/o III, a ser aprobados Autorizacionesconforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición ComercialesTransitoria de la presente Ordenanza: Autorización Municipal de Funcionamiento,Autorización Municipal para Instalación de Elementos de Publicidad Exterior, Autorización para Uso Temporal de la Vía Pública 3Para establecimientos en los que se desarrollen giros Gerente de comprendidos en el Anexo IV, a ser aprobado confor- Desarrollome a lo dispuesto en la Segunda Disposición Transito- Empresarialria de la presente Ordenanza: Autorización Municipal de Funcionamiento,Autorización Municipal para Instalación de Elementos de Publicidad Exterior Autorización para Uso Temporal de la Vía Pública 4Certificado Básico de Seguridad en Defensa Civil Subgerente de Defensa Civil Mediante Decreto de Alcaldía, puede otorgarse facul- tades para suscribir Resoluciones y/o Certificados a fun- cionarios distintos a aquellos indicados en los numerales1 a 3 del cuadro anterior, si ello coadyuva a lograr los objetivos indicados en el artículo 3º de la presente Orde- nanza. Tratándose de establecimientos que desarrollen giros comprendidos en más de uno de los anexos a ser apro- bados conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposi-ción Transitoria de la presente Ordenanza, la Resolución y el Certificado respectivo deberán ser suscritos por el funcionario designado para autorizar los giros del anexode numeración mayor. Artículo 12º.- FIRMA ELECTRÓNICA DE CERTIFI- CADOS Y RESOLUCIONES Se considera válida la emisión y suscripción median- te el uso de sistemas de computación, electrónicos, me-canizados, digitales o similares, de las Resoluciones, Cer- tificados, Cédulas de Notificación, Informes y actos ad- ministrativos en general, generados como consecuenciade la tramitación de los procedimientos regulados en esta Ordenanza. Los documentos mencionados en el párrafo anterior deberán contener los datos e informaciones necesarias para la acertada comprensión del contenido del respecti- vo acto y del origen del mismo. Artículo 13º.- ÓRGANOS COMPETENTES DE FIS- CALIZACIÓN Compete a la Gerencia de Fiscalización y Control, la fiscalización y control posterior del cumplimiento de las obligaciones de los agentes económicos, vinculadas alas autorizaciones municipales a que se refiere la pre- sente Ordenanza. Este artículo se aplica sin perjuicio de las facultades de fiscalización y control que corresponden al Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA, la Subgerencia de Defensa Civil de laMunicipalidad Metropolitana de Lima y la Gerencia de Desarrollo Social, dentro del ámbito de sus funciones. Artículo 14º.- CÓMPUTO DE PLAZOS Para efecto de los plazos fijados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos relativos a los procedi-mientos regulados en la presente Ordenanza, así como