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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (30/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 303290 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de octubre de 2005 incluyendo el gasto que irrogue la adquisición de las licencias referidas; Que, por Resolución de Consejo Universitario Nº 0202- 2005/UNT (14.09.2005), se resuelve entre otros, encargar las funciones del Despacho Rectoral al Dr. Orlando Velásquez Benites, Vicerrector Administrativo, del 20 desetiembre al 08 de octubre del 2005, por ausencia delRector, de conformidad con lo establecido en el artículo204º del Estatuto Universitario; Estando al Informe de la Oficina de Asuntos Jurídicos y en uso de las atribuciones conferidas al Rectorado, envirtud de lo dispuesto en el artículo 33º, de la Ley 23733concordante con el inciso c) del artículo 196º del Estatutovigente; SE RESUELVE: 1º) AUTORIZAR la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2005, el gasto de S/.16 450.00 incluido IGV, para la adquisición delicencias en alquiler (Windows y Office XP) para el usode software en la Universidad Nacional de Trujillo, enatención a lo solicitado por el Jefe de Sistema deCómputo. 2º) EXONERAR del proceso de licitación o de adquisición directa las licencias en alquiler (Windowsy Office Xp) para el uso de software en la UniversidadNacional de Trujillo, hasta por un monto de S/.16450.00 incluido IGV, por cuanto la empresa COSAPIDATA S.A., es la única distribuidora directa, autorizada, en el Perú por Microsoft Corporation que es titular de los derechos de autor del programa de licenciamientoMicrosoft School Agreement, según lo informado porla Oficina Técnica de Abastecimiento y Sistema deCómputo. 3º) EL EGRESO que origine la presente Resolución, se afectará a la partida Nº 6.7.11.51 “Equipamiento y Bienes Duraderos”, por la fuente de recursos directamenterecaudados, de la cuenta 1.00 “Administración Central”para efectos de control interno y con la cadena funcionalprogramática 0010: FUNCION 09 PROGRAMA 029SUBPROGRAMA 0005 ACTIVIDAD 1.00356 COMPONENTE 3.00452 4º) DISPONER que la Oficina del Sistema de Cómputo, gestora del presente expediente, coordine con la Oficina Técnica de Abastecimiento, para la elaboración del contrato respectivo con la empresaCOSAPI DATA. Regístrese, comuníquese y archivese ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES RECTOR (e) 18404 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Modifican el artículo 10 del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima RESOLUCIÓN CONASEV Nº 069-2005-EF/94.10 Lima, 24 de octubre de 2005VISTO: El Informe Nº 0277-2005-EF/94.45 del 22 de agosto de 2005 de la Gerencia de Mercados y Emisores, con laopinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 literal d) de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valoresseñala que una de las funciones de esta instituciónconsiste en velar por la transparencia de los mercados de valores, la correcta formación de los precios en ellos y la protección de los inversionistas, procurando ladifusión de toda la información necesaria para talespropósitos; Que, para el cumplimiento de tales fines, resulta necesario contar con información oportuna que permita cumplir cabalmente con las funciones encomendadas; entre ellas la supervisión de las propuestas y operacionesde cada sesión de rueda; Que, la periodicidad y oportunidad a que actualmente se encuentra sujeta la remisión de la información señalada en elconsiderando precedente no es satisfactoria pues las propuestas son enviadas al final del día, momento en el que no es posible realizar una actividad de supervisión adecuada; Que, el artículo 10 del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Limaestablece que una vez finalizada la sesión de rueda sedeben consignar en un registro todas las propuestas y operaciones e identificar aquellas que hubieran establecido cotización, enviando dicha información aCONASEV diariamente; Que, la periodicidad y oportunidad del envío de dicha información debe determinarse considerando los aspectostécnicos de los sistemas electrónicos de negociación y de los sistemas informáticos de supervisión , siendo adecuado que la Gerencia General de CONASEV adopte decisionessobre este asunto en función de los citados criterios; Estando a lo dispuesto por el artículo 2 inciso a) y el artículo 11 inciso b) del Texto Único Concordado de laLey Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, así como a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional, reunido en susesión del 17 de octubre de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 10 del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valoresde Lima, el que queda redactado de la siguiente forma: “Artículo 10. Registro de Propuestas y Operaciones.- La Dirección de Mercados estará a cargo de remitir a CONASEV en tiempo real todas las propuestas y operaciones realizadas en rueda de bolsa,identificando a aquellas que hubieran establecidocotización. Asimismo deberá llevar un registro en el quese consignen dichas propuestas y operaciones. LaGerencia General de CONASEV comunicará a la Dirección de Mercados las especificaciones técnicas para el envío de la información. Adicionalmente, la Dirección de Mercados remitirá a la ICLV la información correspondiente a las operacionesrealizadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo219 de la Ley. La Bolsa deberá mantener registros de toda la información a que se refiere el presente artículo por un período mínimo de diez años.” Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia el 2 de noviembre de 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente del DirectorioComisión Nacional Supervisora de Empresasy Valores 18344