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PÆg. 303312 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de octubre de 2005 Cuarta.– DIFUSIÓN Y CAPACITACIÓN Los órganos municipales comprendidos en la presen- te Ordenanza, deberán realizar de modo permanente ac- ciones de difusión y capacitación sobre su contenido yalcances a favor de su personal y del público usuario. Las acciones de difusión a favor del público usuario deberán incluir el uso del Internet y otros medios quegaranticen el acceso libre y gratuito a la información. Quinta.– GRATUIDAD EN LA OBTENCIÓN DE FOR- MULARIOS Los formularios de solicitud exigidos para la tramita- ción de los procedimientos regulados por la presente Or-denanza, son de libre reproducción y distribución gratui- ta. Toda reproducción, para ser considerada válida, de- berá respetar la calidad y dimensiones del original, de- biendo ser copia fidedigna del mismo. Los Módulos de Atención y Trámite (MAT) podrán rechazar la admisión deformularios que no cumplan lo dispuesto en este párrafo. Los formularios, así como los modelos de llenado de uso más frecuente, deberán estar a disposición del públi-co usuario en los Módulos de Atención y Trámite (MAT) y a través del portal electrónico de la Municipalidad Metro- politana de Lima ( http://www .munlima.gob .pe). Sexta.- INAPLICACIÓN Lo dispuesto en la cuarta disposición complementa- ria del ROF de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 812, no resulta de aplica- ción a los procedimientos regulados por la presente Or-denanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.– PROCEDIMIENTOS EN TRÁMITE Los procedimientos iniciados con anterioridad a la en- trada en vigencia de la presente Ordenanza, se regirán por la normativa anterior hasta su conclusión. Segunda.– APROBACIÓN DE ANEXOS Por Decreto de Alcaldía se aprobará el listado de gi- ros incluidos en los Anexos I a IV que formarán parte dela presente Ordenanza, sobre la base de la Ordenanza Municipal que apruebe la nueva zonificación e índice de usos para el Cercado de Lima y el Centro Histórico. Tercera.– FORMULARIO Por Decreto de Alcaldía se aprobará el Formulario Gra- tuito de Solicitud -Declaración Jurada, la misma que se- ñalará la información considerada como obligatoria para su presentación. Cuarta.– MODIFICACIÓN DEL TUPA La Municipalidad Metropolitana de Lima deberá apro- bar, antes de la entrada en vigencia de esta norma, la Ordenanza para adecuar su Texto Único de Procedimien- tos Administrativos – TUPA a lo dispuesto en la presenteOrdenanza. Quinta.– ADECUACIÓN DE REGLAMENTOS Y MA- NUALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES. La Oficina General de Planificación de la Municipali- dad Metropolitana de Lima, deberá en un plazo de 30días calendario, adecuar el texto de los Reglamentos y Manuales de Organización y Funciones, a lo dispuesto en la presente Ordenanza, con apoyo de la Gerencia deDesarrollo Empresarial. Sexta.– SERVICIO DE INSPECCIÓN En tanto no se produzca la tercerización del servicio de inspecciones a que se refiere el artículo 23º, la reali- zación de la Inspección Única Multipropósito estará a car-go de inspectores de la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Séptima.– GIROS AFINES NO INCLUIDOS EN ANEXOS En caso de solicitarse autorización de funcionamien- to respecto de giros cuya denominación no se encuentra expresamente recogida en los anexos I a IV a ser apro-bados conforme a la Segunda Disposición Transitoria de la presente Ordenanza, pero que resultan afines a aque- llos incluidos en dichos anexos, corresponde a los fun-cionarios encargados de la tramitación del procedimien-to de Autorización Municipal de Funcionamiento evaluar su procedencia. Para determinar la existencia de afinidad entre giros a que se refiere el párrafo anterior, los órganos compe-tentes utilizaran como criterio interpretativo las clases y aperturas de actividades contenidas en la Revisión 3 de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIUde las Naciones Unidas. Octava.– ALUSIÓN A NORMAS EN EL TEXTO DE LA ORDENANZA La alusión Leyes, Reglamentos, Ordenanzas, Decre- tos de Alcaldía u otras normas específicas efectuada enel texto de la presente ordenanza, incluye a aquellas que las sustituyan. Novena.– REGULACIÓN DE OTORGAMIENTO EX- CEPCIONAL DE AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO Mediante Decreto de Alcaldía, podrá establecerse re- gímenes especiales para el otorgamiento excepcional de autorizaciones municipales de funcionamiento en los ca-sos de establecimientos en mercados, centros y galerías comerciales, galerías fériales y galerías de habilitación progresiva, en proceso de regularización. Décima.– ORDENANZA MARCO A partir de la entrada en vigencia de la presente Orde- nanza, la Municipalidad Metropolitana de Lima en su opor- tunidad, aprobará una Ordenanza Marco que establezca los aspectos legales, técnicos y administrativos que debenobservar las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima para la determinación de las Tasas por concepto de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los 20 días del mes de octubre de dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima ANEXO V REQUISITOS ESPECIALES PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO NUMERAL REQUISITO TIPO DE SOLICITANTE O NATURALEZA DEL GIRO 1Copia del Certificado vi- Instituciones Educativas gente de Inspección Téc- Centros de Salud, Hospitales, Clínicas nica de Seguridad de De- Centros comerciales,talle expedido por el Mercados, Ferias, INDECI. Locales de Espectáculos abiertos o cerrados Centros de RecreaciónEstablecimientos de Hospedaje Industrias livianas y medianas Talleres 2Copia de Certificado vi- Fabr icación, comercialización y almacenamiento gente de Inspección Téc- de productos pirotécnicos, derivados de hidro- nica de Seguridad Multi- carburos, de sustancias y de productos quími-disciplinaria expedida por cos tóxicos. el INDECI Producción de explosivos y aquellos que signi- fiquen peligro para la población o afecten el ambiente. 3Copia de Autorización Instituciones Educativas (Autorización expedi- Sectorial vigente da por el Ministerio de Educación) Juegos de Casino y tragamonedas (Autorizaciónexpedida por MINCETUR) Venta de Gasolina, gas u otros hidrocarburos (Autorización expedida por la Dirección Gene-ral de Hidrocarburos) Fabricación y/o comercialización de insumos químicos (Autorización expedida por laDIRANDRO) Instituciones Financieras o de Seguros (Reso- lución de la SBS autorizando apertura de lasede, oficina o agencia respectiva) Agencias de Empleo (autorización del Ministe- rio de Trabajo y Promoción del Empleo)Centros de Conciliación (Autorización del Minis- terio de Justicia) Fabricación, comercialización, almacenamien-to de productos pirotécnicos, detonantes y/o deflagrantes, y/u oferta de servicio de espectáculo pirotécnico en zonas autorizadas (autorización de DICSCAMEC)