Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2005 (10/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 10 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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(10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada, en el distrito y provincia de Celendin, departamento de Cajamarca; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Servicio Frecuencia Modalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision : OCR-2Y : 256KF8E : FM : 95.5 MHz : COMERCIAL

Potencia Nominal del Transmisor : 0.3 kW Ubicacion de la Estacion: Estudios : Jr. MORDAZA Nº 502, en el distrito y provincia de Celendin, departamento de Cajamarca. : Longitud Oeste: 78° 08' 31" Latitud Sur: 06° 51' 49" : Cerro Jelig, en el distrito y provincia de Celendin, depar tamento de Cajamarca. : Longitud Oeste: 78° 06' 19" Latitud Sur: 06° 53' 34" : El area comprendida dentro del contorno de 66 dBµV/m

Coordenadas Geograficas Planta

En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobacion, el titular se encuentra obligado a su respectiva comunicacion. Articulo 5º.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion Articulo 6º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el ar ticulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 7º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 8º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autor izado, debiendo adecuarse a las nor mas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 15517

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. El plazo de la autorizacion y del permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el ar ticulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual el titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo la homologacion del equipamiento asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, el titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgada. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. Articulo 3º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la autorizacion, el titular debera presentar el Proyecto de Comunicacion. Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica que emita el Ministerio. Articulo 4º.- El titular esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion del Ministerio. En caso de aumento de potencia, este sera autorizado hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias para la banda y localidad autorizada.

Renuevan autorizacion otorgada a MORDAZA de Radiodifusion S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en VHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 437-2005-MTC/03 MORDAZA, 2 de setiembre de 2005 VISTO, el Escrito Registro Nº 043624 del 13 de agosto del 2003, presentado por la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 223-93-TCC/15.17 del 6 de MORDAZA de 1993, , se autorizo a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A., por el plazo de diez (10) anos, la operacion definitiva de una estacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, considerando como caracteristicas tecnicas, el MORDAZA 04, potencia 1000 W, ubicacion de la planta en el Cerro MORDAZA, distrito, provincia y departamento de Ica; Que, segun consta en Partida Registral Nº 02005964, la empresa modifico su regimen societario, adoptando la modalidad de sociedad anonima cerrada; Que, se ha realizado la adaptacion del MORDAZA de emision de video a 5M45C3F y audio a 50K0F3E (monofonico), de acuerdo a lo vigente en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; Que, con Informe Nº 675-2004-MTC/18.01.1 del 9 de agosto del 2004, la Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas da cuenta de la inspeccion tecnica senalando que la estacion de la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., cuenta con el equipamiento necesario para su operacion brindando un servicio adecuado, con ambientes de estudios y planta instalados de acuerdo a las caracteristicas tecnicas y emitiendo una senal libre de espureas. De esta manera, concluye que la estacion se encuentra apta para proseguir con el tramite solicitado;

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