NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (11/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 23
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G30/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 11 de setiembre de 2005 9.8 Después de haber comprobado que las obras han sido ejecutadas correctamente, entregar al Interesado todala documentación e información necesaria para los futurosprocesos entre éste y el Concesionario. 9.9 Habilitar en obra una oficina y dar al ingeniero residente las facilidades que le permitan cumplir cabalmentecon sus funciones. 9.10Para obras en la vía pública, el Contratista Especialista o el Interesado comunicará al Municipiorespectivo y autoridades competentes el inicio de ejecuciónde obras, cumpliendo con la normatividad pertinente. CAPÍTULO TERCERO ATENCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS NUEVOS SUMINISTROS DE GAS NATURAL Artículo 10º.- Requisitos que debe contener la Solicitud de Factibilidad de Suministro. Toda solicitud para un nuevo suministro de gas natural debe estar dirigida al Concesionario y para su admisióndebe contener como mínimo la siguiente información: 1) Nombre o Razón Social del propietario, acreditando su representante legal en el caso de persona jurídica,dirección a donde se dirigirá la comunicación yadicionalmente números telefónicos o correos electrónicos,si los tuviere. 2) Dirección o ubicación geográfica del punto de suministro a atender. 3) Identificación de las cargas a conectar, indicando relación y categorías de los potenciales consumidores yusos que se le dará al Gas Natural. 4) Consumo estimado mensual de Gas Natural (en m 3 estándar), por punto de suministro. 5) Presión requerida por punto de suministro.6) Fecha solicitada de entrada en servicio.7) Dos (2) copias del plano de ubicación en escala 1/5 000 ó 1/10 000, indicando el número de puntos de suministroy lotes totales a servir en cada etapa de construcción;ubicación de los principales consumidores comerciales eindustriales; e indicación de las vías de acceso al área aservir o referencias físicas que permitan su fácil ubicacióncon respecto a las instalaciones existentes. 8) Copia del documento que acredite la propiedad del predio. En caso de predios alquilados, presentaradicionalmente la autorización escrita del propietario parasolicitar el servicio ante el Concesionario. Artículo 11º.- Procedimiento aplicable a la Solicitud de Factibilidad de Suministro 11.1 El Concesionario procederá a formar un expediente por cada solicitud de factibilidad de suministro que se lepresente, en el cual se archivarán y foliarán todos losdocumentos relacionados con dicha solicitud. 11.2En caso que la solicitud no cumpla con los requisitos indicados en el Artículo 10 de la presente norma,dentro de los tres (03) días contados desde la fecha depresentación de la solicitud, el Concesionario notificará susobservaciones al solicitante en un solo acto para que lassubsane en un plazo máximo de tres (03) días desde quees notificado. Transcurrido dicho plazo sin que ocurra lasubsanación, el Concesionario considera inadmisible lasolicitud, teniéndola por no presentada y devolviéndola consus recaudos cuando el interesado se apersone a reclamar.En caso de efectuarse oportunamente la subsanación, lasolicitud se tiene por admitida desde la fecha depresentación de la subsanación. 11.3Si el Concesionario no ef ectuara las respectivas observaciones dentro de los tres (03) días siguientes derecibida la solicitud, en aplicación del silencio positivo, éstase considerará admitida al tercer día de presentada, sinperjuicio que se alcancen posteriormente aquellos requisitoso documentos imprescindibles para su atención. 11.4Admitida la solicitud, el Concesionario efectuará la evaluación técnico-económica y emitirá un documento derespuesta dentro de un plazo máximo de quince (15) díascontados a partir de la admisión de la solicitud. 11.5El documento de respuesta a que se refiere el párrafo anterior, incluirá en el caso de las Obras noconsideradas como Obras de Magnitud, los planos deinstalaciones, especificaciones técnicas, metrados, costosunitarios y presupuesto de la expansión del Sistema a partirde los Puntos de Alimentación técnica y económicamentemás adecuados considerados por el Concesionario. en elcaso de las Obras de Magnitud, el Concesionario estáobligado a entregar únicamente los puntos de alimentacióntécnicamente más adecuados y los costos unitarios y características generales con las que fue evaluada laviabilidad económica del proyecto, incluyendo elpresupuesto general. Artículo 12º.- Evaluación de Solicitud de Factibilidad de Suministro.- La solicitud de factibilidad de un Suministro dentro del área de Concesión, será evaluada por el Concesionario yclasificada dentro de los siguientes rubros: 12.1Es Obra de Magnitud, en cuyo caso la eval uación de viabilidad económica se efectúa de acuerdo a los pasosseñalados en los artículos 16º al 18º de la presente normay contempla los siguientes casos: a. Si no es económicamente viable:- El Concesionario responde al Interesado en quince (15) días, dándole a conocer que su solicitud de suministrosólo será atendida si éste último acepta el Sobrecargo o laConstrucción directa. Adjunta la información de los puntosde alimentación técnicamente más adecuados y los costosunitarios y características generales con las que fueevaluada la viabilidad económica del proyecto, incluyendoel presupuesto general. - El Interesado tiene treinta (30) días de plazo para responder al Concesionario, precisando si acepta el pagodel Sobrecargo o efectuará la construcción directa. Se aplicaen éste caso el silencio negativo. - Si el Interesado acepta el Sobrecargo, el Concesionario inicia la construcción en noventa (90) días contados a partirde la fecha de cancelación del Sobrecargo o de suscribir elacuerdo respectivo. - Si el Interesado decide construir directamente, encarga a un Proyectista Especializado la elaboración del Proyecto. b. Si es económicamente viable- Si se cuenta con Infraestructura existente en la zona, el Concesionario responde al Interesado en quince (15)días, dándole a conocer que será atendido en un plazomáximo de sesenta (60) días, en concordancia con loseñalado en el Artículo 7º numeral 7.1 de la presente norma. - Si no cuenta con la Infraestructura Existente en la Zona, el Concesionario responde al Interesado en quince (15)días, dándole a conocer que será atendido en un plazomáximo de 12 meses. 12.2No es Obra de M agnitud, en cuyo caso la evaluación de viabilidad económica se efectúa de acuerdoa los pasos señalados en el artículo 19º de la presentenorma y contempla los siguientes casos: a. Si no es económicamente viable:- El Concesionario responde al Interesado en quince (15) días, que su solicitud de suministro solo será atendidasi éste último acepta el Aporte o la Construcción directa.Adjunta los planos de instalaciones, especificacionestécnicas, metrados, costos unitarios y presupuesto de laexpansión del Sistema a partir de los Puntos deAlimentación técnica y económicamente más adecuadosconsiderados por el Concesionario. - El Interesado tiene treinta (30) días de plazo para responder al Concesionario, precisando si acepta el pagodel aporte o efectuará la construcción directa. Se aplica eneste caso el silencio negativo. - Si el Interesado acepta el Aporte, el Concesionario inicia la construcción en noventa (90) días contados a partirde la fecha de cancelación del Aporte o de suscribir elacuerdo respectivo. - Si el Interesado decide construir directamente, encarga a un Contratista el desarrollo del Proyecto, sobre la baseinformación del proyecto recibida por el Concesionario ysigue lo dispuesto en el Artículo 6º, numeral 6.2 de lapresente norma. b. Si es económicamente viable:- Si se cuenta con Infraestructura Necesaria en la Zona, el Concesionario responde al Interesado en 15 días, dándolea conocer que será atendido en un plazo máximo de 60días en concordancia con lo señalado en el Artículo 7ºnumeral 7.1 de la presente norma. - Si no cuenta con Infraestructura Necesaria en la Zona, el Concesionario responde al Interesado en 15 días,