Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2005 (12/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 12 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Dejar sin efecto la encargatura dispuesta mediante el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 4882005-MTC/02. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15643

Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el contenido de la presente Resolucion, para los fines pertinentes Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 15610

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Vocal Provisional de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres y Juez Suplente del 45º Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 328-2005-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 8 de setiembre del 2005 VISTO: La Resolucion Administrativa Nº 165-2005-CE-PJ de fecha 19 de agosto del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa de Vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resuelve conceder licencia con goce de haber del dia 14 de setiembre al 15 de noviembre del ano en curso a la Magistrada MORDAZA MORDAZA Izaga Pellegrin, Vocal Titular de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Cor te Superior de Justicia de MORDAZA, para que participe en el curso " Dimension Juridica de la Integracion Politica y Economia" organizado por el Consejo General del Poder Judicial de Espana como parte del Programa "Aula Iberoamericana", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Barcelona - Espana. Que, estando a lo expuesto en el considerando precedente, resulta imperioso para este Despacho designar al Magistrado que conformara Colegiado en la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de esta Corte Superior, por el tiempo que la doctora Izaga Pellegrin se encuentre de licencia. Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 237º y 238º de la Ley Organica del Poder Judicial y con las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del articulo 90º del mismo cuerpo de normas; SE RESUELVE Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA DESCALZI como Vocal Provisional de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima; quedando conformado el citado organo jurisdiccional de la siguiente manera: MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Presidente) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (P) MORDAZA MORDAZA DESCALZI (P) Articulo Segundo.- DESIGNAR al doctor MORDAZA CASANA MORDAZA como Juez Suplente del 45º Juzgado Especializado en lo Penal de Lima. Articulo Tercero.- Las disposiciones emanadas de la siguiente resolucion se haran efectivas a partir del dia 14 de setiembre al 15 de noviembre del ano en curso. Articulo Cuarto.- PONER en conocimiento de la Corte Suprema de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Jefatura de Administracion Distrital y de la Oficina de Personal de la

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de delitos en agravio de Petroperu S.A., Municipalidad Distrital de Trompeteros, la MORDAZA IV del Ministerio de Salud y Corpac S.A.
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 393-2005-CG
MORDAZA, 8 de setiembre de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 021-2005-CG/ GDPC de 04.AGO.2005, los Oficios Nºs. 1294-DIRCOCORPNP/DIVPACGR de 26.JUL.2005, 1310 y 1311-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 01.AGO.2005, respectivamente, el Atestado Nº 70-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 15.JUL.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Empresa Petroleos del Peru Sociedad Anonima PETROPERU S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, producto de la Accion de Control Posterior Programada Nº 02-0084-2004-001, efectuada por la Oficina de Control Institucional de PETROPERU S.A., se detectaron presuntas irregularidades en torno a la comercializacion de combustible, durante el periodo comprendido entre el 02.ENE.2002 al 30.ENE.2004; por lo que dicho OCI designo una Comision de Auditoria con Memorando Nº GAUI-087-2004 de 10.FEB.2004 a efecto de practicar el citado examen; Que, como resultado del Examen Especial, el citado OCI de PETROPERU S.A. emitio la Hoja Informativa Nº 001-2004-PP/OCI de 13.ABR.2004; en la cual se determinaron presuntas irregularidades en torno a la suscripcion del Contrato de Suministro de Productos Combustibles, con vigencia de un (1) ano y con el fin de suministrar combustibles en general asi como Turbo A-1; suscribiendose dicho documento el 15.NOV.2002, a pesar que era politica de comercializacion de PETROPERU firmar dichos contratos directamente con aerolineas, asimismo se ha evidenciado que PETROPERU no corroboro la exactitud de la informacion brindada por la empresa contratada -quien en algunos casos brindo informacion inexacta- en relacion a su cartera de clientes, por cuanto habian incluido en esta algunos clientes de PETROPERU, de Estaciones de Servicios que son propiedad de distribuidores mayoristas, y, de algunas empresas que ya no operan; asimismo, se ha evidenciado que PETROPERU comercializo Turbo A-1 con la contratista, sin ser esta una empresa de aviacion, hecho que podria ocasionar una contingencia tributaria al haberle exonerado a la citada empresa del cobro del Impuesto Selectivo al Consumo y la diferencia del Impuesto General a las Ventas, por un impor te ascendente a la suma de US$ 4 405 109,27 dolares americanos; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comision de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, la Comision considero conveniente solicitar la participacion de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General

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