Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2005 (12/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 12 de setiembre de 2005

de la Republica, a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 1294-DIRCOCORPNP/DIVPACGR de 26.JUL.2005 a la Tercera Fiscalia Provincial Penal Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Comercio Clandestino de Productos, Asociacion Ilicita para Delinquir, Colusion y Falsificacion de Documentos, ilicitos previstos y sancionados en los articulos 272º, 317º, 384º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, producto de una verificacion se encuentre presuncion de ilicito penal, asi como participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 15591

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 394-2005-CG
MORDAZA, 8 de setiembre de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 022-2005-CG/ GDPC de 16.AGO.2005, los Oficios Nºs. 940-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.E2 de 02.JUN.2005, 1006 y 1010-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 13.JUN.2005, y el Atestado Ampliatorio Nº 048-2005-DIRCOCOR-PNPDIVPACGR de 02.JUN.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Municipalidad Distrital de Trompeteros, Provincia y Region Loreto; y, CONSIDERANDO:

Que, como resultado del Examen Especial, dicha Oficina Regional de Control emitio la Hoja Informativa Nº 007-2004-CG/ORIQ-EE-MDT de 06.MAY.2004; en la cual se determinaron presuntas irregularidades, entre otras, en el fraccionamiento de las adquisiciones de enriquecido lacteo para el Programa del Vaso de Leche, durante el primer semestre del ejercicio 2003; deficiencias del expediente tecnico y decisiones incorrectas del comite especial durante el MORDAZA de seleccion, asi como el otorgamiento indebido de un plazo adicional en la obra "REPARACION Y AMPLIACION DE LA MOTONAVE FLUVIAL TROMPETEROS"; irregularidades respecto a los gastos ejecutados como consecuencia del prestamo solicitado al Banco de la Nacion; asi como en el otorgamiento y rendicion de anticipos de fondos concedidos a funcionarios, ex funcionarios y ex asesores municipales; en el otorgamiento y rendicion de viaticos a autoridades, ex funcionarios, funcionarios, trabajadores, ex trabajadores y personas ajenas a la municipalidad; pagos en exceso en las adquisiciones de un bote deslizador y un motor fuera de MORDAZA usados; simulacion de compra de combustible, lubricantes y accesorios, cuyos documentos fueron presentados como sustento en la rendicion de anticipos otorgados y, omision de entrega de informacion a la Contraloria General, por par te de autoridades y funcionarios de la Municipalidad; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comision de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, la Comision considero conveniente solicitar la participacion de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado Ampliatorio de Vistos, respecto a los hechos referidos en el MORDAZA Considerando de la presente Resolucion, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 940-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.E2 de 02.JUN.2005 a la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA - Nauta, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Abuso de Autoridad, Omision de Actos Funcionales, Colusion, Peculado, Malversacion de Fondos, Falsificacion de Documentos, Falsedad Ideologica y Falsedad Generica, ilicitos previstos y sancionados por los articulos 376º, 377º, 384º, 387º, 389º, 427º, 428º y 438º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, producto de una verificacion se encuentre presuncion de ilicito penal, asi como participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado Ampliatorio de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:

Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 2316-2003-CG/DC de 12.DIC.2003 dispuso la realizacion de un Examen Especial a la mencionada Municipalidad, en cumplimiento del Plan Anual de Control de la Oficina Regional de Control Iquitos, cuyo periodo de analisis comprendio desde el 01.ENE.2002 al 31.DIC.2003;

Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el

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