Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2005 (12/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 12 de setiembre de 2005

Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 15594

correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros; por lo que, integrado el Concejo Distrital de Majes por el MORDAZA y cinco Regidores, esto es, seis miembros, que es el numero legal de miembros, se requeria de por lo menos cuatro votos para la declaratoria de vacancia; en consecuencia, los acuerdos de vacancia de los cargos de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ezquerra MORDAZA son nulos; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulas las Resoluciones Nº 007-2005-MDM y Nº 008-2005-MDM del 6 de MORDAZA de 2005, por las cuales se declaro la vacancia de los cargos de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ezquerra MORDAZA del Concejo Distrital de Majes, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; acuerdos de vacancia adoptados en la sesion extraordinaria del 6 de MORDAZA de 2005. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ezquerra MORDAZA ejercen los cargos de Regidor del Concejo Distrital de Majes, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, por el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 15627

JNE
Declaran que Regidores del Concejo Distrital de Majes continuan en el ejercicio de sus cargos
RESOLUCION Nº 246-2005-JNE
Exp. Nº 240-2005 MORDAZA, 8 de setiembre 2005 VISTOS los documentos cursados por el Secretario General de la Municipalidad Distrital de Majes, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, por los que comunica el acuerdo de vacancia de los cargos de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ezquerra MORDAZA, por la causal de inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias de concejo; CONSIDERANDO: Que el 17 de febrero de 2005, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el 28 de junio de 2005, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito se declare la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA Ezquerra MORDAZA, ambos por haber incurrido en la casual de inasistencia injustificada a sesiones ordinarias de concejo de fechas 29 de octubre, 19 de noviembre y 30 de noviembre de 2004, prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que convocada la sesion extraordinaria para el 6 de MORDAZA de 2005, estuvo presidida por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA con la asistencia de los cinco Regidores, sesion en la que el Concejo Distrital de Majes acordo declarar la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la siguiente votacion: tres (3) votos a favor de la vacancia, incluido el MORDAZA dirimente del MORDAZA, y dos (2) votos en contra de la vacancia; asimismo, se declaro la vacancia del Regidor MORDAZA Ezquerra MORDAZA con dos (2) votos a favor de la vacancia, un (1) MORDAZA en contra, segun consta de la MORDAZA cer tificada del acta que obra de fojas 387 a 392; expidiendose en igual sentido, las Resoluciones de Concejo Nº 007-2005-MDM y Nº 008-2005-MDM del 6 de MORDAZA de 2005 que obran a fojas 2 y 3, respectivamente; Que el articulo 23º primer parrafo de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el

Ponen en conocimiento del Tribunal Constitucional y de ciudadana que el JNE hace suya certificacion de registros validos de adherentes en accion de inconstitucionalidad contra Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Razuri
RESOLUCION Nº 247-2005-JNE
MORDAZA, 8 de setiembre 2005 Vistos, el expediente sobre comprobacion de la autenticidad de firmas de adherentes de la accion de inconstitucionalidad contra la Ordenanza Municipal Nº 0012005-MDR-PM expedida por la Municipalidad Distrital de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, iniciado a solicitud de la ciudadana Marita MORDAZA MORDAZA Palacios; y el Oficio Nº 446-2005-SGEN/RENIEC remitido por la Secretaria General del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con fecha 31 de agosto de 2005, informando sobre el resultado de la referida comprobacion de firmas; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo estipulado en el inciso 5) del articulo 203º de la Constitucion Politica del Peru, estan facultados para interponer accion de inconstitucionalidad contra una ordenanza municipal, el uno por ciento (1%) de los ciudadanos del respectivo ambito territorial, con firmas comprobadas por el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que en el padron electoral aprobado por este organismo electoral para las elecciones regionales y municipales del ano 2002, figuran 3,483 electores habiles en el distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, siendo 35 el uno por ciento (1%) a que se refiere el considerando precedente; Que para el caso de los adherentes a las solicitudes presentadas en el ejercicio de los derechos politicos previstos por la Constitucion y las leyes, corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil

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