NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 59
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G33/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de setiembre de 2005 de Revisiones Técnicas Vehiculares aplicable en el ámbito de la provincia de Lima, con el siguiente texto: Artículo 14º.- Las Líneas de Revisiones Técnicas Universales se emplearán únicamente en las Plantas deRevisiones Técnicas Vehiculares Principales u Obligatorias,siempre y cuando se verifique en el proyecto deinfraestructura correspondiente se respeten los radios de giro requeridos para la circulación de vehículos pesados. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 15901 MUNICIPALIDAD DE ATE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 00036 Ate, 11 de agosto de 2005 LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 14709-03 seguido por la PROMOTORA Y COMERCIALIZADORA NACIONAL DEINMUEBLES PROCONIN S.A.C., por el que solicita laAprobación de la Habilitación Urbana Nueva para UsoResidencial de Densidad Media "R-4" del terreno de 3,011.00 m2, que forma parte de un área mayor de 7,004.61 m2, constituido por la Subparcela 3 de la Parcela A del FundoQuiroz, ubicado en el distrito de Ate, provincia ydepartamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 081-MDA de fecha 21 de marzo de 2005, la Municipalidad Distrital de Ate aprobóel Planeamiento Integral en el sector del antiguo Pueblo deAte, referido a las vías principales con sus secciones vialesde las parcelaciones que lo conforman, determinando su continuidad vial y alineamiento físico, conforme al Plano Nº 013-2005-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que seráconsiderado de cumplimiento obligatorio para lospropietarios de los terrenos de las habilitaciones futuras. Que, mediante el Acuerdo Nº 01-05, tomado en Sesión Nº 02-05-CTHU/MDA del 3 de junio del 2005, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas dictaminó Favorable el Planeamiento Integral del terreno matriz de 7,004.61 m2 yla Habilitación Urbana Nueva para Uso Residencial deDensidad Media R-4,del terreno de 3,011.00 m2, constituidopor la Subparcela 3 de la Parcela A del Fundo Quiroz,ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; considerando que el déficit de los aportes de Recreación Pública, Parques Zonales y Ministerio deEducación son de 301.10 m2, 60.22 m2 y 60.22 m2,respectivamente las cuales deberán ser redimidos en dineroa las entidades correspondientes. Que, mediante Valorización Nº 013-2005-SGPUC-GDU/ MDA, de fecha 6 de junio de 2005, se efectuó la Liquidación por el déficit del Aporte de Recreación Pública y por Proyectosy Control de Obra de acuerdo con lo estipulado en el Art. II-XXI-4 del Reglamento Nacional de Construcciones, por unmonto total de S/. 8,052.57 nuevos soles y con recibo conliquidación Nº 0001755543 por un monto de S/. 2,000.00 pagado en la Tesorería de esta Corporación Municipal han acreditado la cancelación de la primera cuota correspondienteal convenio de fraccionamiento aprobado por ResoluciónSubgerencial de Recaudación Nº 655-2005-SGR-GR/MDA,de fecha 20 de junio del 2005. Que, mediante Informe Técnico Nº 530-05-AHU-SGPUC- GDU/MDA, de fecha 26 de julio del 2005 se otorga la procedencia técnica del presente trámite de habilitación urbanapor haber cumplido con los requisitos y pagos estipulados enel TUPA; asimismo se indica que el terreno de 3,011.00 m2 forma parte de un terreno mayor de 7,004.61 m2; por lo cual se deberá aprobar el Planeamiento Integral del mencionado terreno matriz con fines de la Habilitación Urbana por etapas. Que, con el visto bueno de la Subgerencia de Planificación Urbana y Catastro; y, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerada y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444 - Ley deProcedimiento Administrativo General, así como deconformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 - LeyGeneral de Habilitaciones Urbanas y por el ReglamentoNacional de Construcciones; SE RESUELVE: Artículo Primero .- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 031-05-SGPUC-GDU/MDA, elPlaneamiento Integral con fines de la habilitación urbanapor etapas, para Uso Residencial de Densidad Media R-4del terreno de 7,004.61 m2, constituido por la Subparcela 3de la Parcela A del Fundo Quiroz, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo .- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 032-05-SGPUC-GDU/MDA, la primeraetapa de la Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencialde Densidad Media R-4,del terreno de 3,011.00 m2, que formaparte de un área mayor de 7,004.61 m2, constituido por la Subparcela 3 de la Parcela A del Fundo Quiroz, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la PROMOTORA Y COMERCIALIZADORA NACIONAL DE INMUEBLESPROCONIN S.A.C., para ejecutar en el plazo de dieciocho(18) meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución; las obras de Habilitación Urbana en el terreno de 3,011.00 m2 teniendo en cuenta lascaracterísticas y especificaciones técnicas de acuerdo a lasiguiente descripción: DISEÑO ÁREA BRUTA : 3,011.00 m 2 ÁREA UTIL TOTAL : 2,204.28 m2 ÁREA DE VÍAS : 806.72 m2 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO : Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el Esquema de agua potable "La Merced", debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable yalcantarillado de acuerdo a los lineamientos generalesestablecidos en dicho esquema; debiendo además, tomarconocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y términode las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secundariasde energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales seránejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dichacompañía. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando ymejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante laadición de material granular, mezclándose con riego sucesivosy cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzarcomo mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m de espesor, compactado,provenientes de cantera seleccionada, que contengaproporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará conriegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedady hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad ProctorModificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidandomantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicaciónde una futura capa asfáltica de 2" de espesor.