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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G33/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de setiembre de 2005 INACC /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20 /G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G61/G73/G20/G63/G75/G79/G6F/G73/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G73 /G66/G75/G65/G72/G6F/G6E/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F /G64/G65/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 003708-2005-INACC/J Lima, 12 de setiembre del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2003-EM, sedenominó al Organismo Público Descentralizado del Sector Energía y Minas encargado de tramitar las solicitudes y otorgar las concesiones mineras, así como de administrarel Derecho de Vigencia y el Catastro Minero, como InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero- INACC; Que, el artículo 5º de la norma legal citada dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Público de Minería existentes en el Texto Único Ordenado de la Ley General de la Minería, aprobado por Decreto SupremoNº 014-92-EM, y demás normas legales y reglamentariasrelacionadas, se entenderán como referidas al InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero -INACC,publicará mensualmente en el Diario Oficial El Peruano,por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyostítulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería,aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE Artículo Único.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de agosto de 2005, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presenteresolución y para los efectos a que se contraen los artículos124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del DecretoSupremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. JUAN FCO. BALDEÓN RÍOS Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesionesy Catastro Minero 15708 INDECOPI /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20 /G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F /G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G62/G72/G65/G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G53/G69/G67/G6E/G6F/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G69/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 087-2005-INDECOPI/DIR Lima, 13 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que resulta conveniente complementar el equipo de apoyo técnico de la Sala de Defensa de la Competencia delTribunal de la institución; Que es oportuno armonizar dicha medida con acciones administrativas en el ámbito de la Secretaría Técnica de laComisión de Libre Competencia;Estando al acuerdo adoptado por el Directorio de la Institución; y De conformidad con el inciso e) del artículo 5 º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Hugo Gómez Apac en el cargo de Secretario Técnico de la Comisión de Libre Competencia, con efectividad al 1 deoctubre de 2005, disponiéndose su traslado al cargo deAsesor de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunaldel Indecopi. Artículo 2º.- Encargar, a partir del 1 de octubre de 2005, al señor José Tavera Colunga las funciones de Secretario Técnico de la Comisión de Libre Competenciadel Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. SANTIAGO ROCA TAVELLA Presidente del Directorio 15862 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 088-2005-INDECOPI/DIR Lima, 13 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO:Que por motivos de estudios de especialización en el extranjero, la señorita Teresa Mera Gómez, Jefe de la Oficina de Signos Distintivos, ha presentado renuncia a dicho cargo,con efectividad al 29 de setiembre de 2005; Que la citada renuncia ha sido aceptada por el Directorio de la institución; De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita Teresa Mera Gómez al cargo de Jefe de la Oficinade Signos Distintivos del Indecopi, con efectividad al 29 desetiembre de 2005, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Artículo 2º.- Encargar, a partir del 29 de setiembre de 2005, las funciones de Jefe de la Oficina de SignosDistintivos del Indecopi al señor Hugo Gonzales Coda. Regístrese, comuníquese y publíquese. SANTIAGO ROCA TAVELLA Presidente del Directorio 15863 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G61/G20/G55/G6E/G69/G74/G65/G64/G20/G44/G69/G73/G63/G6F/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/GE1/G63/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G69/G73/G63/G72/G69/G6D/G69/G6E/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G73/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G73/G75/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G41/G75/G72/G61 TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia RESOLUCIÓN Nº 0939-2005/TDC-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 1356-2004/CPC PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DENUNCIANTE : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR (LA COMISIÓN) DENUNCIADO : UNITED DISCO S.A. (UNITED DISCO)MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DISCRIMINACIÓN EN EL CONSUMO GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN MULTAMEDIDA CORRECTIVA PUBLICACIÓN DE LARESOLUCIÓN ACTIVIDAD : FUNCIONAMIENTO DE SALAS DE BAILE, DISCOTECAS, PARQUES DE DIVERSIÓN Y LUGARES SIMILARES