Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2005 (17/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 17 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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la cual el MORDAZA Nacional de Elecciones no se pronuncia sobre el fondo de la materia y, por tanto, no puede ratificar el Acuerdo del Concejo de dicha comuna adoptado en sesion extraordinaria del 27 de MORDAZA de 2005, que declara la suspension del cargo de regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vasquez; Que, sin embargo, de acuerdo al inciso 3.2) del articulo 3º contenido en la Resolucion Nº 034-2004-JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones esta facultado para hacer entrega de credenciales provisionales por el tiempo que dure el mandato de detencion; Que el ejercicio del cargo de regidor se suspende por el tiempo que dure el mandato de detencion, conforme al inciso 3) del articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; debiendo reemplazarse a las autoridades suspendidas con arreglo al articulo 24º de la acotada; Que en caso de suspension de regidores lo reemplazan los suplentes, respetando el orden de precedencia establecida en su propia lista electoral, y para completar el numero legal de miembros del concejo municipal, se debe convocar provisionalmente a MORDAZA Asunciona MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada del Partido Aprista Peruano, segun Acta de Proclamacion de Resultados del MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, que corre de fojas 26 a 29; Que verificado el cumplimiento de los presupuestos legales, es procedente otorgar las credenciales solicitadas, segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 034-2004-JNE; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA Asunciona MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada del Partido Aprista Peruano, para que asuma provisionalmente el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Huimbayoc, provincia y departamento de San MORDAZA, mientras dure el mandato de detencion existente contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vasquez; debiendosele otorgar la credencial respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 15954

injustificada prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, de conformidad con el articulo 23º de la ley glosada, las solicitudes de vacancia del cargo de MORDAZA y regidor deben de estar fundamentadas y debidamente sustentadas, por lo que para mejor resolver el colegiado solicito al MORDAZA del Concejo Distrital de Ccorcca, mediante Oficios Nº 16002005-SG/JNE y Nº 2216-2005-SG/JNE de fechas 9 de junio de 2005 y 2 de agosto de 2005 respectivamente, la remision de las copias certificadas de los cargos de notificacion a las sesiones ordinarias y extraordinarias que dieron merito a la declaratoria de vacancia, copias certificadas de dichas sesiones, MORDAZA de notificacion que declaro la vacancia del afectado, asi como la certificacion expedida por el Secretario General de la Municipalidad informando si el acuerdo de vacancia quedo firme; Que, a la fecha el Concejo Distrital de Ccorcca no ha cumplido con lo ordenado por el Pleno del MORDAZA Tribunal Electoral, debiendo hacerse efectivo el apercibimiento decretado por el colegiado en la sesion privada de fecha 26 de MORDAZA de 2005, y resolverse la causa con los autos que obran en el expediente; Que, con la documentacion adjuntada por el MORDAZA del Concejo Distrital de Ccorcca no esta debidamente probado que don Policarpio MORDAZA MORDAZA, regidor de dicho concejo, MORDAZA incurrido en la causal de vacancia del cargo por la causal de ausencia injustificada prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por lo que debe anularse el acuerdo que declara la vacancia; El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo el Acuerdo del Concejo Distrital de Ccorcca de fecha 14 de marzo e infundada la solicitud de vacancia del cargo de regidor de don Policarpio MORDAZA MORDAZA presentada por el senor MORDAZA Huayaconza Hanampa, MORDAZA del Concejo Distrital de Ccorcca, provincia y departamento de Cusco. Articulo Segundo.- Que don Policarpio MORDAZA MORDAZA continua en el ejercicio del cargo como regidor del Concejo Distrital de Ccorcca, provincia y departamento de Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON- MORDAZA MORDAZA Secretario General 15955

Declaran que Regidor del Concejo Distrital de Ccorcca continua en el ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 256-2005-JNE
Exp. Nº 159-2005-VAC. MORDAZA, 15 de setiembre de 2005 VISTO el Informe Nº 001-M.D.CC-2005 remitido por don MORDAZA Huayaconza Hanampa, MORDAZA del Concejo Distrital de Corcca, provincia y departamento de MORDAZA, y la MORDAZA simple del acta de sesion extraordinaria de fecha 14 de marzo de 2005 que declaro la vacancia del cargo de regidor de don Policarpio MORDAZA MORDAZA, por ausencia injustificada a sesiones de concejo; CONSIDERANDO: Que, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa, conforme lo dispone el ar ticulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Acuerdo de Concejo de fecha 14 de marzo del 2005, cuya MORDAZA simple corre de fojas 3 a 4, el Concejo Distrital de Ccorcca declaro por unanimidad la vacancia del cargo de regidor de don Policarpio MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal de ausencia

Declaran improcedente solicitud presentada por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA sobre convocatoria de regidores suplentes
RESOLUCION Nº 257-2005-JNE
Expediente Nº 227-2005 MORDAZA, 15 de setiembre de 2005 VISTO el Oficio Nº 410-2005-MDC-A, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, del que se desprende el pedido de convocatoria de regidores suplentes, dada la suspension de los Regidores don MORDAZA Garabito Barba y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el tiempo que dure el mandato de detencion en su contra, causal prevista en el inciso 3) del articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; y, CONSIDERANDO: Que, segun MORDAZA del acta de sesion de ordinaria de concejo del 14 de MORDAZA de 2005, que corre de fojas 24 a 28, el Concejo

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