Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2005 (28/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de asfalto
ACUERDO DE CONCEJO Nº 100-2005-MPI Ilo, 19 de septiembre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO POR CUANTO: El Dictamen Nº 49-2005-CDLIA-MPI de la Comision de Desarrollo Local, Institucional y Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, con Memorandum Nº 941-2005-GII-MPI, la Gerencia de Inversiones hace llegar el requerimiento de asfalto para las obras a ejecutarse en el 2005, a efectos de que la Oficina de Logistica prevea las acciones necesarias a fin de contar con dicho requerimiento en forma oportuna. Que, con Informe Nº 348-2005-LCP-MPI, el responsable de Logistica y Control Patrimonial informa que para efectos de atender el requerimiento de bienes y servicios recibidos por la Division de Proyectos de Inversion y con la finalidad de cumplir en proveer insumos para la ejecucion de las diferentes obras especificamente de asfalto de calles en el presente ejercicio; solicita autorizacion de exoneracion de MORDAZA de seleccion para la compra de asfalto Rc. 250 sustentando su pedido en que existe una unica entidad publica (PetroPeru) que provee este producto. Con Memorandum Nº 377-2005-GAG-MPI la Gerencia de Administracion General, solicita opinion legal al pedido de exoneracion de MORDAZA de seleccion, habiendose estimado la necesidad de adquirir 87,159.21 galones, cuyo costo total es de S/. 460,514.40 Nuevos Soles. Que, con Informe Nº 314-2005-GAJ-MPI, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 83-2004-PCM, en su Art. 19º senala textualmente en cuanto a la exoneracion de procesos de seleccion: "Estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: a) Entre Entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economia que establezca el Reglamento; e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico". Asimismo, el Art. 20º de dicho cuerpo normativo senala que: "Todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante:

c)Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, en el caso de los Gobierno Regionales o Locales". Finalmente, en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 084-2004-PCM, en su Art. 144º, senala textualmente en cuanto a los bienes o servicios que no admiten sustitutos: "En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requerimientos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente". Concluye la Gerencia de Asesoria Juridica en es procedente que el Concejo Municipal apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de Asfalto Rc. 250, para el cumplimiento de las metas trazadas. Que, de igual manera la Comision de Desarrollo Local, Institucional y Administracion, mediante Dictamen Nº 492005-CDLIA-MPI, aprueba autorizar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la compra de Asfalto Rc. 250. Que, segun el Ar t. 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala textualmente: "Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional"; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria del 17 de septiembre del 2005; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION, para la adquisicion de 87,159.21 galones de Asfalto Rc. 250 cuyo costo total es de S/. 460,514.40 (Cuatrocientos Mil Quinientos catorce con 40/100 Nuevos Soles), para el asfalto de pistas segun Anexo 01 en las 13 obras a ejecutar por la Municipalidad Provincial de Ilo en el presente ejercicio. Articulo Segundo.- Comunicar a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo remitirse los documentos sustentatorios. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la publicacion del presente en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Anexo Nº 01 - Acuerdo de Concejo Nº 100-2005-MPI GERENCIA DE INVERSIONES E INFRAESTRUCTURA REQUERIMIENTO DE ASFALTO - OBRAS 2005
ITEM SECTOR META APROXIMADA (m2) 1,940.00 1,380.00 1,300.00 1,115.00 4,240.00 3,034.00 9,584.00 1,750.00 2,450.00 9,970.00 1,400.00 4,608.00 516.00 ASFALTO (Gal) 2.0156 ESTADO DE OBRA FUENTE FINANCIAMIENTO CANON CANON CANON CANON CANON CANON CANON CANON CANON CANON R.D.R. CANON CANON

01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13

Construccion de Pistas y Veredas Urb. MORDAZA MORDAZA Mejoramiento de Pistas y Veredas Urb. Monterrico Construccion de Pistas y Veredas A.H. MORDAZA Horizonte Construccion de Pistas A.H. Amp. MORDAZA Horizonte Construccion de Pistas Urb. Liberacion Construccion de Pistas Urb. MORDAZA E. Valcarcel Construccion de Pistas - Vias Principales Asoc. de Vivienda Construccion de Pistas A.H. Las Gardenias Construccion de Pistas A.H. Siglo XXI Construccion de Pistas - Vias Troncales PROMUVI V Mejoramiento Acceso al Cementerio Mejoramiento Av. MORDAZA Construccion Acceso y MORDAZA de Contencion P.J. Alto Ilo TOTAL (Gal) TOTAL S/.

3,910.26 POR EJECUTAR 2,781.53 POR EJECUTAR 2,620.28 EN EJECUCION 2,247.39 POR EJECUTAR 8,546.14 EN EJECUCION 6,115.33 EN EJECUCION 19,317.51 EN EJECUCION 3,527.30 POR EJECUTAR 4,938.22 POR EJECUTAR 20,095.53 POR EJECUTAR 2,821.84 POR EJECUTAR 9,287.88 POR EJECUTAR 950.00 EN EJECUCION 87,159.21 460,514.40

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