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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (28/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 70

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G31/G31/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de setiembre de 2005 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/GC1/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G6C/G75/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G6C/G20/G42/G6F/G73/G71/G75/G65/G20/G45/G6C/G20/G4F/G6C/G69/G76/G61/G72 ORDENANZA Nº 127-MSI EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: VISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de setiembre de 2005 el Dictamen Nº 12-2005-CDU/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano, y; Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su artículo 79º, numeral 3, subnumerales 3.6., 3.6.2. y 3.6.4. que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales normar, regular y otorgarautorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica; apertura deestablecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación; Que, al amparo de los dispositivos legales mencionados se dictó la Ordenanza Nº 110-MSI que suspende por ciento veinte días calendario, contados a partir de su entrada en vigencia, la recepción de solicitudes de licencias en el Áreade Influencia del Bosque El Olivar de San Isidro; debiendo en dicho plazo realizarse el estudio correspondiente y expedirse la norma reglamentaria correspondiente; Que, los subsectores que comprenden el Área de influencia del Bosque El Olivar son zonas residenciales en las que coexiste el comercio, por lo que se hace necesarioestablecer una reglamentación específica para dicha zona que permita cumplir con los lineamientos de protección de la zona residencial y calidad ambiental y regulación de lasactividades en el área de influencia del Bosque El Olivar para dirigir su desarrollo armónico con la Zona Monumental; Que, aunque la zonificación vigente establece zonas comerciales de niveles vecinales de servicios (SV), sectorial (CS) y distrital (CD) como máximo, el índice de usos establece usos comerciales de niveles operacionalespotencialmente mayores que han generado aumento de la población flotante, déficit de estacionamientos, congestión vehicular y ruidos molestos; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º numeral 8), y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el ConcejoMunicipal por Mayoría y con dispensa del trámite de acta, ha sido aprobada la siguiente: ORDENANZA PARA LA REGLAMENTACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA DEL BOSQUE EL OLIVAR ÍNDICE GENERAL TÍTULO PRIMERO: GENERALIDADES CAPÍTULO I : OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 1º : Objetivo GeneralArtículo 2º : Objetivos Específicos Artículo 3º : Finalidad Artículo 4º : Ámbito de AplicaciónArtículo 5º : ResponsabilidadesArtículo 6º : Base Legal Artículo 7º : Definiciones CAPÍTULO II : LI NEAMIENTOS MUNICIPALES GENERALES Artículo 8º : Objetivo UrbanísticoArtículo 9º : Preeminencia ambiental Artículo 10º : Protección y Promoción de la Residencialidad Artículo 11º : Obligación de Cumplir con las Normas VigentesArtículo 12º : Supervisión Permanente TÍTULO SEGUNDO: DISPOSICIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS CAPÍTULO I : DISPOSICIONES DE ZONIFICACIÓN, USOS DEL SUELO Y ESTACIONAMIENTOS Artículo 13º : Sectorización UrbanaArtículo 14º : Acumulación o Subdivisión de LotesArtículo 15º : Distancias Mínimas para Usos de Restaurantes, Hoteles, Servicios de Diversión, Esparcimiento y Servicios Culturales Artículo 16º : Usos Comerciales Permitidos en Zonas Residenciales según Ordenanza Nº 312-MML Artículo 17º : Estacionamientos CAPÍTULO II : NI VELES OPERACIONALES PARA FINES COMERCIALES Artículo 18º : Niveles Operacionales para Fines Comerciales según Zonificación Artículo 19º : Personal OcupadoArtículo 20º : Horario de Funcionamiento Artículo 21º : Carga y Descarga Artículo 22º : AlmacenamientoArtículo 23º : RuidosArtículo 24º : VibracionesArtículo 25º : Radiaciones Térmicas o CalorArtículo 26º : Intensidad de Luz y Contaminación Lumínica Artículo 27º : Humos, Gases y Olores Molestos CAPÍTULO III : DISPOSICIONES ARQUITECTÓNICAS, DE LICENCIA DE OBRA Y RETIRO MUNICIPAL Artículo 28º : Dotación de Espacios de Carga y Descarga Vehicular Artículo 29º : Dotación de Espacios de Estacionamientos para Usos Comerciales que Requieren Medios deTransporte Artículo 30º : Licencia de Obra a edificaciones con Inscripción Catastral de Uso No Conforme Artículo 31º : Ampliación de Obra en Inmuebles Comerciales con Déficit de Estacionamientos. Artículo 32º : Procedimiento Simplificado de Acondicionamiento para Subdivisión de PlantasLibres y Numeración Temporal. Artículo 33º : Volumetría y FachadasArtículo 34º : Retiro Municipal. Artículo 35º : Disposiciones de Licencia de Obra para Restaurantes, Establecimientos de Hospedajey Panaderías. CAPÍTULO IV: DISPOSICIONES PARA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Artículo 36º : Condiciones Generales Exigibles a Establecimientos para Licencia Municipal deFuncionamiento. Artículo 37º : Condiciones Generales Exigibles a los Giros o Actividades para Licencia Municipal deFuncionamiento. Artículo 38º : Licencia Municipal de Funcionamiento Nueva Según Condición Legal del Inmueble. Artículo 39º : Compromiso de Alquiler de Estacionamientos en los Casos Incursos en el Artículo Anterior. Artículo 40º : Estacionamientos en Vía Pública en Zonas Comerciales. Artículo 41º : Licencia Municipal de Funcionamiento para Restaurantes, Establecimientos de Hospedajey Panaderías. Artículo 42º : Oficina Profesional a Título Personal.Artículo 43º : Licencia de Funcionamiento sobre Más de una Unidad Catastral, en un mismo lote, de una misma edificación y nivel de piso. Artículo 44º : Autorización para Concesionarios.