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PÆg. 316993 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de abril de 2006 autoridades nacionales y ante los representantes de los países que conforman la Misión de Observación de laOEA, a efectos de concretar la participación de estaúltima en la segunda ronda electoral; Que, por otro lado, es conveniente que el Representante Permanente del Perú ante la OEA efectúecoordinaciones en el Ministerio de Relaciones Exteriorespara preparar la participación del Perú en la XXXVIAsamblea General de la Organización de los EstadosAmericanos, que tendrá lugar en la ciudad SantoDomingo, República Dominicana, entre el 4 y 6 de juniodel 2006; Estando a lo instruido en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2259, del Gabinete de Coordinación del señorViceministro Secretario General, de 10 de abril de 2006; De conformidad con lo establecido en los artículos 185º, inciso e), 222º y 223º del Decreto SupremoNº 0130-2003-RE, Reglamento de la Ley del ServicioDiplomático de la República, y demás normasconcordantes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Llamar a Lima, por razones del servicio, al Representante Permanente del Perú ante laOEA, señor Fernando De la Flor Arbulú, del 19 al 26 deabril de 2006. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertospor la asignación para gastos de funcionamiento y gestiónde la Representación Permanente del Perú ante la OEA,con cargo a posterior reintegro del Pliego Presupuestaldel Ministerio de Relaciones Exteriores; debiendo elmencionado funcionario rendir cuenta documentadasegún plazo no mayor de quince (15) días al término delreferido viaje. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido Llamado aLima, el mencionado funcionario deberá presentar anteel señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe delas acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06807 SALUD Aprueban el Documento TØcnico "Implementación de Redes Locales Multisectoriales de Desarrollo Juvenil" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 353-2006/MINSA Lima, 18 de abril del 2006 Visto el Expediente Nº 05-515090-001, que contiene el MEMORANDO Nº 273-2006-DGSP/MINSA de laDirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 107-2005/MINSA, se aprobaron los "Lineamientos de Política de Salud delos/las Adolescentes", que contienen un conjunto deacciones para la promoción, prevención y cuidado de lasalud de los/las adolescentes, tendientes a garantizarsu desarrollo integral como condición básica para suinserción en la actividad productiva del país; Que, a efecto de concretizar los citados "Lineamientos de Política de Salud de los/las Adolescentes" y, fortalecerel Modelo de Atención Integral de Salud de este grupopoblacional con la experiencia de la multisectorialidad, la Dirección General de Salud de las Personas ha elaboradoel Documento Técnico: "Redes Locales Multisectoriales,su implementación alrededor del Tema Desarrollo Juvenil"y, solicita su aprobación; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas y con la visación de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico: "Implementación de Redes Locales Multisectoriales deDesarrollo Juvenil", que en documento adjunto formaparte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Atención Integral de Salud, seencargará de la difusión del citado Documento Técnico. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, sonresponsables de la difusión del mencionado DocumentoTécnico, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones publicará el referido Documento Técnico en el portal deinternet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 06821 Oficializan la "Semana de Vacunación en las AmØricas" que se realizarÆ del 24 al 30 de abril de 2006 a nivel nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 354-2006/MINSA Lima, 18 de abril del 2006 Visto el Expediente Nº 06-030312-001, que contiene el MEMORÁNDUM Nº 1139-2006-DGSP/MINSA de laDirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO:Que, en la XIII Reunión sobre Enfermedades Prevenibles por Vacunación de la Región Andina y, en laXVII Reunión sobre Enfermedades Prevenibles porVacunación de la Región del Cono Sur, se concluyó quela vacunación contra enfermedades preveniblesconstituye un instrumento para fortalecer la Red deAtención Primaria en las poblaciones desplazadas oaisladas y las de intensa migración, las cuales constituyenáreas de alto riesgo y de mayor exclusión; Que, con la Resolución Nº CD44.R1, sobre el mantenimiento de los Programas de Vacunación -Eliminación de la Rubéola y el Síndrome de RubéolaCongénita (SRC), del 44 Consejo Directivo, 55º Sesióndel Comité Regional en Washington D.C., Estados Unidosde Norteamérica, realizada en el mes de setiembre del2003, se instó a los Estados Miembros para la celebraciónanual de la Semana de Vacunación en todo el continenteen el mes de abril, dirigida a la población de alto riesgo yde mayor exclusión; Que, dentro de este contexto y, en concordancia con los Lineamientos de Políticas de Salud, es necesarioincrementar sostenida y progresivamente las coberturasde inmunizaciones, impidiendo por consiguiente lacirculación de virus y bacterias que causanenfermedades inmunoprevenibles, tales como:poliomielitis, sarampión, rubéola, tos ferina y fiebreamarilla, fortaleciendo asimismo el control sobre éstas;