Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2006 (20/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 2006 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Samolski Edery, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 20 al 22 de MORDAZA de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 1466, 9188, 9189 y 9190, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 600.00 30.25

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06820

Aprueban transferencia bajo la modalidad de donacion de bienes muebles a favor del IRTP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 312-2006-MTC/03 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Informe Tecnico - Legal Nº 007-2006-MTC/CGP elaborado por el Comite de Gestion Patrimonial, complementado con el Informe Nº 009-2006-MTC/CGP, con relacion de la donacion de dos (2) equipos de telecomunicaciones: una mezcladora y un exitador, dados de baja mediante Resolucion Directoral Nº 0172006-MTC/10, a favor del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 072-2005-PE/IRTP, recibido con fecha 30 de junio de 2005, el IRTP solicita la donacion de equipos de radio y television que se encuentren en los almacenes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, a fin de que reemplacen los equipos (1 mezclador y 1 exitador) que venian funcionando en la Estacion Retransmisora de Ilave ­ Puno; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 863-2005MTC/10, de fecha 25 de octubre de 2005, se aprobo el alta e incorporacion en los inventarios de la Unidad Ejecutora 001: Administracion General de veintiun (21) equipos y aparatos de telecomunicaciones que fueron objeto de medida cautelar de incautacion por el MTC; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 017-2006MTC/10, de fecha 31 de enero de 2006, se aprueba la baja de los inventarios de la Unidad Ejecutora 001: Administracion General de una (1) mezcladora MORDAZA JDC con codigo patrimonial Nº 95225378-000002 y un (1) exitador FM, de MORDAZA OMB, con codigo patrimonial Nº 95220163-000027, a cargo de la Direccion General

de Control y Supervision de Telecomunicaciones, por la causal de estado de excedencia establecida en el literal a) del articulo 130º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, el Comite de Gestion Patrimonial mediante el Informe Tecnico - Legal Nº 007-2006-MTC/CGP, complementado con el Informe Nº 009-2006-MTC/CGP considera procedente , la transferencia bajo la modalidad de donacion a favor del IRTP de los equipos de telecomunicaciones (1 mezclador y 1 exitador), dados de baja mediante Resolucion Directoral Nº 017-2006-MTC/10; Que, de conformidad con la Decimoctava Disposicion Transitoria y Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, en concordancia con la Resolucion Directoral Nº 120-2005-MTC/18 que aprueba la Directiva Nº 02-2005-MTC/18 "Regimen para el Ingreso, Custodia y Egreso de los Bienes incautados o decomisados provenientes de infracciones administrativas", los equipos y aparatos de telecomunicaciones sobre los que MORDAZA recaido medida cautelar de incautacion provisional o decomiso, pasaran al patrimonio del Ministerio, siempre que MORDAZA transcurrido un (1) ano contado a partir que quede firme administrativamente la sancion impuesta y no se MORDAZA procedido a su devolucion por causa imputable al infractor; Que, el articulo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, en concordancia con la Resolucion Nº 031-2002-SBN que aprueba la Directiva Nº 009-2002/SBN que regula el "Procedimiento para la donacion de bienes muebles del Estado y para la aceptacion de la donacion de bienes muebles a favor del Estado", establece que la donacion de bienes muebles de una entidad publica a favor de otra entidad publica, se aprobara mediante resolucion del Titular de la Entidad, la misma que debera ser transcrita, sin excepcion alguna a la Superintendencia de Bienes Nacionales- SBN, dentro de los veinte (20) dias siguientes a su emision; Que, la referida Directiva establece que la potestad decisoria de impulsar el tramite de donacion queda reservada, segun sea el caso, a la entidad propietaria y a la SBN, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ambito de su administracion. Asimismo, dispone que la donacion de bienes muebles dados de baja por las entidades publicas se rige por las disposiciones contenidas en MORDAZA, segun la cual se requiere de un informe favorable del Comite de Gestion Patrimonial, senalando ademas que las resoluciones deberan aprobar la donacion bajo el termino de "Transferencia en la modalidad de Donacion" y especificar las caracteristicas y el valor de los bienes muebles objeto de donacion; asi como por lo dispuesto en el Codigo Civil; Que, de conformidad con el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 056-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del IRTP, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2003-PCM, el IRTP es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Presidencia del Consejo de Ministros que goza de personeria juridica de derecho publico interno, autonomia administrativa, economica y financiera; Que, el articulo 12º de dicho reglamento le otorga al Presidente Ejecutivo la titularidad del Pliego Presupuestal y la representacion institucional del IRTP. De acuerdo a ello, el Presidente Ejecutivo es el organo de direccion administrativa de mas alto nivel de la Institucion, que tiene la mision de dirigir y supervisar la gestion del Instituto; Que, atendiendo a la solicitud presentada por el Presidente Ejecutivo del IRTP y siendo que los bienes solicitados han sido dados de baja por este Ministerio a traves de la Resolucion Directoral Nº 017-2006-MTC/ 10, resulta procedente aprobar la transferencia en la modalidad de donacion a favor de dicho instituto de los bienes detallados en el Informe Tecnico Legal Nº 0072006-MTC/CGP del Comite de Gestion Patrimonial; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 009-2002/ SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia bajo la modalidad de donacion, de los bienes muebles detallados

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