Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (20/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

PÆg. 316999 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de abril de 2006 de Control y Supervisión de Telecomunicaciones, por la causal de estado de excedencia establecida en el literal a) del artículo 130º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes dePropiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, el Comité de Gestión Patrimonial mediante el Informe Técnico - Legal Nº 007-2006-MTC/CGP, complementado con el Informe Nº 009-2006-MTC/CGP, considera procedente la transferencia bajo la modalidad de donación a favor delIRTP de los equipos de telecomunicaciones (1 mezclador y 1 exitador), dados de baja mediante Resolución Directoral Nº 017-2006-MTC/10; Que, de conformidad con la Decimoctava Disposición Transitoria y Final del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 027-2004-MTC, en concordancia con la Resolución Directoral Nº 120-2005-MTC/18 que aprueba la Directiva Nº 02-2005-MTC/18 “Régimen para el Ingreso,Custodia y Egreso de los Bienes incautados o decomisados provenientes de infracciones administrativas”, los equipos y aparatos de telecomunicaciones sobre los que hayarecaído medida cautelar de incautación provisional o decomiso, pasarán al patrimonio del Ministerio, siempre que haya transcurrido un (1) año contado a partir que quedefirme administrativamente la sanción impuesta y no se haya procedido a su devolución por causa imputable al infractor; Que, el artículo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, en concordancia con la Resolución Nº 031-2002-SBN queaprueba la Directiva Nº 009-2002/SBN que regula el “Procedimiento para la donación de bienes muebles del Estado y para la aceptación de la donación de bienesmuebles a favor del Estado”, establece que la donación de bienes muebles de una entidad pública a favor de otra entidad pública, se aprobará mediante resolución del Titularde la Entidad, la misma que deberá ser transcrita, sin excepción alguna a la Superintendencia de Bienes Nacionales- SBN, dentro de los veinte (20) días siguientesa su emisión; Que, la referida Directiva establece que la potestad decisoria de impulsar el trámite de donación quedareservada, según sea el caso, a la entidad propietaria y a la SBN, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ámbito de su administración.Asimismo, dispone que la donación de bienes muebles dados de baja por las entidades públicas se rige por las disposiciones contenidas en ella, según la cual se requierede un informe favorable del Comité de Gestión Patrimonial, señalando además que las resoluciones deberán aprobar la donación bajo el término de “Transferencia en lamodalidad de Donación” y especificar las características y el valor de los bienes muebles objeto de donación; así como por lo dispuesto en el Código Civil; Que, de conformidad con el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 056-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del IRTP, modificado por elDecreto Supremo N° 009-2003-PCM, el IRTP es un Organismo Público Descentralizado del Sector Presidencia del Consejo de Ministros que goza depersonería jurídica de derecho público interno, autonomía administrativa, económica y financiera; Que, el artículo 12º de dicho reglamento le otorga al Presidente Ejecutivo la titularidad del Pliego Presupuestal y la representación institucional del IRTP. De acuerdo a ello, el Presidente Ejecutivo es el órgano de direcciónadministrativa de más alto nivel de la Institución, que tiene la misión de dirigir y supervisar la gestión del Instituto; Que, atendiendo a la solicitud presentada por el Presidente Ejecutivo del IRTP y siendo que los bienes solicitados han sido dados de baja por este Ministerio a través de la Resolución Directoral Nº 017-2006-MTC/10, resulta procedente aprobar la transferencia en la modalidad de donación a favor de dicho instituto de los bienes detallados en el Informe Técnico Legal Nº 007-2006-MTC/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 009-2002/SBN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia bajo la modalidad de donación, de los bienes muebles detalladosSE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Simón Samolski Edery, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 20 al 22 de abril de 2006, para los fines a que se contrae la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 1466, 9188, 9189 y 9190, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06820 Aprueban transferencia bajo la modalidad de donación de bienesmuebles a favor del IRTP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 312-2006-MTC/03 Lima, 12 de abril de 2006 VISTO: El Informe Técnico - Legal Nº 007-2006-MTC/CGP elaborado por el Comité de Gestión Patrimonial, complementado con el Informe Nº 009-2006-MTC/CGP, con relación de la donación de dos (2) equipos detelecomunicaciones: una mezcladora y un exitador, dados de baja mediante Resolución Directoral Nº 017- 2006-MTC/10, a favor del Instituto Nacional de Radio yTelevisión del Perú - IRTP; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 072-2005-PE/IRTP, recibido con fecha 30 de junio de 2005, el IRTP solicita la donaciónde equipos de radio y televisión que se encuentren en los almacenes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, a fin de que reemplacen los equipos (1 mezclador y1 exitador) que venían funcionando en la Estación Retransmisora de Ilave – Puno; Que, mediante Resolución Directoral Nº 863-2005- MTC/10, de fecha 25 de octubre de 2005, se aprobó el alta e incorporación en los inventarios de la Unidad Ejecutora 001: Administración General de veintiún (21)equipos y aparatos de telecomunicaciones que fueron objeto de medida cautelar de incautación por el MTC; Que, mediante Resolución Directoral Nº 017-2006- MTC/10, de fecha 31 de enero de 2006, se aprueba la baja de los inventarios de la Unidad Ejecutora 001: Administración General de una (1) mezcladora marcaJDC con código patrimonial Nº 95225378-000002 y un (1) exitador FM, de marca OMB, con código patrimonial Nº 95220163-000027, a cargo de la Dirección General