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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G33/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 24 de abril de 2006 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20 /G64/G65/G20 /G6E/G75/G65/G76/G61 /G7A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G69/G67/G75/G65/G6C/G79/G20/G72/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G35/G31/G34/G2F/G49/G4E/G43 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 576/INC Lima, 12 de abril de 2006 VISTA, la Resolución Directoral Nacional Nº 1514/INC de fecha 10 de noviembre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 5º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1514/INC de fecha 10 de noviembre de 2005 señala:“Para cualquier obra de Ingeniería que se pretenda ejecutaren la Zona A, que implique remoción de tierras en áreaslibres de construcciones modernas, se debe presentar yejecutar un proyecto de evaluación arqueológica de acuerdo al Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; y para el caso de áreas con estructuras modernas se debe presentary ejecutar trabajos de monitoreo arqueológicos; Que, mediante Oficio Nº 139-2005-PATPAL/PCD de fecha 30 de noviembre de 2005 el Ing. Arturo WoodmanPollit, Presidente (e) del Consejo Directivo del Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda, solicita lo siguiente: - Se modifique el Artículo 5º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1514/INC en los siguientes términos: “Para elcaso de las áreas que conforman la Zona A se deben ejecutar trabajos de monitoreo arqueológico, los que estarán a cargo de la División de Arqueología del Patronato delParque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda, dandocuenta de lo actuado al Instituto Nacional de Cultura; y enlas áreas que colindan con la Huaca Tres Palos, La HuacaLa Cruz, la Huaca 39 y la Huaca 47, que se requieran ejecutar obras de ingeniería y que implique remoción de tierras, se debe presentar y ejecutar un proyecto deevaluación arqueológica, de acuerdo al Reglamento deInvestigaciones Arqueológicas”; - Que, se rectifique la parte considerativa de la Resolución Directoral Nacional Nº 1514/INC en la cual se ha consignado Huaca 570, debe decir Huaca 57 D, Muralla 550 debe decir Muralla 55 D; Muralla 550-2, debe decirMuralla 55 D-2; Muralla 550-3, debe decir 55 D-3; y Huaca47, debe decir 47 A; - Se excluya de la Resolución Directoral Nacional Nº1514/INC la Huaca 58B, por haber colapsado y elaborado los trabajos de rescate; - Se modifique las áreas que se ha consignado en el Artículo 2º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1514/INC, así como en los artículos 3º y 4º de la referidaResolución, teniendo en cuenta que el área del terreno delParque de Las Leyendas es de 973, 450 m2, conforme a los linderos y medidas perimétricas que se detallan en la Resolución Nº 04-93-SBN, emitida por la Superintendenciade Bienes Nacionales; Que, mediante Acuerdo Nº 025 de fecha 13 de enero de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acuerda: 1. Encargar a la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, elabore unapropuesta para zonificar nuevamente la denominada ZonaA, a fin de que se proponga otra zona (área comprendida por las Huacas Tres Palos, Huaca La Cruz, Huaca 39 y Huaca 47) que contienen características similares a ladenominada Zona B, y que necesariamente requieren dela ejecución de un proyecto de evaluación arqueológicaprevia; 2. Los trabajos de monitoreo arqueológico, deben estar a cargo de un licenciado en arqueología debidamente inscrito en el Registro Nacional de Arqueólogos, Colegiadoy Habilitado, quien debe presentar el Plan de Trabajo deMonitoreo Arqueológico, para su revisión y aprobación porel Instituto Nacional de Cultura;3. Recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, rectifique la parte considerativa de laResolución Directoral Nacional Nº 1514/INC, la cual señalaHuaca 570, debe decir: Huaca 57 D, Muralla 550 debe decir: Muralla 55 D; Muralla 550-2, debe decir: Muralla 55 D-2; Muralla 550-3, debe decir: 55 D-3; y Huaca 47, debedecir: 47 A; 4. Solicitar a la Subdirección de Supervisión y Peritaje, emita el informe de supervisión correspondiente sobre elestado actual de la Huaca 58 B; 5. Una vez elaborada la nueva propuesta de zonificación se emitirá opinión para la aprobación de los planosdefinitivos; Que, con Informe Nº 145-2006-INC/DREPH/DA-SDIC- LAMS de fecha 8 de febrero de 2006, el Lic. Luis Moulet Silva, Arqueólogo de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, remite el PlanoTemático: Remanente del Conjunto Arqueológico Maranga(en el Parque de Las Leyendas Felipe Benavides BarredaZona B1) Plano Nº PTEM-007-INC_DREPH/DA/SDIC-2006de fecha 2 de febrero de 2006, a escala 1/2500, con un área de 11.02 Ha y un perímetro de 1729.2762, ubicado en el distrito de San Miguel, provincia y departamento deLima; Que, mediante Informe Nº 427-2006-INC/DREPH-SDSP- MAGC de fecha 28 de febrero de 2006, el Lic. ManuelGuerrero Ciquero, Arqueólogo de la Subdirección de Supervisión y Peritajes de la Dirección de Arqueología, comunica que se ha realizado la inspección en la “Isla 1”, afin de verificar el nivel de daños en la Huaca 58-B,deduciendo que ésta ha sido completamente nivelada pormaquinaria pesada, según las huellas halladas en el terreno.Asimismo, concluye que la denominada Huaca 58-B, no debe ser retirada de la lista de sitios arqueológicos en el Parque de Las Leyendas; Que, mediante Acuerdo Nº 201 de fecha 3 de marzo de 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología,recomienda, entre otros: 1. Aprobar la propuesta de zonificación (área comprendida por las Huacas Tres Palos, Huaca La Cruz,Huaca 39 y Huaca 47) siguiente: - Plano Temático: Remanente del Conjunto Arqueológico Maranga (En el Parque de Las Leyendas Felipe Benavides Barreda Zona B1) Plano Nº PTEM-007-INC_DREPH/DA/ SDIC-2006 de fecha 2 de febrero de 2006, a escala1/2500, con un área de 11.02 Ha y un perímetro de1729.2762, ubicado en el distrito de San Miguel, provinciay departamento de Lima; 2. Mantener la intangibilidad del sitio arqueológico Huaca 58-B, del Remanente del Complejo Maranga, ubicado enel distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; Que, el inciso 1) del Artículo 201º de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efectoretroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instanciade los administrados, siempre que no se altere lo sustancialde su contenido ni el sentido de la decisión. Con la visación de la Dirección de Gestión, la Dirección de Arqueología, la Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización yFunciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la propuesta de zonificación (área comprendida por las Huacas Tres Palos, Huaca La Cruz,Huaca 39 y Huaca 47) siguiente: Plano Temático: Remanente del Conjunto Arqueológico Maranga (En el Parque de Las Leyendas Felipe BenavidesBarreda Zona B1) Plano Nº PTEM-007-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 de fecha 2 de febrero de 2006, a escala 1/2500,con un área de 11.02 Ha y un perímetro de 1729.2762, ubicado en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; que contienen características similares a ladenominada Zona B, y que necesariamente requieren de laejecución de un proyecto de evaluación arqueológica previa.