Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2006 (24/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 2006

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Aceptan contribucion de USAID en calidad de subdonacion para el desarrollo de la actividad Transparencia en las Adquisiciones Estatales en la Region Fronteriza Peru - Ecuador
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
RESOLUCION Nº 182-2006-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico de fecha 27 de setiembre del 2000, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a traves de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y el Gobierno del Peru (GDP) representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, referida a Mejorar la Calidad de MORDAZA de los Peruanos en Areas Objetivo a lo largo de la Frontera Peru - Ecuador, se suscribio la Carta de Entendimiento LA-527-0858CONSUCODE-01, el 18 de MORDAZA de 2006, entre el Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y la Directora de USAID; Que, el referido documento ha sido elaborado con el proposito de asegurar que los Gobiernos Regionales y Municipales que conforman la Region Fronteriza Peru Ecuador, departamentos de Tumbes y MORDAZA, provincias de MORDAZA y San MORDAZA en el departamento de MORDAZA, provincias de Condorcanqui y Bagua en el departamento de Amazonas y provincia de Maynas, en el departamento de MORDAZA y entidades publicas conozcan y utilicen de forma adecuada la normatividad estatal sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, para asegurar el uso apropiado de los recursos publicos y mejorar la capacidad operativa de las instituciones publicas para supervisar y monitorear los procesos de adquisicion y contrataciones; Que, mediante la Carta de Entendimiento, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) compromete el monto de OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 88 897,00) en calidad de subdonacion, a ser utilizados en la implementacion de la Actividad descrita en el Anexo I de la Carta de Entendimiento en mencion, con el fin de mejorar la capacidad local para conducir Procesos de Desarrollo, especificamente en relacion a la transparencia en los procesos de contrataciones y adquisiciones del Estado; De conformidad a lo establecido por el TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006 y con las facultades que le confiere el Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-EF; Con la visacion de la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion y la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la contribucion de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), hasta por la suma de OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 88 897,00), en calidad de subdonacion para el desarrollo de la actividad Transparencia en las Adquisiciones Estatales en la Region Fronteriza Peru -Ecuador, Cuadro I de la Carta de Entendimiento LA-598-0858-CONSUCODE-01, que forma parte integrante de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Agradecer a la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), por su importante contribucion a favor de la Actividad "Transparencia en las Adquisiciones Estatales en la Region Fronteriza Peru - Ecuador" del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 07131

INDECOPI
Revocan la Resolucion Nº 082-2005/ CDS-INDECOPI emitida por la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios que impuso derechos antidumping definitivos en un monto de US$ 5,20 por unidad, a las importaciones de tablas MORDAZA "bodyboard" originarias de la Republica Socialista de Vietnam
(Se publica por MORDAZA vez consecutiva la resolucion de la referencia, conforme a lo dispuesto en el articulo 2º del D.S. Nº 018-97-PCM) TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia RESOLUCION Nº 0345-2006/TDC-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 021-2004/CDS PROCEDENCIA SOLICITANTE INVESTIGADOS : COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS (LA COMISION) : BELECH S.A. (BELECH) : SUPERMERCADOS PERUANOS S.A. (SUPERMERCADOS PERUANOS) SAGA FALABELLA S.A. (SAGA) : PRODUCTO SIMILAR

MATERIA

SUMILLA: en el procedimiento seguido por la empresa Belech S.A. ante la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios para la aplicacion de derechos antidumping sobre las importaciones de tablas MORDAZA "bodyboard" originarias de la Republica Socialista de Vietnam, de una longitud entre 55 cm. y 1,20 m., la Sala ha resuelto revocar la Resolucion Nº 082-2005/CDSINDECOPI que aplico derechos antidumping definitivos de US$ 5,20 por unidad sobre los referidos productos, ello debido a que no puede concluirse que los productos de fabricacion nacional y aquellos materia de investigacion son comparables y, por tanto, similares bajo los terminos del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 133-91-EF.
MORDAZA, 17 de marzo de 2006 I ANTECEDENTES El 23 de MORDAZA de 2004, Belech solicito el inicio de investigacion por practicas de dumping en las importaciones al Peru de tablas MORDAZA " bodyboard " originarias de la Republica Socialista de Vietnam (en adelante Vietnam), procedimiento que fue iniciado por la Comision mediante Resolucion Nº 057-2004/CDSINDECOPI, publicada el 18 y el 19 de septiembre de 2004 en el Diario Oficial El Peruano . El producto bajo investigacion fue definido por la Comision como tablas MORDAZA "bodyboard" utilizadas para recreo y para correr olas, cuyas longitudes oscilan entre 55 y 120 centimetros, las cuales actualmente ingresan por las subpartidas arancelarias 9503.90.00.00 y 9506.29.00.00. De acuerdo con la Comision, las tablas -tanto las de fabricacion nacional como aquellas originarias de Vietnam-

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