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PÆg. 317688 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de abril de 2006 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y que se encuentraprecisado por el Art. 144º del D.S. Nº 084-2004-PCMReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado; Que, conforme a lo señalado con el Informe Nº 0765- OPU-APEP-2006 la Jefe del Área de Programación yEvaluación Presupuestal señala que existe previsiónpresupuestal para atender lo solicitado en la Actividad:100267 Gestión Administrativa, Cadena del Gasto:5.3.11.39 Otros Servicios de Terceros, Fuente deFinanciamiento: Recursos Directamente Recaudados; Estando a lo solicitado, al Inc. e) de los Arts. 19º y 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Arts.144º, 146º,147º y 148º del Reglamento de la Ley, DictamenLegal Nº 442-AL-2005 y a las atribuciones conferidas aeste Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR la exoneración del Proceso de Selección para la suscripción del Contrato dePrestación de Servicios con COSAPI DATA, únicorepresentante directo de Microsoft Corporation en el Perúy administración de los Contratos Microsoft CampusSchool Agreement, por el término de un año a partir de lafecha de expedición de la presente Resolución, por elvalor referencial de ($10,000 dólares americanos) alcambio de S/. 3.40 equivale a S/. 34,000.00 más IGV,Fuente de Financiamiento: Recursos DirectamenteRecaudados, en mérito a los fundamentos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- DISPONER que el Econ. JUAN ABEL GONZALES BOZA, Jefe del Área de Abastecimiento yServicios Auxiliares de la Institución proceda con lasuscripción del Contrato de Prestación de Servicios conCOSAPI DATA, único representante directo de MicrosoftCorporation en el Perú y administración de los ContratosMicrosoft Campus School Agreement, por el término de un año a partir de la fecha de expedición de dicho actoadministrativo por el valor referencial de ($ 10,000 dólaresamericanos) al cambio de 3.40 equivale S/. 34,000.00más IGV, Fuente de Financiamiento: RecursosDirectamente Recaudados. Tercero.- EL EGRESO se atenderá con cargo a la Actividad: 100267 Gestión Administrativa, Cadena delGasto: 5.3.11.39 Otros Servicios de Terceros, Fuentede Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Cuarto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del Eco. JUAN ABEL GONZALES BOZA, Jefe del Área deAbastecimiento y Servicios Auxiliares de la Instituciónde publicar la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano, así como remitir la información correspondientea la Contraloría General de la República y ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado(CONSUCODE), dentro de los diez (10) días calendariosiguientes a la fecha de su aprobación, bajoresponsabilidad. Quinto.- DISPONER que el Econ. JUAN ABEL GONZALES BOZA, Jefe del Área de Abastecimiento yServicios Auxiliares de la Institución proceda con lapublicación de la presente Resolución en el SistemaElectrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado- SEACE dentro de los diez (10) días calendario siguientesa la fecha de su aprobación. El Vicerrectorado Administrativo, la Dirección General de Administración y el Área de Abastecimientos yServicios Auxiliares, adoptarán las accionescomplementarias para el cumplimiento de la presenteResolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JORGE GUILLERMO UGARTE BERRIO Rector (e) 07648 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar susdispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU