Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2006 (29/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2006

publicidad estatal en ningun caso podra contener o hacer alusion a MORDAZA, nombres, signos distintivos o similares de alguna organizacion politica de forma tal que la ciudadania lo relacione, directa o indirectamente, con esta o con el gobierno de turno; Que, examinada la documentacion anexada a la solicitud presentada por el Ministerio de Salud, se verifica que se ha cumplido en parte con los requisitos previstos en el numeral 7.2 del Articulo 7 de la Resolucion Nº 3872005-JNE, recogidos en el Item 11.95 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado por Resolucion Nº 016-2006-P/ JNE; que, revisado el material impreso -Afiche, diptico, stikers y banner-, visualizado el Spot televisivo y escuchado el Spot Radial de la MORDAZA de Inmunizaciones: "Semana de Vacunacion en las Americas" acompanados a la referida solicitud, se verifica que su contenido no transgrede las normas acotadas en el parrafo precedente, tanto mas si se pretende contribuir al desarrollo humano y social de una nacion, induciendo a las familias y comunidades al cuidado de la salud; Por los fundamentos expuestos, y bajo el MORDAZA de lo dispuesto en los incisos d) y e) del Articulo 36º de la Ley Nº 26486, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, en uso de las facultades de que esta investido por ley; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de autorizacion para publicidad estatal mediante material impreso -Afiche, diptico, stikers y banner-, Spot televisivo y Spot radial para la MORDAZA de inmunizaciones: "Semana de Vacunacion en las Americas", presentada por el Ministerio de Salud mediante Oficio Nº 0198-2006OGC/MINSA. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07503 MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL DE MORDAZA SUR RESOLUCION Nº 682-2006-JEE/LS MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2006. VISTOS: El Oficio Nº 0869-2006-SIS/GM, recibido el 19 de MORDAZA pasado, que contiene la solicitud presentada por el Seguro Integral de Salud, organismo del Ministerio de Salud, a fin que se le otorgue autorizacion para la difusion de materiales impresos promocionales del Aseguramiento Semi Contributivo en Salud SISALUD; en cumplimiento de lo previsto en el Reglamento sobre el Uso de Publicidad Estatal para las Elecciones Generales aprobado por Resolucion Nº 3872005-JNE; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 192º de la Ley Nº 26859 y los numerales 6.1, 6.2 y 6.4 del Articulo 6º de la Resolucion Nº 387-2005-JNE, despues de publicada la convocatoria a Elecciones Generales 2006, ninguna Entidad puede realizar actividades de publicidad estatal; que en todo caso, las Entidades que requieran contratar avisos publicitarios en los medios de radiodifusion, deberan contar con la autorizacion expresa del MORDAZA Nacional de Elecciones; que la referida publicidad estatal en ningun caso podra contener o hacer alusion a MORDAZA, nombres, signos distintivos o similares de alguna organizacion politica de forma tal que la ciudadania lo relacione, directa o indirectamente, con esta o con el gobierno de turno;

Que, examinada la documentacion anexada a la solicitud presentada por el Ministerio de Salud, se verifica que se ha cumplido en parte con los requisitos previstos en el numeral 7.2 del Articulo 7 de la Resolucion Nº 387-2005-JNE, recogidos en el Item 11.95 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado por Resolucion Nº 016-2006-P/JNE; que, revisado el material impreso -Triptico, Afiches y folderesconfeccionado para promocionar el Aseguramiento Semi Contributivo en Salud SISALUD, se verifica que su contenido no transgrede las normas indicadas en el parrafo precedente; Por los fundamentos expuestos, y bajo el MORDAZA de lo dispuesto en los incisos d) y e) del Articulo 36º de la Ley Nº 26486, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, en uso de las facultades de que esta investido por ley; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de autorizacion para publicidad estatal mediante material impreso -Triptico, Afiches y folderes- confeccionado para promocionar el Aseguramiento Semi Contributivo en Salud SISALUD, presentada por el Seguro Integral de Salud, mediante Oficio Nº 0869-2006-SIS/GM. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07504

Deniegan solicitud de autorizacion para publicidad estatal presentada por el Banco de Materiales S.A.C.
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL DE MORDAZA SUR RESOLUCION Nº 46-2006-JEE/LS MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2006 VISTOS: La Carta Nº 1803-2006-GG-BM, recibida el 30 de marzo pasado, que contiene la solicitud presentada por el Banco de Materiales S.A.C., a fin que se le otorgue autorizacion para la difusion de publicidad estatal sobre la MORDAZA Pago Puntual y el lanzamiento del MORDAZA logotipo; en cumplimiento de lo previsto en el Reglamento sobre el Uso de Publicidad Estatal para las Elecciones Generales aprobado por Resolucion Nº 387-2005-JNE; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 192º de la Ley Nº 26859 y los numerales 6.1, 6.2 y 6.4 del Articulo 6º de la Resolucion Nº 387-2005-JNE, despues de publicada la convocatoria a Elecciones Generales 2006, ninguna Entidad puede realizar actividades de publicidad estatal; que en todo caso, las Entidades que requieran contratar avisos publicitarios en los medios de radiodifusion, deberan contar con la autorizacion expresa del MORDAZA Nacional de Elecciones; que la referida publicidad estatal en ningun caso podra contener o hacer alusion a MORDAZA, nombres, signos distintivos o similares de alguna organizacion politica de forma tal que la ciudadania lo relacione, directa o indirectamente, con esta o con el gobierno de turno; Que, examinada la documentacion anexada a la solicitud presentada por el Banco de Materiales S.A.C., se verifica que no se ha cumplido con el requisito previsto en el acapite f) del numeral 7.2 del Articulo 7 de la Resolucion Nº 387-2005-JNE, pues la informacion tecnica de la publicidad a contratar se limita a guiones de video y

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