Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2006 (29/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES
Exp. Nº 393-2006 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006

Pag. 317677
RESOLUCION Nº 523-2006-JNE

Declaran improcedentes impugnaciones interpuestas contra resoluciones del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 522-2006-JNE Exp. Nº 392-2006 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 26 de MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal Titular de la Alianza Electoral Unidad Nacional, senor MORDAZA Szczcpansky Grobas, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 078-2006-JEE-T/JNE de fecha 13 de MORDAZA del ano 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA que resuelve la observacion por error material detectada en el acta electoral correspondiente a la mesa de sufragio Nº 025306-07-B; recurso que ha sido elevado por el Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA y recibido el 24 de MORDAZA del presente ano; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 078-2006-JEE-T/JNE, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA mantiene el acta electoral Nº 025306-07-B del distrito de Iberia, provincia de Tahuamanu, departamento de MORDAZA de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial, observada por error material, pues se consigna la cifra de 179 como "total de ciudadanos que votaron", siendo igual a la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 179; Que, el recurso de apelacion presentado no fundamenta ni precisa el agravio respecto del error de hecho o de derecho que se MORDAZA cometido en la resolucion materia de impugnacion, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. 366º y 367º del Codigo Procesal Civil; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion del MORDAZA electoral, asi como velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Szczcpansky Grobas personero legal del Titular de la Alianza Electoral Unidad Nacional; y nulo el concesorio. Articulo Segundo.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07475

VISTO, en Audiencia Publica de fecha 26 de MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal Titular de la Alianza Electoral Unidad Nacional, senor MORDAZA Szczcpansky Grobas, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 084-2006-JEE-T/JNE de fecha 13 de MORDAZA del ano 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA que resuelve la observacion por error material detectada en el acta electoral correspondiente a la mesa de sufragio Nº 024118-14-B; recurso que ha sido elevado por el Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA y recibido el 24de MORDAZA del presente ano; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 084-2006-JEE-T/JNE, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA mantiene los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, correspondiente al electoral Nº 024118-14-B del distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, depar tamento de MORDAZA de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial, observada por error material, pues se consigna la cifra de 222 como "total de ciudadanos que votaron", siendo igual que la cifra obtenida de la suma de los votos de cada organizacion politica, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 222; Que, el recurso de apelacion presentado no fundamenta ni precisa el agravio respecto del error de hecho o de derecho que se MORDAZA cometido en la resolucion materia de impugnacion, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. 366º y 367º del Codigo Procesal Civil; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion del MORDAZA electoral, asi como velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Szczcpansky Grobas personero legal Titular de la Alianza Electoral Unidad Nacional; y nulo el concesorio. Articulo Segundo.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07476

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