Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (03/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 3 de agosto de 2006 325751REPUBLICADELPERU ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Precisar el artículo 5º de la Ordenanza Nº 026-2005-CDB, que aprobó el régimen tributario de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines yserenazgo correspondiente al año 2006, incluyendo un segundo párrafo cuyo texto es el siguiente: "Las unidades inmobiliarias cuya función sea accesoria al predio principal, tales como las cocheras o estacionamientos, aires, azoteas, vitrinas, closets otendales; no darán lugar al pago de arbitrios, salvo que se encuentren arrendados, cuenten con Licencia de Funcionamiento o se verifique la existencia de algunaactividad comercial o de servicios". Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas y la Unidad de Informática. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 00679-1 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G6F/G2D/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G66/G69/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G20/G73/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2006-CDB Bellavista, 21 de julio de 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: En la Estación de Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen de laComisión Permanente de Administración y Rentas recaído sobre el Memorándum Nº 630-2006-MUDIBE/ OAF de la Oficina de Administración y Finanzas, elInforme Nº 203-2006/MDB-SG de la Secretaría General y el Informe Nº 091-2006-MDB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 020-2006- CDB del 29 de mayo del 2006, se aprobó la prórroga dela declaratoria de desabastecimiento inminente de los servicios de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos, debido a la declaración de desiertode los dos ítems del Concurso Público Nº 001-2006- MUDIBE/CE; Que, la declaración de desierto del ítem II del mencionado concurso fue materia de apelación por parte de la empresa CASREN EIRL, la cual fue declarada infundada a través de la Resolución de Alcaldía Nº 065-2006-MDB-AL de fecha 31 de mayo de 2006. En este contexto, CASREN EIRL ha interpuesto recurso de revisión ante el Tribunal de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, el cual actualmente a la fecha de la emisión de los informes de visto se encontraba en trámite y cuya Resolución ha sido notificada a estaComuna el 20 de julio de 2006. Que, aún conociéndose el resultado del recurso de revisión interpuesto por CASREN EIRL, lo cierto esque el plazo de vigencia de la declaración de desabastecimiento inminente deberá ser ampliado puesto que la reestructuración del proceso de selecciónpor ningún motivo concluirá antes del 19 de julio del 2006.Que, en tal sentido y, considerando que la presentación de un recurso de revisión, el plazo quedemanda la solución del mismo y la implementación de lo resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, constituyen circunstancias extraordinariase imprevisibles que al suspender y retrasar el proceso de selección en trámite ocasionarán la ausencia temporal del servicio de recolección, transporte y disposición finalde residuos sólidos en el distrito de Bellavista; la Secretaría General mediante Informe Nº 203-2006/MDB- SG y la Oficina de Administración y Finanzas medianteMemorándum Nº 630-2006-MUDIBE/OAF sugieren se proceda a prorrogar la declaratoria de desabastecimiento inminente por un plazo de 60 días, con la indicaciónexpresa que en caso la culminación del Concurso Público Nº 001-2006/CDB/C.E. ocurriera antes del vencimiento de dicho plazo, quedará sin efecto el contrato que sesuscriba por el desabastecimiento inminente. Que, mediante Memorándum Nº 630-2006-MUDIBE/ OAF , la Oficina de Administración y Finanzas plantea elvalor referencial de la declaratoria de desabastecimiento inminente, los cuales ascienden según su cálculo a S/. 128,000.00; Que, de acuerdo a la opinión emitida por la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 091-2006-MDB- OAJ resulta conveniente prorrogar la declaración dedesabastecimiento inminente hasta el 19 de setiembre del 2006, previo Acuerdo de Concejo. Estando a lo expuesto, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; ACUERDA: Artículo 1º.- Aprobar la prórroga de la declaratoria de desabastecimiento inminente dispuesta por Acuerdode Concejo Nº 007, 011, 017 y 020-2006-CDB, hasta el 19 de setiembre del 2006, conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo;con la precisión que en caso de concluir el Concurso Público Nº 001-2006-MUDIBE/C.E. antes de dicho plazo, el contrato que se celebre al amparo del presenteAcuerdo quedará sin efecto automáticamente. Artículo 2º.- Establecer como valor referencial de la presente prórroga de declaración de desabastecimientoinminente la suma de S/. 128,000.00 (cincuenta veintiocho mil y 00/100 nuevos soles); las fuentes de financiamiento: 03 - Participación en Rentas de Aduana y 09 - RecursosDirectamente Recaudados; y, la Gerencia Municipal como la encargada de celebrar los contratos respectivos. Artículo 3º.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión del mismo y sus informes sustentatorios a la Contraloría General de la República y aCONSUCODE, dentro del plazo de ley. Artículo 4º.- Disponer que la Comisión Especial de Procesos Administrativos evalúe y determine lasresponsabilidades a que hubiera lugar por los hechos que han dado origen a la presente declaratoria de desabastecimiento inminente, conforme a lo dispuestoen el artículo 21º del Texto Único de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese y comuníquese JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 00680-1 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G63/G6F/G67/G65/G72/G73/G65/G20/G61 /G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G73/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G34/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G43/G44/G42 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2006-MDB-AL Bellavista, 31 de julio de 2006