Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2006 (03/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano jueves 3 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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hechos imprevisibles cabe exonerar la Adjudicacion Directa Selectiva por efecto de una declaracion de desabastecimiento inminente del producto Hojuela de Quinua MORDAZA Kiwicha para el PVL y que la misma se encuentra dentro del MORDAZA legal establecido por la Ley y el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobados con el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y el D.S. Nº 084-2004-PCM respectivamente; con respecto al recurso de revision recomienda asistir a la Audiencia Publica programada por el Tribunal del CONSUCODE el 25/7/2005 donde se emitiran los fundamentos legales que corresponden a la actuacion de la Municipalidad; Que, lo expuesto se sujeta a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2006 - Ley Nº 28652, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Ley Nº 28411 y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; y con MORDAZA unanime del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Articulo 1º.- Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de seleccion clasificado como Adjudicacion Directa Selectiva, declarando en situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE el Suministro de la Hojuela de Quinua - MORDAZA - Kiwicha para atender a los Beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de El MORDAZA, por un periodo de doce (12) semanas o su equivalente desde la semana 30 hasta la 41, segun cronograma alcanzado por la Oficina del Programa del Vaso de Leche, donde se adquieran 57,236.64 Kg. de Hojuela de Quinua MORDAZA Kiwicha que a un precio unitario de S/. 3.62 equivalen a S/ 207,196.64 Nuevos Soles y cuyo gasto se afectara a la Fuente de Financiamiento 00-Recursos Ordinarios; mientras, el Tribunal del CONSUCODE resuelve el recurso de revision al ITEM II de la Licitacion Publica Nº 002-2006-CE-MDEA 1ra. Convocatoria presentado por la Empresa Fouscas Trading EIRL. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas ejecute las acciones inmediatas conforme lo establece el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el D.S. Nº 084-2004-PCM. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Secretaria General para que realice la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Administracion y Finanzas para su publicacion en el SEACE y remita MORDAZA del mismo acompanando el informe Tecnico Legal a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE dentro de los plazos previstos en la Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00637-1

Que, el Ar t. 41º del TUO del Codigo Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF y sus modificatorias, establece que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administre; Que, mediante Ordenanza Nº 123-MDI, de fecha 22 de junio del ano en curso, se aprobo el Beneficio Tributario y no Tributario para el pago de las deudas del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, Multas Tributaria y Multas Administrativas, hasta el 31 de MORDAZA del presente ano; Que, habiendose constado que en buen numero de contribuyentes han demostrado su buena predisposicion para el saneamiento y pago de sus deudas tributarias; sin embargo, resulta necesario ampliar el plazo de vencimiento de dicho beneficio, a fin de otorgar mayores facilidades a nuestros contribuyentes, de acuerdo a la politica de la actual gestion tributaria; Estando a lo establecido en el TUO del Codigo Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF y sus modificatorias y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 "Organica de Municipalidades". DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de agosto de 2006, la vigencia del plazo de vencimiento del Beneficio Tributario y no Tributario aprobado por la Ordenanza Nº 123-MDI. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General, Gerencia de Administracion Tributaria y Gerencia de Administracion de Recursos, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00608-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Otorgan beneficio de regularizacion de deudas tributarias y no tributarias a propietarios e inquilinos de inmuebles ubicados en MORDAZA de ejecucion de obras de rehabilitacion
ORDENANZA Nº 160-MDL Lince, 20 de MORDAZA del 2006 EL CONCEJO DEL DISTRITO DE LINCE VISTO: En la 1era. Sesion Ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 077-2006-MDL-GG-GR y el Dictamen Conjunto Nº 016-2006-MDL-CAL-CEA de la Comision de Asuntos Legales y la Comision de Economia y Administracion; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 en concordancia con el Ar t. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tr ibutar ia; para crear, modificar y supr imir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales.

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Prorrogan plazo de Beneficio Tributario y No Tributario otorgado mediante la Ordenanza Nº 123-MDI
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2006-MDI Independencia, 31 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA

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