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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 10 de agosto de 2006 326085REPUBLICADELPERU ORDENANZA REGIONAL Nº 33-2006-CR/RMDD EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: CONSIDERANDO:Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a travésde Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el artículo 15º inciso a) de la Ley Nº 17867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; que señalaaprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional;asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar la actualización del documento de gestión Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de laDirección Regional de Energía y Minas de Madre de Dios; en concordancia con el artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionalesque establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Energía y Minas de Madre de Dios, está elaboradoen función a la Unidad Impositiva Tributaria vigente y artículos 37º y 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y demásnormas que lo complementan; Que, mediante Oficio Nº 032-2006-GOREMAD/ GRPPYAT-SGDI, la Subgerencia de DesarrolloInstitucional del Gobierno Regional de Madre de Dios; emite opinión favorable manifestando que se ha analizado y revisado especialmente la aplicación desecuencia lógica de costos de cada uno de los procedimientos administrativos encontrándose conforme su presentación y formulación en concordancia al artículo38º de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, habiéndose aplicado el instrumento legal que regula la actuación de la función administrativa del Estado y asimismo establece el régimen jurídico aplicable a la protección del interés general, garantizando el derechode los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y conforme a la evaluación practicada al documento, es procedente su aprobación, estando a loacordado por el Consejo Regional en Sesión Ordinaria llevada a cabo el dieciocho y continuada el diecinueve de julio del dos mil seis, con la dispensa del trámite delectura y aprobación del acta; Ha dado la siguiente Ordenanza: Artículo Primero.- APRUÉBESE el documento de gestión "TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DEENERGÍA Y MINAS DE MADRE DE DIOS" de conformidad a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente; y que como anexo formaparte de la presente Ordenanza Regional, que visado por la Secretaría del Consejo Regional será conservado en el Archivo del Consejo Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios para su promulgación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintiún días del mes de julio deldos mil seis. JOSÉ DE LA ROSA DEL MAESTRO RÍOS Presidente Regional 00853-2/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G69/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73 /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G6C/G61/G20/G6C/G75/G63/G68/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G74/G61/G6C/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F /G69/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G66/G6F/G72/G65/G73/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G6D/G61/G64/G65/G72/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G61/G64/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 34-2006-CR/RMDD EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º numeral 8 de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece los principios rectores de las políticas y la gestión regional,por lo que la gestión regional se caracteriza por la búsqueda del equilibrio intergeneracional en el uso racional de los recursos naturales para lograr los objetivosde desarrollo, la defensa del medio ambiente y la protección de la biodiversidad; Que, el artículo 36º de la misma norma señala que las normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento jurídico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro GobiernoRegional ni de los otros niveles de gobierno; Que, con el objeto de normar, regular y supervisar el uso sostenible y la conservación de los recursos forestales y defauna silvestre del país, compatibilizando su aprovechamiento con la valoración progresiva de los servicios ambientales del bosque, en armonía con el interés social, económico yambiental de la Nación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 66º y 67º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 613, el Código del Medio Ambiente ylos Recursos Naturales y los Convenios Internacionales vigentes para el Estado Peruano, se expide la Ley Forestal y de Fauna Silvestre Nº 27308; Que, por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, se aprueba el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en la que se establece que uno de los principios orientadores dela actividad forestal y de fauna silvestre, es la participación del sector empresarial privado, los gobierno locales y regionales y de la ciudadanía en general, en la toma dedecisiones, el financiamiento la fiscalización y los beneficios de la actividad de manera descentralizada; Que, por Decreto Supremo Nº 052-2002-AG se crea la Comisión Multisectorial encargada de diseñar y llevar a cabo una estrategia para la lucha contra la tala ilegal, que conlleve el retiro de los extractores forestalesilegales de las zonas reservadas, concesiones forestales y territorios de comunidades nativas, así como de proponer medidas de reforma legal para sancionar latala ilegal y las acciones que sean necesarias para combatir a los que comercialicen la madera ilegalmente obtenida, los gastos que irrogue la aplicación de lodispuesto en el presente Decreto Supremo deberán ser cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales que corresponda; el asesoramiento que solicite laComisión Multisectorial será Ad Honorem; Que, por Decreto Supremo Nº 06-2003-AG se Declara de Interés nacional la lucha contra el tráfico ilegal demadera a nivel nacional, y mediante Decreto Supremo Nº 019-2004-AG se "Declara de interés nacional la Estrategia Nacional Multisectorial de lucha contra la talailegal" elaborada y aprobada por la Comisión Multisectorial de Lucha contra la Tala Ilegal; La Lucha contra la Tala y Comercialización Ilegal de Productos Forestales Que, mediante Dictamen Nº 03-2006-GOREMAD-CR- CAMAA, presentado por la Comisión Agraria, Medio Ambiente y Amazonía, concluyen que debe ser aprobadoel proyecto de Ordenanza para "Declarar de Interés Público Regional la Lucha contra la Tala y Comercio Ilegal de Productos Forestales Maderables y Formación de laComisión Regional Multisectorial de Lucha contra la Tala y Comercio Ilegal de Productos Forestales Maderables en la Región Madre de Dios"; Que, si bien es cierto, se propone "Declarar de Interés Público Regional la Lucha contra la Tala y Comercio Ilegal de Productos Forestales Maderables y Formación de laComisión Regional Multisectorial de Lucha contra la Tala y Comercio Ilegal de Productos Forestales Maderables en la