TEXTO PAGINA: 69
NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 10 de agosto de 2006 326087REPUBLICADELPERU y la presente Ley, así como las competencias delegadas que acuerden ambos niveles de gobiernos; en ese sentido, la promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en el ámbito y nivel regional,correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambienteconstituye una de las competencias compartidas entre el gobierno nacional y los gobiernos regionales; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 223- 2006-GOREMAD/PR se ha conformado el "Comité Organizador de la XVII Feria Agropecuaria Industrial y Artesanal de Madre de Dios", comité que mediante OficioNº 21-2006-CO-XVIII FAAA-MDD solicita que la referida feria se declare de interés regional, de tal modo que promueva y consolide el esfuerzo sacrificado de productores agrariosde la región de Madre de Dios, y como tal las entidades del Estado, del sector privado y no gubernamentales estén en la obligación de contribuir en su promoción y organización; Que, las Ferias y Eventos Agropecuarios son actividades de promoción agropecuaria, transferencia de tecnología y comercialización de libre participación de los productoresagrarios, individuales y/o organizados, por lo que en armonía a lo dispuesto por el literal d) del Artículo 51º que regula las Funciones en materia Agraria, de la referida Ley Nº 27867,corresponde promover, fomentar la realización de estos eventos, que contribuirán al desarrollo de las actividades productivas de nuestra región, cumpliendo de esta formacon las prescripciones constitucionales por las cuales al estado y a los órganos descentralizados les corresponde promover el empleo y el desarrollo económico de nuestropaís, debiendo por ello priorizarse estos eventos otorgándoles el reconocimiento que éstos representan e incentivar a nuestra población a participar activamente en larealización de la misma; Estando al Acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales realizado el 19 de julio del 2006, y con el visto bueno de laGerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia de RecursosNaturales y Gestión del Medio Ambiente, Gerencia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Asesoría Jurídica, Dirección Regional de Administración y Gerencia GeneralRegional; Y, en el marco de las facultades y atribuciones conferidas por las Leyes Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización,modificada por las Leyes Nºs. 27950 y 28139, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por Ley Nº 27902, y Resolución Nº 250-2005-JNE; SE DECRETA: Artículo Primero.- DECLÁRESE DE INTERÉS REGIONAL la FERIA AGROPECUARIA, AGROINDUSTRIALY ARTESANAL DE MADRE DE DIOS, evento que se realiza anualmente en la ciudad de Puerto Maldonado, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios. Artículo Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO, el contenido de la presente Resolución a las Direcciones Regionales Sectoriales, Municipalidades Provinciales yDistritales, entidades Públicas y Privadas del ámbito del departamento de Madre de Dios. Artículo Tercero.- Publíquese el presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.JOSÉ DE LA ROSA DEL MAESTRO RÍOS Presidente Regional 00854-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 163-2006-PR-GR PUNO Puno, 7 de agosto de 2006EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Vistos, el Informe Nº 01-2006 GR PUNO/PRODUCE, Oficio Nº 059-2006-GR PUNO/CCP; y,CONSIDERANDO: Que, la Comisión Regional de Concurso Público para la selección del Director Regional Sectorial de la Producción de Puno, conformada con Resolución Ejecutiva Regional Nº 010-2006-PR-GR PUNO el 25 de enero 2006, luego dehaber llevado a cabo el proceso del concurso público de méritos y aptitudes, el cual fue conducido en forma transparente y de acuerdo con las normas establecidassobre el particular, ha cumplido con emitir el Informe Nº 01- 2006-GR PUNO/PRODUCE 11 de julio 2006, señalando en el rubro X RESULTADOS FINALES, que el plazo parainterponer los recursos de reconsideración sobre los resultados del cuadro de méritos preliminar del concurso público ha vencido; por lo que, la comisión ha finalizado susfunciones habiendo publicado los resultados finales del concurso público efectuado, declarando al postulante José David Velezvía Díaz, en el primer lugar del Orden de Mérito,con 63 puntos; De conformidad con el cuarto párrafo del numeral 5.3.4 PROCESO DE SELECCIÓN de la Directiva Nº 001-CND-P-2003 LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE DIRECTORES REGIONALES SECTORIALES, aprobados por Resolución Directoral Nº 012-CND-P-2003; y con la DUODÉCIMA DISPOSICIÓN TRANSITORIA de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y su modificatoria Ley Nº 27902; En el marco de las funciones y atribuciones conferidas por los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designación en el cargo de confianza deDIRECTOR REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO, del ingeniero pesquero ESTEBAN ARAGÓN FIGUEROA, a través dela Resolución Ejecutiva Regional Nº 101-2005-PR-GR PUNO el 10 de mayo de 2005; agradeciéndole por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR en el cargo de confianza de DIRECTOR REGIONAL de la PRODUCCIÓN del GOBIERNO REGIONAL DE PUNO,a don JOSÉ DAVID VELEZVÍA DÍAZ, a de la fecha, en mérito al Informe Nº 01-2006-GR PUNO/PRODUCE emitido por la Comisión de Concurso. Regístrese, comuníquese y archívese. DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDON Presidente Regional 00902-1 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G61/G70/G6C/G69/G2D /G63/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G69/G6E/G66/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G65/G6C/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G54/G72/G69/G2D/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73 ORDENANZA Nº 0104-MDC Carabayllo, 13 de julio del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Carabayllo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de julio del año 2006, visto el proyecto de Ordenanza presentado y luego de lasdeliberaciones sobre la materia; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su