Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2006 (12/08/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 295436

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de junio de 2005

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del articulo 32º de la Ley Nº 27785 y los articulos 32º, 33º y 34º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, se procedio a efectuar la evaluacion del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Socabaya y el desempeno funcional de su Jefatura, habiendose comunicado a su titular CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los resultados de la evaluacion realizada a su desempeno funcional, con el proposito que presente sus aclaraciones y/o comentarios; Que, evaluados los comentarios alcanzados por el CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio s/n -2005OCI-MDS de 10 de febrero 2005 y de la evaluacion contenida en los documentos de Vistos, se ha determinado entre otros; el incumplimiento de los Planes Anuales de Control de los anos 2001, 2002 y 2003, cancelando acciones de control programadas sin contar con sustento tecnico; el incumplimiento de la normativa de control en las etapas de planeamiento y ejecucion de trabajo de MORDAZA de las acciones de control realizadas; asi como deficiencias en la elaboracion de diversos informes de auditoria; determinandose en consecuencia la calificacion desfavorable del desempeno funcional del CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Socabaya, de acuerdo a los criterios establecidos en los literales a), b), c) y d) del articulo 34º del Reglamento de los Organos de Control Institucional; Que, estando a lo expuesto, corresponde a este Organismo Superior de Control, separar definitivamente del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Socabaya, al senor CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral 2.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional; Que, la separacion definitiva a que alude el considerando precedente, esta referida exclusivamente a la separacion del ejercicio del cargo, siendo de competencia exclusiva de la Entidad aquellas acciones de caracter laboral que pudieran derivarse de dicha separacion; Que, mediante Oficio Nº 1191-2005-CG/DC se comunica al Titular de la Municipalidad Distrital de Socabaya, el resultado de la evaluacion efectuada por este Organismo Superior de Control al Jefe del Organo de Control Institucional, senor CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gamarra; Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 3.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, el encargo de la Jefatura del Organo de Control Institucional procede ser efectuado por el Titular de la Entidad -entre otros- en los casos de vacancia, quien tiene la responsabilidad de cautelar que el funcionario encargado para ocupar temporalmente la Jefatura del citado Organo, reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del citado Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y los numerales 2.1 y 3.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Separar definitivamente del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Socabaya, al senor CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- En tanto se designe al MORDAZA Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Socabaya, el Titular de dicha entidad debera garantizar el normal desarrollo de las actividades del Organo de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la Jefatura de dicho Organo, a un profesional que reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organismo Superior de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 11448

Encargan funciones de Contralor General de la Republica a la Vicecontralora General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 295-2005-CG MORDAZA, 22 de junio de 2005 VISTOS; la comunicacion 2005/35 de la Iniciativa para el Desarrollo de la Organizacion Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores INTOSAI - IDI de fecha 8 de marzo de 2005 y la Hoja de Recomendacion Nº 0152005-CG/CT de la Gerencia de Cooperacion Tecnica, del 17 de junio de 2005; CONSIDERANDO: Que, conforme se da cuenta en los documentos de vistos, el Auditor General de Noruega y Presidente del Comite Directivo de la Iniciativa para el Desarrollo de la INTOSAI IDI ha invitado al Contralor General de la Republica del Peru para participar en la reunion de Focus Group de Planeamiento Estrategico de la IDI, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Oslo, Noruega del 27 al 29 de junio de 2005; Que, la Iniciativa para el Desarrollo de la INTOSAI IDI constituye la instancia que articula y organiza formalmente la cooperacion en capacitacion entre las entidades fiscalizadoras superiores miembros de la INTOSAI, teniendo como mision ayudar a las naciones emergentes y a las naciones en vias de desarrollo a mejorar su capacidad de control y fiscalizacion, mediante una formacion apropiada, el intercambio de informacion y facilitando la asistencia tecnica a las regiones de la INTOSAI; Que, encontrandose en la fase final del Plan Estrategico de la IDI (2001-2005), se viene formulando un proyecto de plan para el proximo periodo, motivo por el cual se ha previsto la reunion del Focus Group en la que se espera enfatizar en los aspectos globales de las futuras prioridades de capacitacion de las entidades fiscalizadoras de paises emergentes y en desarrollo, ademas de conocer y comprender las necesidades regionales respecto de la creacion de competencias y aprendizaje continuo, que le permita a la IDI ayudar a dichas entidades a enfrentar los retos que enfrentan en su labor de control; Que, la Contraloria General de la Republica del Peru integro y participo activamente en el Task Force del Plan Estrategico de la INTOSAI y viene apoyando la formulacion del Plan Estrategico de la Organizacion Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores - OLACEFS (periodo 2006-2010), siendo uno de sus componentes principales el programa de capacitacion en cooperacion con la IDI; Que, la citada reunion ha previsto una combinacion de sesiones tecnicas y de discusion a nivel de grupo, oportunidad en que la Contraloria General puede compatibilizar los objetivos institucionales en materia de capacitacion con los objetivos regionales (OLACEFS) y los objetivos de la IDI -INTOSAI, para reforzar las relaciones de cooperacion desde la perspectiva de gestion del conocimiento; Que, la participacion en la citada reunion contribuira a consolidar la posicion de este Organismo Superior de Control como entidad agente de cambio, promotora de la capacitacion y del desarrollo tecnico del control gubernamental, por lo que resulta conveniente la asistencia del Contralor General de la Republica; lo cual ha sido comunicado al Congreso de la Republica, siendo necesario encargar las funciones inherentes del Despacho Contralor a la Vicecontralora General de la Republica a efectos de asegurar la funcion rectora que le compete; Que, el financiamiento de los pasajes y viaticos que irrogue la citada comision de servicios sera asumido por la Iniciativa para el Desarrollo de la INTOSAI -IDI, correspondiendo a la Contraloria General de la Republica del Peru el pago de la tarifa CORPAC, segun el Memorando Nº 512-2005-CG/FI de la Gerencia de Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por el articulo 32º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica del Peru - Ley Nº 27785; y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.