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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (12/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 12 de agosto de 2006 326189REPUBLICADELPERU /G50/G61/G73/G61/G6E/G20 /G61/G20 /G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G72/G65/G74/G69/G72/G6F/G20 /G61 /G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G44/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 305-2006-RE Lima, 11 de agosto de 2006 Vista la solicitud s/n, de 10 de julio de 2006, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Fernando Torres-Muga Jiménez, mediante la cual solicita su pase a la situación de retiro, a partir de 11 dejulio de 2006; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 18º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República,la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otrascausas, a su solicitud, en forma escrita; Que, el pase a la situación de retiro a su solicitud, en forma escrita, se hará efectiva mediante ResoluciónSuprema, y que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Fernando Torres-Muga Jiménez, no está incurso el lo establecido en el artículo 49º delReglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; Teniendo en cuenta el informe s/n, de la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos, de 19 de julio de 2006; De conformidad con los artículos 18º inciso e) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 43º literal e) y 49º delReglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Pasar a la situación de retiro a su solicitud, en forma escrita, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Fernando Torres-Muga Jiménez, a partir del 11 de julio de 2006. Artículo Segundo.- Darle las gracias por los muy importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 00995-8 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G49/G6E/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65/G20/G49/G53/G43 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20 /G61/G20 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G69/G6E/G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G75/G63/G72/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G63/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0957-2006-RE Lima, 9 de agosto de 2006 Visto, el Expediente Nº 4672-2006, presentado por el CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y APOYO PARA ELDESARROLLO COMUNITARIO – HAZ-PERÚ mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)respecto a la donación recibida del Centro Andino vzw, con sede en Antwerpen, Bélgica; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e ImpuestoSelectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, lasdonaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y APOYO PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO – HAZ-PERÚ, se encuentra inscrito en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema N° 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 19 de noviembre de 2005, legalizada por el Consulado del Perú en Bruselas se observa que, el Centro Andino vzw, con sede en Antwerpen, Bélgica ha efectuado unadonación a favor del CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y APOYO PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO – HAZ-PERÚ; Que, los bienes donados consisten en 491 bultos conteniendo 04 camas, 04 sillas de oficina, 04 mesas de oficina, 01 caja de sobres, 23 cajas de ropa parausar en hospital, 05 bolsas de frazadas, 02 lámparas odontológicas, 03 cajas de herramientas odontológicas, 01 compresor para uso odontológico, 04 armarios metálicos para uso odontológico, 02 sillas odontológicas, 01 herramienta odontológica, 01 pasador de suciedad (odontológico), 01 brazo para máquina de rayos X, 01 columna central máquina odontológica, 01 tapiz de linóleo, 01 pie de máquina de rayos X, 01 armario de esterilización, 01 tabla para silla odontológica, 01 taladroodontológico, 01 conmutador de pie, 01 máquina de rayos X, 06 cajas de bolsos, 02 máquinas para entrenar (bicicleta estacionaria), 11 sillas de baño, 52 cajas de material de vendaje, 05 palancas para alzamiento de pacientes, 02 cajas de material doméstico (platos y tazas), 04 cajas de abrigos y bolsos, 04 maletas de abrigos y bolsos, 03 jerry can, 02 ollas de esterilización, 11 camitas de bebe, 01 mueble con rejas para bebe, 03 cajas de abrigos y bolsos, 70 cajas de ropa usada, 80 bultos de ropa usada, 33 cajas de computadoras, pantallas e impresoras, 03 piezas de computadoras, pantallas e impresoras, 05 cajas de cubiertos de plástico, 40 sillas de rueda, 03 cajas de zapatos, 31 sacos de zapatos, 01 maleta de zapatos, 03 cajas de zapatos y bolsos, 04 cajas de zapatos y abrigos, 01 pizarra de escuela, 01 caja de material escolar, 05 cajas de máquinas de escribir, 03 máquinas de escribir, 16 cajas de juguetes, 14 sillas, 01 caja de textiles, 02 tablas de planchar, 01 paleta de sillitas de madera y 04 escabeles, con un peso bruto de 13,180.00 kilos y valorizado en 528.18 (Quinientos veintiocho y 18/100Euros), arribados en un contenedor de 40´ Nº SUDU5127759, para ayuda a personas e instituciones ubicados en zonas de extrema pobrezade la Región Huánuco y Región San Martín, la población beneficiada son niños, mujeres, adultos y personas con discapacidad, con la presente donación se benefició amás de 10,000 personas, las personas que se beneficiaron se encuentran ubicados en la Región