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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (12/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326190El Peruano sábado 12 de agosto de 2006 Huánuco, en las provincias de Pachitea, Leoncio Prado, Ambo y Huánuco y la Región San Martín; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por el Centro Andino vzw a favor del CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y APOYO PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO – HAZ-PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por el Centro Andino vzw a favor del CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y APOYO PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO – HAZ- PERÚ, consistente en 491 bultos conteniendo 04 camas, 04 sillas de oficina, 04 mesas de oficina, 01 caja de sobres, 23 cajas de ropa para usar en hospital, 05 bolsas de frazadas, 02 lámparas odontológicas, 03 cajas de herramientas odontológicas, 01 compresor para uso odontológico, 04 armarios metálicos para uso odontológico, 02 sillas odontológicas, 01 herramienta odontológica, 01 pasador de suciedad (odontológico), 01 brazo para máquina de rayos X, 01 columna central máquina odontológica, 01 tapiz de linóleo, 01 pie de máquina de rayos X, 01 armario de esterilización, 01 tabla para silla odontológica, 01 taladro odontológico, 01 conmutador de pie, 01 máquina de rayos X, 06 cajas de bolsos, 02 máquinas para entrenar (bicicleta estacionaria), 11 sillas de baño, 52 cajas de material de vendaje, 05 palancas para alzamiento de pacientes, 02 cajas de material doméstico (platos y tazas), 04 cajas de abrigos y bolsos, 04 maletas de abrigos y bolsos, 03 jerry can, 02 ollas de esterilización, 11 camitas de bebe, 01 mueble con rejas para bebe, 03 cajas de abrigos y bolsos, 70 cajas de ropa usada, 80 bultos de ropa usada, 33 cajas de computadoras, pantallas e impresoras, 03 piezas de computadoras, pantallas e impresoras, 05 cajas de cubiertos de plástico, 40 sillas de rueda, 03 cajas de zapatos, 31 sacos de zapatos, 01 maleta de zapatos, 03 cajas de zapatos y bolsos, 04 cajas de zapatos y abrigos, 01 pizarra de escuela, 01 caja de material escolar, 05 cajas de máquinas de escribir, 03 máquinas de escribir, 16 cajas de juguetes, 14 sillas, 01 caja de textiles, 02 tablas de planchar, 01 paleta de sillitas de madera y 04 escabeles, con un peso bruto de 13,180.00 kilos y valorizado en 528.18 (Quinientos veintiocho y 18/100 Euros), arribados en un contenedor de 40´ Nº SUDU5127759, para ayuda a personas e instituciones ubicados en zonas de extrema pobreza de la Región Huánuco y Región San Martín, la población beneficiada son niños, mujeres, adultos y personas con discapacidad, con la presente donación se benefició a más de 10,000 personas, las personas que se beneficiaron se encuentran ubicados en la Región Huánuco, en las provincias de Pachitea, Leoncio Prado, Ambo y Huánuco y la Región San Martín. Artículo Segundo .- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 00988-1RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0958-2006-RE Lima, 9 de agosto de 2006 Vistos, los expedientes Nº 7770-2006, Nº 4212-2006 y Nº 2040-2006, presentados por MÉDICOS SIN FRONTERAS - BÉLGICA, mediante los cuales solicitala inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Medecins Sans Frontieres, con sedeen Bruselas, Bélgica. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucroreceptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, MÉDICOS SIN FRONTERAS - BÉLGICA, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91- PCM Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 20 de enero de 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Bruselas se observa que, Medecins Sans Frontieres ha efectuado una donación a favor de MÉDICOS SIN FRONTERAS – BÉLGICA. Que, los bienes donados consisten en 83 bultos conteniendo productos farmacéuticos y material médico, con excepción de los productos detallados en la Resolución Directoral Nº 108-2006-SA/OGCI de fecha 30-May-06 expedida por la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto de 850.10 kilos, y valorizado en 38,689.69 (Treinta y ocho mil seiscientos ochenta y nueve y 69/ 100 Euros). Para uso en el proyecto: “Cuidados Integrales en VIH/SIDA en el Centro Materno Infantil San José en Villa El Salvador”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Medecins Sans Frontieres a favor de MÉDICOS SIN FRONTERAS – BÉLGICA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Medecins Sans Frontieres a favor de MÉDICOS SIN FRONTERAS – BÉLGICAconsistente en 83 bultos conteniendo productos farmacéuticos y material médico, con excepción de los