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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (27/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326970El Peruano domingo 27 de agosto de 2006 Que, con fecha 9 de agosto de 2006 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la síntesis de la solicitud deinscripción a efectos de que cualquier persona natural ojurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la organización política solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentación correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado tachaalguna contra la solicitud de inscripción, conforme es de verse en el Memorando Nº 2092-2006-OOESC/JNE de fecha 21 de agosto de 2006; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de cumplidoslos requisitos establecidos en la ley, se inscriben en elRegistro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones Políticasa la Organización Política Local Provincial "OrganizaciónPolítica Local Provincial Diálogo Vecinal", de la provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral en el libro especial de Organizaciones Políticas Locales correspondienteal tomo número cinco, partida número cuarenta y disponer lainscripción en el asiento número uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros legal titular y alterno a Francisco Martín Lastres Ferrucci y César Alberto Pradel Gonzales, respectivamente. Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas Jurado Nacional de Elecciones 01442-1 /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61 /G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G22/G45/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G72/G22/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G4C/G69/G6E/G63/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 010-2006- REGISTRADORLIMACENTRO-OROP/JNE Lima, 21 de agosto del 2006 VISTA: La solicitud presentada por el señor Miguel Augusto Machado Valdez, Presidente de la Organización Políticalocal Distrital: “Edificar”, del distrito de Lince, provincia ydepartamento de Lima; CONSIDERANDO: Que mediante solicitud presentada el 18 de julio del 2006, el señor Miguel Augusto Machado Valdez, Presidente de la Organización Política local Distrital: “Edificar”, del distrito deLince, provincia y departamento de Lima, solicitó a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas, la inscripción de dicha organización política en el Registro Especial que conduce; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todos los requisitos contenidos en el artículo17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, esto es, I) Relaciónde adherentes en número no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización políticalocal desarrolla sus actividades, advirtiéndose en tal sentidoque con Oficio Nº 1788-2006-GAE/RENIEC de fecha 25 dejulio del 2006 respectivamente, la Gerencia de ActividadesElectorales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, RENIEC, informó que de un total de 977 firmas presentadas se declararon válidas 619 firmas, cantidad que no supera las627 necesarias para tal efecto, y con Oficio Nº 2194 -2006- GAE/RENIEC de fecha 7 de agosto del 2006 respectivamente,la Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, RENIEC, informó que de un total de 65 firmas presentadas se declararon válidas 35 firmas, cantidad que sumada a la anterior supera las 627 necesariaspara tal efecto II) Acta de Constitución de un comité en eldistrito de Lince, provincia y departamento de Lima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identificados, adicionalmente, han presentado acta de fundación, la que contiene el Ideario, y que a su vez contiene principios, objetivos y visión del distrito de Lince, denominación, domicilio legal, ladesignación de la Junta Directiva y lo miembros que loconforman, la designación de los personeros legales, técnicos,asimismo han presentado un Estatuto; Que, con fecha 13 de agosto del 2006, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción a efectos de que cualquier persona natural ojurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la organización política solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentacióncorrespondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado tachaalguna contra la solicitud de inscripción. Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de cumplidoslos requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a laOficina de Registro de Organizaciones Políticas del JuradoNacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas a la Organización Política Local Distrital: “Edificar”, del distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de OrganizacionesPolíticas Locales, Tomo Cinco, Partida Número Veintinuevey regístrese la inscripción en el Asiento Número Uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y personero legal alterno a los señores Cesar Augusto Reátegui Palomino y Erika del Pilar Vela Cumapa, respectivamente. Regístrese y notifíquese. DENISE SARAVIA CAMPANA Registradora de la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas 01462-1 /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61 /G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G22/G52/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G65/G73/G6F/G22/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G65/G6E/G65/G67/G75/G69/G6C/G6C/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 016-2006-REGISTRADORLIMAESTE-OROP/JNE Lima, 24 de agosto de 2006 VISTA:La solicitud presentada por el señor Alcides Hipólito Flores Contreras, ex-Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital "Renovación y Progreso" del distrito de Cieneguilla, provincia de Lima,departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud presentada el 3 de julio de 2006, el señor Alcides Hipólito Flores Contreras, solicitó ala Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del JuradoElectoral Especial de Lima Este, la inscripción de laOrganización Política Local Distrital: "Renovación y