Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2006 (14/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2006

encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra MORDAZA YDROGO CCORINAUPE o MORDAZA MORDAZA YDROGO y MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6745-1 RESOLUCION JEFATURAL N° 1083-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 9 de noviembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1787-2006/GP/RENIEC, y el Informe N° 1029-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 22 de agosto de 2006; y CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, organo de linea encargado de la depuracion y actualizacion de datos del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, ha detectado que ciudadanos no identificados, han obtenido irregularmente inscripciones a nombre de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Roso MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MercedesANDRADE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ORDINOLA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA TICLLASUCA; Que, mediante los Informes periciales practicados a dichas inscripciones, concluyen que existe suplantacion de identidad en las inscripciones detalladas precedentemente; Que, si bien la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central mediante las Resoluciones Nº 039 y 4082006/SGDAR/GP/RENIEC, ha procedido a la exclusion de las inscripciones Nºs. 06821926, 80077420, 02882665, 09701843, 20108577, 31137423, 03339542 y 19832811, y en consecuencia los Documentos Nacionales de Identidad emitidos se encuentran cancelados, esto en resguardo de la identidad de las personas, titulares de las mismas; de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por ciudadanos no identificados, al haber declarado datos falsos en instrumento publico, con el objeto de suplantar la identidad de ciudadanos inscritos validamente en el Registro, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral, constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428° y 438° del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los que resulten responsables; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil.

Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6745-2 RESOLUCION JEFATURAL N° 1084 -2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 9 de noviembre de 2006 VISTOS: El informe N° 2152-2006/SGREC/GO/RENIEC, y el Informe N°1085-2006/GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 1 de setiembre de 2006; y CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos, asi como la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que un ciudadano que declaro llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito tramites de inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, presentando como sustento la transcripcion de un acta de nacimiento emitida por la respectiva Oficina de Registros Civiles, correspondiente, la misma que ha sido obtenida de manera irregular; Que, realizada la verificacion de los sustentos documentales presentados, se han observado ciertas irregularidades en los mismos, solicitandose la comprobacion de dichos sustentos a la oficina registral respectiva y otras instituciones, determinandose que el ciudadano que dijo llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA, utilizo como sustento la inscripcion extemporanea de nacimiento, una denuncia policial de perdida de la Libreta Militar Nº 5000051254; la misma que no se encuentra registrada en los padrones militares de las Fuerzas Armadas; Que, de los hechos MORDAZA mencionados, se desprende que el ciudadano no identificado, quien manifesto llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inserto datos falsos en el Registro de estado Civil, con el objeto de emplearlo como si la declaracion fuera conforme a la verdad y posteriormente obtener indebidamente su inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; hechos que constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los que resulten responsables; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6745-3

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