Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2006 (18/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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de residuos solidos, dando como resultado la siguiente categorizacion: 2) MORDAZA habitacion; 3) Comercio; 4) Industria; 4) Servicio General; 5) Educacional; 6) Terrenos sin Construir; 7) Estacionamiento y Similares; 8) Predio rustico; 9) otros. Del mismo modo interviene como un Criterio Adicional: - Tamano del predio, dentro de la categorizacion MORDAZA mencionada, se considera que a mayor area construida mayor produccion de residuos solidos. Adicionalmente, se ha tomado en cuenta: - El total de predios, reportados en la base tributaria en el ultimo trimestre del ano 2006. - El costo total de cada variante del servicio de Limpieza Publica, establecido en base a los datos proporcionados por la Sub Gerencia de Limpieza Publica. Articulo Decimo Cuarto.- Criterios para la determinacion del Arbitrio de Parques y Jardines: Para realizar la determinacion del importe del Arbitrio de Parques y Jardines, se distribuye el costo efectivo que demanda su prestacion en base a la intensidad del goce del servicio, de acuerdo a la ubicacion del predio, tomando en cuenta el criterio siguiente: - Ubicacion de los predios por zonas en funcion a la cantidad de areas verdes, de acuerdo a la factibilidad de acceso a las areas verdes, se han determinado cuatro grupos de predios, detallados en el articulo MORDAZA de la presente ordenanza: MORDAZA 1, MORDAZA 2, MORDAZA 3 y MORDAZA 4, agrupados en sectores delimitados en funcion a la cantidad de parques o plazas publicas que presentan asi como otras areas verdes. Los predios que se encuentran en la MORDAZA con una mayor cantidad area MORDAZA, abonaran una tasa mayor en funcion al goce del servicio, ya que tienen mayor disfrute y una mayor probabilidad de uso del servicio. - Total de predios, reportados en la base tributaria en el ultimo trimestre del ano 2006. - Costo efectivo por la prestacion del servicio, establecido en base a los datos proporcionados por la Gerencia de Ecologia, Medio Ambiente y Servicios Comunales. Articulo Decimo Quinto.- Criterios para la determinacion del Arbitrio de Serenazgo: Para realizar la determinacion del importe por la tasa del Arbitrio de Serenazgo, se distribuye el costo efectivo por la prestacion del servicio de acuerdo a la intensidad de goce del servicio por uso y/o actividad, segun su ubicacion en las zonas en las que se presta el servicio, tomando en cuenta la cobertura del servicio. Para tal efecto intervienen los siguientes criterios: - La ubicacion del predio por zonas, segun la MORDAZA en la que se encuentre el predio, por lo que se han determinado cuatro zonas segun el grado de cobertura del servicio de Serenazgo, delimitadas por los sectores senalados en el articulo MORDAZA de la presente ordenanza: MORDAZA 1, MORDAZA 2, MORDAZA 3 y MORDAZA 4. - El uso y/o actividad desarrollada en el predio, permite determinar el riesgo real y/o potencial por la cantidad de intervenciones estadisticas proporcionada por la Sub Gerencia de Serenazgo en cada uso y/o actividad. En ese sentido, en funcion a la cobertura del servicio por uso y/o actividad se han agrupado las actividades en nueve (9) rubros: 1) MORDAZA habitacion; 2) Comercio; 3) Industria; 4) Servicio General; 5) Educacional; 6) Terrenos sin Construir; 7) Estacionamiento y Similares; 8) Predio rustico; 9) otros. - Costo efectivo del servicio por la prestacion, establecido en base a los datos proporcionados por la Sub Gerencia de Serenazgo y la O cina de Planeamiento y Presupuesto. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Monto MORDAZA para la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo: Si como resultado de la aplicacion de los importes aprobados por la presente Ordenanza para los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, se determina un importe por concepto de Arbitrios Municipales superior al del ejercicio anterior, este incremento en ningun caso sera mayor al 30% del importe

de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2006; salvo que el incremento sea producto de la scalizacion de la declaracion jurada del contribuyente en la que se veri que la omision o inexactitud en la informacion proporcionada, en cuyo caso este no tendra derecho al bene cio MORDAZA senalado. Segunda.- Los contribuyentes personas naturales tendran un descuento de 10% del monto insoluto de la deuda por arbitrios municipales, siempre que cumplan con el pago del integro del importe anual hasta el vencimiento del primer trimestre; y siempre y cuando sus predios no se encuentren ubicados en la MORDAZA industrial. No se encuentran incluidos en los alcances de este incentivo los pensionistas o cesantes que gozan del bene cio de deduccion del 50% del monto insoluto del pago de arbitrios. Tercera.- Los bene cios otorgados en virtud de la presente Ordenanza seran compensados con los recursos del municipio a n de evitar el traslado del costo de los mismos a los contribuyentes. Cuarta.- Establezcase el monto por pagar por gastos administrativos para la emision mecanizada y distribucion de arbitrios en S/. 1.00 por recibo emitido. Quinta.- Deroguese toda MORDAZA municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Sexta.- Vigencia: La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1º de Enero del ejercicio 2007, previa publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial del Callao que la rati que. Septima.- Apruebese el Informe Tecnico, la Estructura de Costos y la Estimacion de Ingresos; los mismos que forman parte de la presente Ordenanza Municipal. Octava: Encarguese a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Publicas, el cumplimiento y difusion de la presente MORDAZA Municipal y a la Gerencia de Administracion, su Publicacion en el Diario O cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 016-2006/MDV-CDV INFORME TECNICO DE LA DETERMINACION Y DISTRIBUCION DE LOS MONTOS POR ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2007 Para el Ejercicio Fiscal 2007, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, presta al vecino los Servicios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo Municipal, dichos servicios generan un costo efectivo, el cual sera distribuido por el total de contribuyentes conforme a los criterios senalados en la presente ordenanza; asi mismo se precisa que la distribucion se realizo en funcion a los 53,099 predios existentes en la base de datos, informacion proporcionada por la Gerencia de Estadistica e Informatica, de los cuales incluye 779 predios Exonerados, como se indica en siguiente cuadro.
DETALLE
TOTAL DE PREDIOS (A) + (B) + (C) PREDIOS INAFECTOS (A) PREDIOS AFECTOS (B) INCLUYE © EXONERADOS (CON SUBSIDIO DIRECTO) (C) TOTAL A CONSIDERAR (B) INCLUYE © LIMPIEZA PUBLICA RECOJO RESIDUOS 53099 0 53099 779 53099 PARQUES Y JARDINES 53099 24011 29088 779 29088 SERENAZGO 53099 24011 29088 779 29088

Cabe indicar los bene cios otorgados a los Exonerados, seran compensados con los Recursos Directamente Recaudados por el Impuesto Predial, a n de evitar el traslado de los mismos a los demas contribuyentes. 1. COSTOS DE LOS SERVICIOS 1.1. LIMPIEZA PUBLICA
CONCEPTO COSTO MANO DE OBRA COSTO DE MATERIALES DEP. MAQ. Y EQUIPO RECOJO DE RESIDUO SOLIDO 933.000,00 1.510.736,08 345.124,29

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