Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2006 (18/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de diciembre de 2006

Articulo 1°.- FIJESE, excepcionalmente, el periodo comprendido del 18 al 31 de diciembre de 2006, para que todas las Gerencias, Subgerencias, Organos Desconcentrados y demas dependencias de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA programen el goce de vacaciones de su personal, sin afectar la continuidad de los servicios basicos y las labores indispensables de la Institucion; para lo cual, los Gerentes, Subgerentes, Titulares de Organos Desconcentrados y demas dependencias de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA determinaran el numero de personas que haran uso del descanso vacacional. Articulo 2°.- Para efecto del computo de los plazos de los procedimientos administrativos se considerara como dias habiles el periodo comprendido entre el 18 al 31 de diciembre del 2006; para lo cual se deberan tomar las previsiones del caso, de acuerdo a lo establecido en el articulo precedente. Articulo 3°.- Encarguese a la Gerencia de Administracion para que, a traves de la Subgerencia de Personal, en coordinacion con los demas organos de la Institucion, adopten las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Al personal que hubiere gozado de su descanso vacacional completo correspondiente al ano 2006 se le otorgara descanso vacacional adelantado. El periodo de descanso vacacional restante se gozara una vez cumplido el record vacacional correspondiente. El personal contratado a plazo solo se acogera al descanso vacacional excepcional en caso MORDAZA cumplido con nueve (9) meses de labor efectiva. Articulo 4°.- Las Empresas Municipales y los organismos publicos municipales descentralizados adoptaran en el MORDAZA de sus competencias y funciones disposiciones similares a las contenidas en la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 6886-1

Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, mediante Informe Nº 478-2006-GDU-MSS del 11 de diciembre del 2006, senala que despues de mas de cuatro meses de vigencia del Decreto de Alcaldia Nº 07-2006-MSS, se hace necesario efectuar ciertas precisiones a las de niciones establecidas; asi como modi car y ampliar ciertos articulos, a n de dar mayor celeridad en su aplicacion; Que, estando a lo dispuesto por el Articulo 42º de la Ley de Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldia, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando al Informe Nº 478-2006-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA e Informe Nº 1155-2006OAJ-MSS del 14 de diciembre de 2006 de la O cina de Asesoria Juridica; En uso de las facultades establecidas en el Numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1° Precisar los terminos del Decreto de Alcaldia N° 07-2006-MSS, en los siguientes Numerales: Del Articulo 1º.- Numerales 1.3.2 y 1.3.11; del Articulo 3º.- Numeral 3.2 MORDAZA parrafo y se adiciona el tercer parrafo; del Articulo 6º.- Numerales 6.1.3 y 6.1.5; del Articulo 8º.- Numeral 8.1.6; del Articulo 17º.- Numeral 17.2.3 Literal a; del Articulo 18º.Numeral 18.1, se recti ca cuadro y se adiciona la nota (4); del Articulo 19º.- Numeral 19.5.2; del Articulo 23º.- Numeral 23.1.18; del Articulo 24º.- Numeral 24.1.2 primer parrafo y del Articulo 25º Numeral 25.3.1Literal b; los que quedaran redactados en los siguientes terminos: "Articulo 1º - Numeral 1.3.2 Area techada.- Super cie cubierta sobre el lote (nivel 0.00 o primer piso), por la proyeccion de todos los techos, volumenes, o cualquier otro elemento de la edi cacion, a cualquier altura que se encuentre, no se consideran las cornisas, balcones y jardineras voladas descubiertas. Se entiende por balcones o jardineras voladas descubiertas cuando no tienen mas de 0.60 m. de seccion ni techo de ningun MORDAZA u otro balcon o jardinera similar en el piso inmediato superior. Numeral 1.3.11 Vivienda Multifamiliar.- Dos o mas viviendas que constituyen una sola edi cacion, interrelacionadas por circulaciones, MORDAZA verticales u horizontales y espacios de uso y propiedad comun, ejecutadas sobre un lote MORDAZA de propiedad comun. Articulo 3º - Numeral 3.2. Usos Permitidos.Para establecer los usos permitidos en cada MORDAZA, se aplicaran: El Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas, el Reglamento para la Ubicacion de Actividades Urbanas y el Cuadro de Niveles Operacionales y las normas del presente texto reglamentario. La compatibilidad con la zoni cacion en el caso de los Usos Especiales "OU" la determinara la Municipalidad a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA o quien haga sus veces, teniendo en cuenta el uso propuesto, el entorno MORDAZA en el que se encuentra y una consulta vecinal que efectuara la administracion con el procedimiento que se establece en la Primera Disposicion Final. Se considerara la aceptacion mayoritaria de los vecinos cuando en la consulta vecinal el 50% o mas de los propietarios de los predios comprendidos en el ambito de la consulta no mani estan su oposicion en forme expresa. Articulo 6º - Numeral 6.1.3 En la Seccion de Tratamiento Diferenciado IIIC, los lotes ubicados en esquina con frente a avenida colectora o de mayor jerarquia o a vias locales de 22 metros o mayor seccion, podran optar por el uso comercial CV. Solo se consideran para este efecto las esquinas conformadas por las vias indicadas con avenidas o vias locales, de uso vehicular. Numeral 6.1.5 Los lotes con zoni cacion RDA o RDM con frente al Jr. El MORDAZA, Av. La MORDAZA, Av. MORDAZA, Av. Caminos del MORDAZA y Av. Mariscal MORDAZA, cuya compatibilidad con el uso Comercial "CZ", ha sido establecido en la Ordenanza Nº 912-MML. Estos corredores urbanos mantienen las condiciones urbanisticas (seccion de vias, alturas, retiros) que rigen al uso residencial, no siendo exigible la obligatoriedad del uso Residencial. Articulo 8º - Numeral 8.1.6 En las Zonas Comerciales CV, CZ y CM, que guran como tales en el Plano de Zoni cacion vigente no se exige retiro frontal cuando estas corresponden a zonas habilitadas originalmente para dicho uso, en consecuencia cuenten con MORDAZA de estacionamiento y vereda con la seccion

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Precisan disposiciones y modifican articulos del D.A. N° 07-2006-MSS que aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al distrito de MORDAZA de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 12-2006-MSS MORDAZA de MORDAZA, 15 de diciembre de 2006 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 912, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo el Reajuste Integral de la Zoni cacion de los Usos del Suelo de un Sector del distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana, disponiendo que la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA en estricta sujecion a las normas aprobadas por la mencionada Ordenanza formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, los Parametros Urbanisticos y Edi catorios de Estacionamientos, Retiros, Tamano Minimo de Departamentos y Otros para su aplicacion en la jurisdiccion distrital; Que, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia Nº 07-2006-MSS publicado en el Diario O cial El Peruano el 20.07.2006, aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edi catorios, correspondiente al sector del distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; Que, la Primera Disposicion Final del Decreto de Alcaldia Nº 07-2006-MSS, dispuso encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la mencionada norma;

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