Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2006 (18/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 7°.- Incluir en el Decreto de Alcaldia N° 072006-MSS la siguiente Disposicion Final DISPOSICION FINAL Procedimiento para efectuar las consultas vecinales cuya obligacion de ejecucion o de MORDAZA se establece en este Decreto de Alcaldia Las consultas vecinales seran efectuadas por la administracion a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA en los casos que asi se establece y por los interesados para el caso de los Centros de Educacion Inicial. Ambito de la consulta.- El ambito materia de la consulta estara constituido por los predios ubicados sobre ambos frentes de la cuadra completa donde se ubica el predio que motiva la consulta vecinal, hasta las esquinas conformadas con otra via vehicular, si la esquina quedara a menos de 50 metros de distancia se continuara en la siguiente cuadra y perpendiculares, completas, hasta las esquinas con via vehicular siguientes, tambien se extendera la consulta vecinal a los predios ubicados en la parte posterior del predio que motiva la consulta, sobre los predios que colindan por el fondo y diagonales al mismo. Cali cacion de la consulta vecinal.- El procedimiento para el computo y cali cacion de la consulta vecinal se establece segun cada caso en forma expresa en el presente Decreto de Alcaldia. Procedimiento de la consulta vecinal.- Se tendra en cuenta la opinion de los propietarios y/o residentes segun lo expresamente establecido en el presente Decreto de Alcaldia, de los predios comprendidos en el ambito que se senala en la presente Disposicion Final, los que podran expresarla en forma directa en el momento de la consulta, consignando, su nombre, apellidos completos, documento de identidad, su opinion y comentarios, rmando en el formulario Ad Hoc. En el caso que la opinion que se requiere sea expresamente del propietario y este no resida en el predio, es obligacion del residente del mismo transferir el documento de consulta al propietario del predio, quien puede emitir su opinion via correo electronico o mediante documento expreso presentado en la Mesa de Partes de los Centros de Atencion Surcana "CAS" de la Municipalidad, el plazo MORDAZA para la recepcion de estas opiniones es de 8 dias habiles posteriores a la entrega del documento de consulta en el predio al propietario o residente del mismo. La opinion via correo electronico debera adjuntar MORDAZA escaneada del Documento de identidad, DNI, para la veri cacion de la identidad respectiva. De no encontrarse el propietario o residente del predio hasta en una MORDAZA visita a efectuarse en distintas horas y dias, para que se considere encuestado el predio, se entregara el documento de la consulta a cualquier persona adulta residente en el predio, quien suscribira el cargo de recepcion de la consulta vecinal anotando su nombre y apellidos completos, documento de identidad, el vinculo con el propietario o residente del predio y el telefono jo ubicado en el predio, para la veri cacion respectiva por la administracion. Cuando la consulta vecinal esta a cargo del interesado este debera recabar en cualquiera de los "CAS" Centros de Atencion Surcana, el formato Ad Hoc del documento de la consulta a dejar en el predio para el caso de no encontrar al propietario o residente, segun el caso, y el Plano del ambito materia de consulta y efectuara la consulta vecinal siguiendo el mismo procedimiento que se ha detallado en el item anterior. La administracion, a traves de la Subgerencia que corresponda, confrontara la conformidad de la consulta vecinal veri cando las rmas de los propietarios o residentes de los predios, en el registro de la RENIEC y su condicion de propietarios en el Registro Catastral o Registro Predial de la Municipalidad, de no estar registrado como propietario en el Registro Catastral o Registro Predial de la Municipalidad, debera hacerlo, dentro del plazo senalado, para que su opinion sea tenida en cuenta. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 6893-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Establecen monto MORDAZA anual a cobrar por parte de concesionarios de obras de infraestructura vial por la colocacion de anuncios publicitarios, en obras construidas en el MORDAZA de la concesion
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000040 Callao, 17 de octubre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 17 de octubre de 2006, aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 70º de la Constitucion Politica del Peru establece que el derecho de propiedad se ejerce en MORDAZA con el bien comun y dentro de los limites de la Ley; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen por nalidad representar al vecindario, promoviendo la adecuada prestacion de los servicios publicos; Que, el articulo 38º de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su MORDAZA parrafo establece que las normas y disposiciones municipales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simpli cacion administrativa, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del Derecho Administrativo; Que, el articulo 73º de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su inciso d) establece que dentro del MORDAZA de la competencia y funciones especi cas establecidas en la presente ley, el rol de las municipalidades provinciales comprende emitir las normas tecnicas generales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso de suelo asi como la proteccion y conservacion del ambiente; Que, el articulo 79º de la Ley Nº 27972, referido a la organizacion del espacio fisico y uso del suelo, en su numeral 2.1, establece que es una funcion Municipal Provincial compartida ejecutar directamente o concesionar la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA o rural de caracter multidistrital que MORDAZA indispensables para la produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion de la provincia, tales como corredores viales, vias troncales, puentes, parques industriales, embarcaderos, terminales terrestres y otras similares, en coordinacion con las municipalidades distritales o provinciales contiguas, segun sea el caso; de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Regional; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 18 del 2 de junio de 2006 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao que, en su item 61, denominado Autorizacion para la Colocacion de Anuncio Publicitario se establece que el derecho de pago con relacion a la UIT es de 3.7% por cada aviso; Que, los montos a cobrar por los servicios publicos deben sujetarse a criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado

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