Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2006 (23/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

335308

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de diciembre de 2006

Visto: el Expediente N° 06-096274-001, de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el MORDAZA Lineamiento General de Politica Sectorial 2002-2012, la politica de salud promueve el desarrollo de los recursos humanos y la profesionalizacion de la gestion de los mismos con respeto a la persona humana y la dignidad de los trabajadores, y con una MORDAZA conciencia de que ellos son los principales agentes del cambio. La promocion de los recursos humanos profesionales y tecnicos se fundamenta en la aplicacion de un sistema de meritos, el respeto a la linea de MORDAZA, remuneraciones idoneas y fomento de la solidaridad en el desempeno y en la organizacion para brindar un servicio de calidad y respeto al usuario; Que, cada uno de los Lineamientos de Politica Nacional para el Desarrollo de los Recursos Humanos en Salud, intenta dar una respuesta especifica a la situacion problematica de los recursos humanos en el MORDAZA, y en el caso del MORDAZA lineamiento, se propone impulsar un MORDAZA MORDAZA normativo laboral integral que considere el ingreso en base a perfiles ocupacionales por competencias y que aplique la promocion en la MORDAZA publica, los beneficios e incentivos laborales teniendo en cuenta el merito y criterios de justicia y equidad; Que, el resultado de la medicion de las Funciones Esenciales en Salud Publica (FESP) a las Autoridades Sanitarias Regionales y del nivel Nacional realizado en el periodo 2005-2006 revelo que la FESP Nº 8 relacionada al desarrollo de recursos humanos y capacitacion en salud publica alcanza un desempeno medio inferior, estableciendo la necesidad de realizar intervenciones que mejoren las competencias de los equipos tecnicos y fortalecer la gestion descentralizada de los recursos humanos; Que, de conformidad con el articulo 45º, literal g), del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005SA y sus modificatorias, es funcion de la Direccion de Gestion Sanitaria de la Direccion General de Salud de las Personas definir los perfiles de competencias en el Modelo de Atencion, segun el nivel de complejidad y grupo ocupacional, de acuerdo a la metodologia y normatividad vigente, en coordinacion con el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH; Que, para dar cumplimiento a la identificacion y normalizacion de competencias laborales en salud, es necesario conformar un Comite Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud que sea el conductor del MORDAZA orientado a la formulacion y aprobacion asi como contribuir a la implementacion de las normas de competencia laboral en el MORDAZA y el Comite Tecnico Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud responsable de la conduccion tecnica del MORDAZA asi como de gestionar, coordinar, articular actores y recursos para este fin; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas, con conocimiento del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH; con el visado del Viceministro de Salud, del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el literal d) y e) del articulo 3º y en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar el Comite Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud y el Comite Tecnico Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud adscrito al primero, a cargo de la Direccion General de Salud de las Personas. Articulo 2º.- La conformacion del Comite Nacional de Normalizacion y el Comite Tecnico Nacional, sera la siguiente: Comite Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud - El Director General de Salud de las Personas o su representante, quien lo presidira. - El Director General de Politicas, Regulacion y Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos en Salud del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH o su representante; que asumira las funciones de secretaria tecnica.

- El Director General de Formacion y Perfeccionamiento del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH o su representante. - El Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud o su representante. - El Director General de Promocion de la Salud o su representante. - El Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante. - El Director General de Salud Ambiental o su representante. - El Responsable de la Oficina de Descentralizacion o su representante. Comite Tecnico Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud - Un representante de la Direccion General de Salud de las Personas, quien lo presidira. - Un representante de la Direccion General de Politicas, Regulacion y Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos en Salud del IDREH; que asumira las funciones de secretaria tecnica. - Un representante de la Direccion General de Formacion y Perfeccionamiento del IDREH. - Un representante de la Direccion General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. - Un representante de la Direccion General de Promocion de la Salud. - Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. - Un representante de la Direccion General de Salud Ambiental. - Un representante de la Oficina General de Administracion. Articulo 3º.- Los mencionados Comite Nacional de Normalizacion y el Comite Tecnico Nacional, tendran las siguientes funciones: Comite Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud a. Impulsar el desarrollo de Normas de Competencia Laboral en Salud de acuerdo al Modelo de Atencion Integral de Salud - MAIS y a las diferentes categorias de establecimientos de salud del pais. b. Definir los procesos y la aplicacion de la metodologia del Analisis Funcional a seguir para la identificacion y normalizacion de competencias laborales en salud en el MORDAZA del MAIS. c. Revisar, analizar y elevar para su aprobacion al Consejo Nacional de Salud, las propuestas de documentos tecnicos desarrolladas por el Comite Tecnico Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud. d. Promover el uso de las Normas de Competencia Laboral en Salud en los distintos establecimientos del sector salud con respeto a su autonomia y de conformidad a lo dispuesto en la normatividad vigente. e. Promover la articulacion de los distintos actores nacionales y regionales, asi como de la cooperacion internacional en los esfuerzos para el desarrollo de las competencias laborales en salud en el pais. Comite Tecnico Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud a. Conducir la elaboracion de los documentos tecnicos relacionados a las competencias laborales. b. Promover espacios de discusion y analisis con participacion de actores nacionales y regionales. c. Sistematizar el MORDAZA conducente a la formulacion de las Normas de Competencias Laborales en Salud. d. Elevar al Comite Nacional de Normalizacion de Competencias Laborales en Salud, las propuestas de documentos tecnicos para su revision, analisis y tramite ante el Consejo Nacional de Salud. e. Difundir los alcances y resultados del MORDAZA de formulacion de competencias laborales en salud. f. Brindar asistencia tecnica a las instancias regionales en la elaboracion y adecuacion de las Normas de Competencias Laborales en Salud. Articulo 4º.- Los citados Comites se instalaran en un plazo de cinco (5) dias de publicada la presente Resolucion,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.