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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336318 VIVIENDA Aprueban transferencias financieras a favor del Gobierno Regional de La Libertad y la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco para proyectos de saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 526-2006-VIVIENDA Lima, 29 de diciembre del 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75° de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Ley Nº 28652, sólo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, la Disposición Final Única de la Ley N° 28919, Ley que autoriza Transferencia de Partidas del Consejo Nacional de Tasaciones - Conata al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y dicta Otra Medida, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar proyectos de inversión de saneamiento a nivel nacional, con cargo a los saldos presupuestarios que pudieran generarse hasta un diez por ciento (10%) de los recursos aprobados por la Ley N° 28880; Que, el Gobierno Regional de La Libertad declaró la viabilidad del Proyecto “Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la ciudad de Otuzco” con Código SNIP Nº 18122 y cuyo costo total asciende a la suma de S/. 1 999 513,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TRECE y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Informe Técnico N° 009-2006-MVCS/ VMCS-DNS-JSC, la Dirección Nacional de Saneamiento ha emitido opinión favorable a la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor del GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, para la ejecución del proyecto a que se re fi ere el considerando que antecede por la suma total de S/. 857 493,00; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cada por la Ley N° 28652; la Directiva N° 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Ley N° 28919, Ley que autoriza Transferencia de Partidas del Consejo Nacional de Tasaciones - Conata al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y dicta Otra Medida; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 857 493,00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor del GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD para la ejecución del Proyecto “Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la ciudad de Otuzco”.Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1. 038920 Transferencia para Proyectos de Inversión Ley N° 28880, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3°. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Especí fi co de Financiamiento del Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Viceministro de Construcción y Saneamiento y el GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. Artículo 4º.- Autorizar al Viceministro de Construcción y Saneamiento, Sr. Juan Sarmiento Soto a suscribir el Convenio a que se re fi ere el artículo precedente. Artículo 5°.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 3º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Cartera del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento 11370-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 527-2006-VIVIVENDA Lima, 29 de diciembre del 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75° de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Ley Nº 28652, sólo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, la Disposición Final Única de la Ley N° 28919, Ley que autoriza Transferencia de Partidas del Consejo Nacional de Tasaciones-Conata al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y dicta Otra Medida, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar proyectos de inversión de saneamiento a nivel nacional, con cargo a los saldos presupuestarios que pudieran generarse hasta un diez por ciento (10%) de los recursos aprobados por la Ley N° 28880; Que, la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco declaró la viabilidad del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Santiago de Chuco” con Código SNIP Nº 20077 y cuyo costo total asciende a la suma de S/. 10 956 790.00 (DIEZ MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Informe Técnico N° 010-2006-MVCS/ VMCS-DNS-JSC, la Dirección Nacional de Saneamiento