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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (30/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336325 23. Documento de identi fi cación de la madre del menor (tipo y número) 24. Impresión digital del índice derecho, o dedo sustituto del menor 25. Domicilio del menor – distrito, provincia, departamento y dirección 26. Observaciones 27. Código de barras bidimensional PDF417 conteniendo la información biométrica de la impresión dactilar del índice derecho del titular o substituto. 28. Código de barras lineal Code39 con el Código Único de Identi fi cación del titular 29. Números de control de la emisión del documento 30. Firma del funcionario autorizado por el Registro Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones, Procesos Registrales e Informática y Estadística, la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 11498-1 Disponen incorporación de Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres al RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 1380-2006-JEF/RENIEC Lima, 29 de diciembre de 2006 VISTOS: El O fi cio N° 0143-2006/CTRC/RENIEC, emitido por la Comisión de Transferencia de los Registros del Estado Civil y el O fi cio N° 3747-2006-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 023-96-JEF, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 11 de abril de 1996, se delegó a las O fi cinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado, Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizadas a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Artículo 44° de la Ley N° 26497, autorizando a las referidas dependencias a disponer de los derechos que recauden por los servicios que prestan las O fi cinas del Registro del Estado Civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26497 establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las O fi cinas del Registro del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones en el RENIEC; Que, en tal virtud, mediante Resolución Jefatural N° 690-2006-JEF/RENIEC, se revocó a partir del 17 de julio de 2006, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del Artículo 44° de la Ley N° 26497, que fueron conferidas, entre otras, a la Ofi cina del Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, siendo técnicamente factible, según los o fi cios del visto, la revocatoria de las demás facultades conferidas a tal dependencia; Que, a fi n de consolidar el proceso de incorporación de las O fi cinas del Registro del Estado Civil al RENIEC y con el objeto de optimizar los servicios registrales que el RENIEC viene brindando, resulta necesario acoger la propuesta de la Comisión de Transferencia de los Registros del Estado Civil, dictando las medidas correspondientes; yConforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y el Reglamento de las Inscripciones en el RENIEC aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Revocar las facultades registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del Art. 44° de la Ley N° 26497, conferidas a la O fi cina del Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, la que se hará efectiva a partir del día 5 de enero del año 2007. Artículo Segundo.- Disponer la incorporación de la Ofi cina del Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, proceso que comprende el acervo documentario de tal dependencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, designada por Resolución Jefatural N° 924-2005-JEF/RENIEC modi fi cada por Resolución Jefatural N° 369-2006-JEF/RENIEC, a realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para el traslado del acervo documentario al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26497 y el artículo precedente. Artículo Cuarto.- Disponer que las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Imagen Institucional proporcionen a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles el apoyo que requiera en el marco del proceso de incorporación de la O fi cina del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres al RENIEC, conforme el Artículo Primero de la presente Resolución, para el cumplimiento de lo previsto por la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26497. Regístrese, publíquese y cúmplase.- EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 11498-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a MIBANCO - Banco de la Microempresa la apertura y traslado de agencias en los departamentos de Tacna, Cusco y Lima RESOLUCIÓN SBS N° 1681-2006 Lima, 20 de diciembre de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: Las solicitudes presentadas por MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., para que se le autorice la apertura de dos (2) Agencias, la primera ubicada en el distrito, provincia y departamento de Tacna; y la segunda ubicada en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las agencias solicitadas;