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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (30/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336323 Carrillo Vargas y Walter Chumpitaz Huambachano de las funciones de Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ministerio de Salud, Ministerio de Economía y Finanzas y Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial -CONIDA. Artículo Cuarto .- Dar por concluida, a partir del 1 de enero de 2007, la designación de Carmen Luz Díaz Padilla como Jefe del Órgano de Control Institucional del Banco de la Nación. Artículo Quinto .- Designar, a partir del 1 de enero de 2007, en las Jefaturas de Órganos de Control Institucional a los profesionales y entidades que se detallan a continuación: NOMBRE DE LA ENTIDAD NOMBRES Y APELLIDOS Municipalidad Distrital de La Molina Aída Arbañil Huamán Ministerio de Defensa Fernando Velásquez Velásquez Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Benjamín Ayala VillarrealArchivo General de la Nación Sonia Felícita Nakao Honma Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Tren Eléctrico Napoleón Burneo Seminario Seguro Integral de Salud Flor de María Violeta Mendoza Beoutis Instituto Nacional de Salud Patricia Ivonne Camac Vicuña Hospital de Apoyo María Auxiliadora Yolanda Lilia Varillas Castillo Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODESJesús Nicolás León Lamas Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de PensionesDina Luz Aylas Untiveros Fondo MI VIVIENDA Carlos Bretoneche Montoya Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos Alberto Vega SánchezComisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial – CONIDAEduardo Fernando Bautista Izquierdo Banco de la Nación Franklin Aranaga MenesesMinisterio de Energía y Minas Víctor Enrique Mejía Zuloeta Artículo Sexto.- Los profesionales a que se re fi eren los artículos precedentes, mantendrán su plaza de origen, teniendo derecho a percibir el diferencial remunerativo que pudiera corresponder, respecto al nivel y categoría del cargo, de acuerdo a lo previsto en las Resoluciones de Contraloría Nºs. 433-2003-CG y 097-2004-CG, durante el ejercicio efectivo de dichos cargos. Artículo Sétimo.- La Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República dispondrán y adoptarán las acciones que correspondan en el marco de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 10825-1 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito de peculado en agravio de la Universidad Nacional de Trujillo RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 421-2006-CG Lima, 28 de diciembre de 2006 VISTO, el Informe Especial N° 214 -2006-CG/EA, resultante del Examen Especial practicado a la Universidad Nacional de Trujillo -UNT, período 2000 - 2002, y; CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, en uso de sus facultades, dispuso la ejecución de un Examen Especial a la Universidad Nacional de Trujillo - UNT, por el período 2000 - 2002, en mérito a las denuncias presentadas por la comunidad universitaria;Que, en el contexto de lo actuado en el referido Examen Especial, la Comisión de Auditoría ha determinado la existencia de irregularidades en el otorgamiento de subvenciones a favor de personal docente, administrativo y miembros de los sindicatos de la UNT invitados a participar en las actividades del Órgano de Gobierno relacionadas a los Exámenes de Admisión realizados por la UNT durante los años 2000, 2001 y 2002, sin evidenciarse la realización de labores reales y efectivas, como contraprestación necesaria para dichos pagos, disposiciones dinerarias que fueron dispuestas sin conocimiento y aprobación del Consejo Universitario y contravención de la normativa de austeridad del periodo indicado, originaron un perjuicio económico para la universidad de a S/. 49 736,72, hechos que constituyen indicios razonables de la presunta comisión del delito Peculado, previsto y penado en el artículo 387° del Código Penal; Que, de otro lado, la Comisión ha determinado que la autoridad universitaria destinó recursos económicos a favor suyo, otorgándose subvenciones en contra de lo establecido por las normas de austeridad con dinero proveniente de donación extranjera, además de disponer del patrimonio económico de la Universidad para cubrir gastos de un evento social realizado por terceros. Los hechos expuestos han generado un perjuicio económico a la Casa Superior de Estudios ascendente a S/. 63 840,00 y evidencian la existencia de indicios razonables de la presunta comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387° del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República- Ley N° 27785, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes, en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y De conformidad con el artículo 22° inciso d) de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y los Decretos Leyes N°s. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 11248-1 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 422-2006-CG Lima, 28 de diciembre de 2006 VISTO, el Informe Especial Nº 215-2006-CG/EA, resultante del Examen Especial practicado a la Universidad Nacional de Trujillo -UNT, período 2000 - 2002, y; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, en uso de sus facultades, dispuso la ejecución de un Examen Especial a la Universidad Nacional de Trujillo - UNT, por el período 2000 - 2002, en mérito a las denuncias presentadas por la comunidad universitaria; Que, en el contexto de lo actuado en el referido Examen Especial, la Comisión de Auditoría ha determinado la existencia de irregularidades en la aprobación y autorización