Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2006 (05/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de enero de 2006

Direccion de Ingenieria de PARSSA opina que es procedente la transferencia financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica (EMAPA HUANCAVELICA S.A.C.), para completar los aportes comprometidos por el ex Proyecto Especial Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP hoy Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, segun lo establecido en la Clausula Tercera del acotado Convenio de Gestion; Que, con Memorandum Nº 1659-2005/VIVIENDA/ OGPP del 29 de diciembre de 2005, la Direccion General de la Oficina de Planificacion y Presupuesto de Pliego manifiesta que tomando en cuenta la informacion registrada por la Unidad Ejecutora 004 en el Modulo de MORDAZA Presupuestario - SIAF, ha verificado que se cuenta con recursos presupuestarios hasta por un monto de S/. 500 000,00, en la Actividad 1.00060 Asistencia a Instituciones Privadas y Publicas, Componente 3.00179, Meta 00001 Proyecto de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica, Especifica de Gasto 40 Subvenciones Sociales, en la fuente de Recursos Ordinarios, que permitira financiar lo solicitado en el presente ano fiscal, conforme al reporte que adjunta; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, de conformidad con el literal I) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, de acuerdo al numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28500, se establece, entre otros, que son consideradas tambien Transferencias Financieras las que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para proyectos de inversion de agua potable y alcantarillado, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales, aprobando las referidas Transferencias Financieras mediante resolucion del Titular del Pliego que sera obligatoriamente publicada en el Diario Oficial El Peruano, con cargo a

rendir cuenta al Congreso de la Republica; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28500, y, la Directiva Nº 003-2005-EF/76.01Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2005 aprobada con Resolucion Directoral Nº 005-2005-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por un monto total de S/. 500 000,00 (Quinientos Mil con 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica - EMAPA HUANCAVELICA S.A.C., para co-financiar el Proyecto de "Rehabilitacion y Ampliacion de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica". Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto institucional modificado para el ano fiscal 2005 de la Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Actividad 1 00060 "Asistencia a las Instituciones Privadas y Publicas", en la fuente Recursos Ordinarios, y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Autoricese al Viceministro de Construccion y Saneamiento a suscribir en representacion del Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento la respectiva Addenda al Convenio de Gestion de fecha 4 de marzo de 2002. Articulo 4º.- Encarguese a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento efectuar las acciones administrativas y presupuestales para concretar la transferencia financiera referida en el articulo 1º de la presente Resolucion, en el MORDAZA de lo dispuesto por el numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28500. Articulo 5º.- Encarguese a la Unidad Ejecutora 004: PARSSA el dar cuenta de la informacion sobre las transferencias financieras al Congreso de la Republica, de acuerdo a lo establecido por el numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 00071

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

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