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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G33/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de enero de 2006 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberántener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de latarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERUDirección de Ingeniería de PARSSA opina que es procedente la transferencia financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica (EMAPA HUANCAVELICA S.A.C.), para completar los aportes comprometidos por el ex Proyecto Especial Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP hoy Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, según lo establecido en la Cláusula Tercera del acotado Convenio de Gestión; Que, con Memorándum Nº 1659-2005/VIVIENDA/ OGPP del 29 de diciembre de 2005, la Dirección General de la Oficina de Planificación y Presupuesto de Pliego manifiesta que tomando en cuenta la información registrada por la Unidad Ejecutora 004 en el Módulo de Proceso Presupuestario - SIAF, ha verificado que se cuenta con recursos presupuestarios hasta por un monto de S/. 500 000,00, en la Actividad 1.00060 Asistencia a Instituciones Privadas y Públicas, Componente 3.00179, Meta 00001 Proyecto de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica, Específica de Gasto 40 Subvenciones Sociales, en la fuente de Recursos Ordinarios, que permitirá financiar lo solicitado en el presente año fiscal, conforme al reporte que adjunta; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, de conformidad con el literal I) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, de acuerdo al numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28500, se establece, entre otros, que son consideradas también Transferencias Financieras las que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para proyectos de inversión de agua potable y alcantarillado, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales, aprobando las referidas Transferencias Financieras mediante resolución del Titular del Pliego que será obligatoriamente publicada en el Diario Oficial El Peruano, con cargo arendir cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28500, y, la Directiva Nº 003-2005-EF/76.01- Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2005 aprobada con Resolución Directoral Nº 005-2005-EF/76.01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por un monto total de S/. 500 000,00 (Quinientos Mil con 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica - EMAPA HUANCAVELICA S.A.C., para co-financiar el Proyecto de “Rehabilitación y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica”. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto institucional modificado para el año fiscal 2005 de la Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1 00060 “Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas”, en la fuente Recursos Ordinarios, y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Autorícese al Viceministro de Construcción y Saneamiento a suscribir en representación del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento la respectiva Addenda al Convenio de Gestión de fecha 4 de marzo de 2002. Artículo 4º.- Encárguese a la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento efectuar las acciones administrativas y presupuestales para concretar la transferencia financiera referida en el artículo 1º de la presente Resolución, en el marco de lo dispuesto por el numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28500. Artículo 5º.- Encárguese a la Unidad Ejecutora 004: PARSSA el dar cuenta de la información sobre las transferencias financieras al Congreso de la República, de acuerdo a lo establecido por el numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 00071