Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2006 (07/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 309551 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de enero de 2006 Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por el D.S. Nº 035-2003-PRODUCE; y, Estando a la información recibida de la Dirección Regional de Huánuco, mediante los Oficios Nºs. 511-2004-GOB.REG.HCO/PRODUCE/DRP/DAPP del 26 de noviembre del 2004 y 113-2005-GR-HUÁNUCO/DRPRODUCE del 8 de marzo del 2005 y con la opinión de la Oficina General deAsesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas por el literal m) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por don LEONARDO LÓPEZAMANCIO contra la Resolución Directoral Nº 018-2004- G.R.HUÁNUCO/PRODUCE/DRPP, expedida por la Dirección Regional de la Producción de Huánuco, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa y dejando a salvo el derecho del administrado para iniciarotros procedimientos que le permitan acceder a los derechos que pudiera requerir adicionalmente. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Viceministerial, a la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Huánuco y consígnese en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción:www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO MIRANDA EYZAGUIRRE Viceministro de Pesquería 00192 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario a Chile para realizar consultas jurídicasrelativas a las funciones de la ComisiónEspecial de Procesos JurisdiccionalesInternacionales y trasladar expedientesde extradición del ex Presidente Alberto Fujimori Fujimori RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1441-2005-RE Lima, 29 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, es necesario realizar consultas jurídicas en el marco de las labores de la Comisión Especial para Procesos Jurisdiccionales Internacionales, las cuales se llevarán a caboen la ciudad de Santiago de Chile, el 2 de enero del 2006; Que, en virtud de lo establecido en el artículo VII del Tratado de Extradición de 1932, celebrado entre Perú yChile, los expedientes de extradición deberán ser presentadas al gobierno de Chile (Ministerio de Relaciones Exteriores) dentro de los dos meses siguientes a ladetención del señor Alberto Fujimori Fujimori; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; los artículos185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003- RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; el inciso m) del artículo 5º del Decreto LeyNº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; y el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exteriorde servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor Javier Ciurlizza Contreras, a la ciudad de Santiago de Chile, el2 de enero del 2006, para realizar consultas jurídicas relativas a las funciones de la Comisión Especial de Procesos Jurisdiccionales Internacionales y trasladar los expedientes de extradición del ex Presidente AlbertoFujimori Fujimori. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertoscon cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15)días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Número Viáticos Tarifa US$ de días US$ Aeropuerto US$ Javier Ciurlizza Contreras ---- 1+1 400 ---- Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, el mencionado funcionario deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las accionesrealizadas durante el viaje autorizado. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00193 Autorizan viajes a Lima y Chile en comisión de servicios al Consejero de Prensa de la Embajada del Perœ enEE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0001-2006-RE Lima, 5 de enero de 2006 CONSIDERANDO:Que por necesidad del servicio y por disposición de la Alta Dirección, con la finalidad impartir instrucciones,coordinar y preparar las acciones a fin de implementar una estrategia de diplomacia pública en la Embajada del Perú en Santiago de Chile, se ha considerado por convenienteautorizar el viaje del Consejero de Prensa de la Embajada del Perú en Estados Unidos de América a Cancillería, está iniciativa permitirá incrementar el flujo de información entreambos países con el propósito de promover la imagen de nuestro país en el exterior, y contribuir a las relaciones bilaterales entre Perú y Chile; Teniendo en consideración la Hoja de Trámite (GAB) Nº 3011, del Gabinete del Ministro, de 28 de diciembre de 2005; De conformidad, con el artículo 83º Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m)del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula laautorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006;y el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005, de 28 de octubre de 2005; SE RESUELVE: Artículo Primero.- En vía de regularización, autorizar el viaje a Lima en comisión de servicios al Consejero dePrensa de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, Rodolfo Pereira Terrones, quien participó en Cancillería de las acciones descritas en la parteconsiderativa de la presente Resolución, el 2 de enero de 2006. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogó la aplicación de la presente Resolución serán cubiertos por el programa de gastos de la Embajada del Perú en los Estados Unidos