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PÆg. 309548 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de enero de 2006 imputados, por cuanto no presentó su respectivo descargo escrito ni pruebas convenientes en su defensa dentro del plazo establecido por ley; Que, en relación a la presunta inconducta funcional incurrida por el citado ex funcionario, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior; a la luz del análisis de la documentación que constaen autos, concluye por unanimidad que existen elementos de juicio suficientes y sustanciales que hacen presumir la comisión de los delitos de usurpación de funciones y contrala fe pública en la modalidad de falsificación de documentos, ilícitos penales tipificados en los artículos 361º y 427º del Código Penal, los mismos que serán canalizados en la víacorrespondiente; así como la responsabilidad administrativa, tipificada en el Inc. h) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de Remuneraciones del Sector Públicoy de la Carrera Administrativa y en el artículo 127º del D.S. Nº 005-90-PCM su Reglamento; Que, de conformidad a las disposiciones contenidas en el artículo 175º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, el procesado pese a tener la condición de ex funcionario del MININTER. por haber sidocesado, está comprendido dentro de los alcances del Capitulo XIII- Del Proceso Administrativos Disciplinario, del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Que la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) teniendo en cuenta los actuados, ha cumplidocon todas las etapas y procedimientos establecidos en la Ley de la materia, pese a que el ex funcionario procesado no ejerció su derecho a legítima defensa, lo cual nodesvirtúa el proceso administrativo disciplinario sub materia; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, después de evaluar los actuados recomendópor unanimidad se sancione administrativamente con DESTITUCIÓN al indicado funcionario, precisando la imposibilidad de la aplicación de la sanción administrativa,por cuanto el sancionado no se encuentra laborando en el Ministerio del Interior; Contando con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de conformidad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislativo Nº 276 y en los artículos150º, 151º , 152º, 154º, 159º y 170º de su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 005-90-PCM, y el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado porDecreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar administrativamente con DESTITUCIÓN al ex Gobernador del distrito de HuancavelicaSr. Marco Antonio TUTAYA GARMA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Precisar, que con relación a la sanción administrativa a que se refiere el artículo precedente, no es posible su aplicación, dado que el sancionado no se encuentra laborando en el Ministerio del Interior. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Personal inserte copia de la presente Resolución en el Legajo Personal del ex funcionario sancionado por lo dispuesto en los artículosprecedentes. Artículo 4º.- Notificar la presente resolución al ex Funcionario sancionado, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 00353 JUSTICIA Acceden a pedido de extradición activa de procesado y disponen su presentación al Gobierno de la Repœblica Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2006-JUS Lima, 6 de enero de 2006Visto el Informe Nº 055-2005-CEA, del 13 de junio de 2005, de la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición del procesado JORGE FRANCISCO BACACAMPODONICO, formulado por la Vocalía de Instrucción de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República (Exp. Nº 27-2003); CONSIDERANDO: Que, por Ejecutoria Suprema del 17 de febrero de 2005, integrada por Resolución del 16 de mayo de 2005, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, declaró procedente la solicitud de extradición del procesado JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO, por los delitos de asociación ilícito, colusión ilegal, peculado,malversación de fondos y falsedad ideológica, en agravio del Estado (Exp. Nº 05-2005); Que, mediante el Informe Nº 055-2005/CEA del 13 de junio de 2005, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889; En uso de la facultad conferida en el inciso 8), del artículo 118º, de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO, formulado por la Vocalía de Instrucción de la Sala PenalPermanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisiónde los delitos de asociación ilícita, colusión ilegal, peculado, malversación de fondos y falsedad ideológica, en agravio del Estado; y disponer su presentación por vía diplomática, alGobierno de la República Argentina, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00359 MIMDES Designan Presidente y Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pœblica de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 015-2006-MIMDES Lima, 6 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97- PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004- 2003-MIMDES, se aprobó la conformación de los Directoriosde las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación