TEXTO PAGINA: 35
PÆg. 309541 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de enero de 2006 - Servidor docente o administrativo sancionado con separación definitiva o destitución del servicio, conforme al Art. 4º de la Ley Nº 27911. - Persona que tiene relación de parentesco con el jefe inmediato y miembros del Comité de Evaluación hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. - Persona con antecedentes penales. 5.24. El servidor contratado será evaluado permanentemente, acumulando elementos de juicio paratenerlos en cuenta para la renovación, ampliación o resolución de contrato. Toda prórroga o renovación de contrato procede dentro del ejercicio presupuestal. La propuesta para el ejerciciosiguiente estará sustentada en la evaluación realizada por el Comité de Evaluación y los CONEIs. 5.25. Son requisitos generales para postular como contratado en plaza docente o administrativa: - Solicitud precisando la entidad y plaza a la que postula. - Copia simple del DNI, Carné de Identidad o de Extranjería. - Declaración Jurada Simple manifestando. - Tener buena conducta y gozar de buena salud. - No haber sido sancionado administrativamente.- No tener antecedentes penales. - No tener relación de parentesco con el jefe inmediato y los miembros del Comité de Evaluación hasta el cuartogrado de consanguinidad o segundo de afinidad. - Inscripción ONP / Afiliación AFP. 5.26. Son causales de resolución de contrato: - El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones asignadas. - El abandono de cargo. - La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo. - El fallecimiento del servidor. - La renuncia o retiro voluntario.- El vencimiento del plazo del contrato. - Desplazamiento de personal titular (nombrado) como consecuencia de procesos de racionalización, rotación,reasignación, reingreso o nombramiento. - El mutuo acuerdo entre las partes. - Disminución de las metas de atención.- La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, así como la Ley deGestión de Intereses en la Administración Publica. - Otras causas que se señalen en el acuerdo contractual. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA CONTRATO DE PERSONAL ADMINISTRATIVO 6.1 EN SEDES ADMINISTRATIVAS 6.1.1 Los requisitos específicos para la postulación son: - Copia autenticada del Título Profesional requerido para los postulantes a plazas profesionales. - Copia autenticada de los certificados de estudios realizados para los postulantes a plazas técnicas oauxiliares. 6.1.2 El Proceso de Contratación para cubrir las plazas en las Sedes Administrativas estará a cargo de un Comité de Evaluación integrado de la siguiente manera: - Director Regional de Educación / Unidad de Gestión Educativa Local o representante designado por él, quien lo presidirá. - El Jefe de la Oficina o Área de Gestión Administrativa o su representante, quien actuará como Secretario Técnico. - Un representante titular de la organización sindical mayoritaria de los servidores administrativos de la DRE / UGEL legalmente reconocida y un suplente, en ausencia del titular. 6.1.3 Los Miembros del Comité de Evaluación no deben tener relación de parentesco con el personal sujeto aevaluación. La representación del Gremio Sindical de Sedes Administrativas queda encargada de velar y cautelar el cumplimiento de esta disposición.6.1.4 La remuneración del servidor contratado debe guardar relación con los cargos y la escala de remuneraciones que para los diferentes Grupos Ocupacionales están fijados. Serán considerados en elnivel inicial del Grupo Ocupacional correspondiente: Profesionales (SP”E”), Técnicos (ST”E”) y Auxiliares (SA”E”), (Art. 40º del D.S. Nº 005-90-PCM) 6.1.5 Podrá ser contratado personal administrativo en reemplazo del personal permanente, impedido de prestar servicios por licencias y sanciones, siempre y cuando seade duración determinada mínima de treinta (30) días, y cumpla con el perfil establecido para el cargo. 6.1.6 El servidor contratado para desempeñar funciones profesionales de responsabilidad directiva y los servidores contratados que manejen fondos, están obligados a presentar Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentrode un plazo máximo de quince (15) días calendario de asumido el cargo respectivo. 6.1.7 No proceden contratos en reemplazo de personal administrativo que haya sido destacado o encargado de las funciones de un cargo, o que se encuentre con proceso administrativo disciplinario sin resolver. 6.1.8 Para el caso de las plazas vacantes de Especialistas de Educación en las Sedes Administrativas de las Direcciones Regionales de Educación y las Unidadesde Gestión Educativa Local, se cubrirán con personal docente nombrado (vía destaque y encargo) o con contrato de personal docente cesante, que cumplan con el perfilestablecido para dicho cargo, así como estar ubicados como mínimo en el III nivel magisterial (Art. 181º del D.S. Nº 019-90-ED), o contar con 15 años de servicios docentesoficiales al Estado. 6.2 EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS6.2.1 El Proceso de Contratación para cubrir las plazas administrativas en las instituciones educativas estará acargo del Comité de Evaluación integrado de la siguiente manera: - Director de la institución educativa, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente. - El Subdirector del nivel o el que haga sus veces, quien actuará como Secretario Técnico. En las instituciones educativas en los que no exista el cargo de Subdirector del nivel, integrará el Comité Especial de Evaluación el docenteque acredite el mayor número de años de servicios en la carrera pública del profesorado. - Un representante de los servidores administrativos perteneciente al CONEI. - Un representante de los padres de familia integrante del CONEI, con voz pero sin voto. 6.2.2 En las instituciones educativas donde no existan servidores administrativos titulares, la Comisión deEvaluación para el personal docente será la encargada de realizar dicho proceso. 6.2.3 En caso que el personal administrativo propuesto por el director de la institución educativa no cumpla con los perfiles establecidos en la presente directiva, la instancia de gestión educativa descentralizada del ámbito local oregional (UGEL / DRE), solicitará a la Dirección de la institución educativa la presentación de una nueva propuesta. En caso de persistir la observación o ante lainexistencia de personal propuesto por parte de la institución educativa, será la Comisión de Evaluación de dichas instancias, las encargadas de evaluar y proponer alpostulante a contratar, conforme el procedimiento establecido en la presente directiva. VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA CONTRATO DE PERSONAL DOCENTE 7.1 El proceso de evaluación para contrato de personal docente en las instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico Productiva se efectuará de conformidadcon los criterios establecidos en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-ED y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 033-2001-ED. 7.2 El Proceso de Contratación para cubrir las plazas docentes en las instituciones educativas estará a cargo del Comité de Evaluación integrado de la siguiente manera: - Director de la institución educativa, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente.