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PÆg. 309753 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de enero de 2006 Artículo 2º.- Definiciones Para la aplicación de la presente Ordenanza se considerará: a) Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), es el órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Distrital de Independencia. b) Organizaciones de la sociedad Civil , a las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales,juntas vecinales y cualquier otra forma de organización del Distrito de Independencia. c) Representante de la sociedad civil , es aquella persona natural que, en aplicación de las normas y mecanismos establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades y en la presente Ordenanza, es elegidacomo miembro del Concejo de Coordinación Local por los delegados de las organizaciones de la sociedad civil inscritas en el Registro de Organizaciones de la SociedadCivil del Distrito de Independencia y proclamado por el Comité Electoral. d) Delegado-Elector , es aquella persona natural expresamente autorizada por el máximo órgano de cada organización de la Sociedad Civil inscrita en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la MunicipalidadDistrital de Independencia, para participar en el proceso electoral en su representación y ejercer el derecho de voto en la elección de los representantes de la sociedadCivil. Una misma persona natural no puede tener la representación de dos o más organizaciones. e) Candidato , es aquel Delegado-Elector nominado para la elección de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. f) Padrón Electoral , es la lista con el contenido del Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito de Independencia, en el que consta ladenominación social, domicilio, el nombre e Identificación del Delegado-Elector que la representará para efectos del presente Reglamento. TÍTULO II DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL REPRESENTATIVAS DE NIVEL DISTRITAL CAPÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES Artículo 3º .- Apertura del Registro Apertúrese el registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito de Independencia, en el cualse inscribirán las organizaciones de la sociedad civil que participara, a través del Consejo de Coordinación Local, en la gestión del desarrollo local mediante los mecanismosque para tal fin establecen la Constitución del Estado, La Ley de Bases de descentralización, la Ley Orgánica de Municipalidades y la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Características del Registro El registro de la Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad no es constitutivo de personería jurídica. Su mantenimiento y actualización está a cargo de la División de Participación Vecinal de la Municipalidad. El Registro está compuesto de Fichas Regístrales para cada organización inscrita, debiéndose consignar en cada caso: el nombre o denominación social de laorganización; las siglas que la identifican, de ser el caso; los datos de inscripción de la organización en el Registro Publico respectivo (ficha o partida registral y fecha deconstitución, domicilio social); nombre e identificación del o los representantes legales y de la persona designada como delegado-elector. Artículo 5º.- Clasificación de las Organizaciones de la Sociedad Civil La clasificación por segmentos de las Organizaciones de la Sociedad Civil, se efectuará de acuerdo a la siguiente relación: a) Vecinal: - Asentamientos Humanos - Urbanizaciones Populares - Asociaciones de Vivienda- Cooperativas de Viviendas - Juntas o Comités Vecinales - Comités de Obra o de Gestión - Asociaciones de Fundadores- Comités Cívicos - Comités de Seguridad Ciudadana - Otras organizaciones afines. b) Apoyo Alimentario (OSB) - Vaso de Leche - Comedores Populares - Clubes de Madres- Wawa Wasi - Otras organizaciones afines c) Salud y Medio Ambiente - Asociaciones de Discapacitados – OMAPED - Asociaciones de la Tercera Edad o Adulto Mayor - Comités de Salud - Promotoras de Salud- CLAS ( Comunidad Local de Administración de Salud) - Comités de Parques - Asociaciones de Ecología y Medio Ambiente- Otras organizaciones afines d) Económico Laboral :- Organizaciones Industriales (Empresas Manufactureras y de Producción). - Organizaciones Comerciales (Grandes Tiendas Comerciales) - Organizaciones de las PYMES (Pequeña y Micro Empresas) - Organizaciones de Comerciantes en Mercados - Organizaciones de Trabajadores Ambulantes- Organizaciones de Artesanos - Organizaciones de Tiendas y Bodegas - Organizaciones de prestación de servicios de terceros - Sindicato Unitario de Trabajadores Municipales - Sindicato de Expendedores de Diarios y Productos afines. - Sindicato de Trabajadores de las Empresas Industriales y Comerciales - Asociación de Profesionales (Abogados, Odontólogos, etc.) - Asociaciones de Jubilados y Pensionistas e) Educación, Deportes, Culturales, Comunicaciones, y Otros: - Asociaciones de Padres de Familias (APAFAS) - Asociaciones de Directores de Centros Educativos.- Organizaciones Culturales. - Organizaciones Juveniles. - ONGs. Y Organizaciones Cooperantes.- Organizaciones Religiosas. - Organizaciones Artísticas. - Organizaciones Deportivas.- Sindicato Unitario de Trabajadores de la Educación Peruana SUTE .20 Independencia - Organizaciones Transportistas.- Otras Organizaciones afines. CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN Artículo 6º.- Requisitos de la solicitud de inscripción Para la inscripción en el Registro, las organizaciones de la sociedad civil deberán presentar una solicituddirigida al Alcalde, debiendo expresar y acompañar lo siguiente: a) El Nombre o denominación social de la organización que se pretende inscribir, el objeto social o fines de la organización, el domicilio, los nombres y apellidoscompletos del representante legal y la indicación de su documento de identidad, así como del delegado-elector. El representante legal debe firmar la solicitud. b) Copia simple de la escritura de Constitución inscrita en el Registro Público correspondiente o copia de la Resolución de Alcaldía expedida por la Municipalidad de