Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2006 (18/01/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 18 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 310451

Nº 001410-2005-GAJ/RENIEC, de fecha 2 de diciembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de Ampliacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Resolucion Jefatural Nº 201-2001JEF/RENIEC, de fecha 11 de junio del 2001, respecto a la Secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Tantara, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica. CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Tantara, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, se encuentra autorizada a reinscribir Nacimientos y Matrimonios, mediante Resolucion Jefatural Nº 201-2001-JEF/RENIEC, de fecha 11 de junio del 2001; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil senalada en el parrafo precedente, implemento expediente de ampliacion de autorizacion para Reinscripcion de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, habiendo cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion, confirmandose la necesidad de reinscribir Libros de Nacimiento y Matrimonio desde la fecha de creacion del distrito (12 de enero de 1921) al ano 1953 y Defuncion desde la creacion del distrito (12 de enero de 1921) hasta el mes de febrero de 1989; Que, la solicitud de ampliacion de reinscripcion de la Seccion de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; En tanto a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de ampliacion de autorizacion de Resolucion Jefatural Nº 201-2001-JEF/ RENIEC, de fecha 11 de junio del 2001, para la Reinscripcion de Libros de Nacimiento y Matrimonio desde la fecha de creacion del distrito (12 de enero de 1921) al ano 1953 y Defuncion desde la creacion del distrito (12 de enero de 1921) hasta el mes de febrero de 1989, de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Tantara, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, por los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Tantara, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, para que proceda a la ampliacion del MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial, con la consignacion expresa por selladura " Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 00769

Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio
RESOLUCION JEFATURAL Nº 042-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 12 de enero de 2006 VISTO: el Informe Nº 003912-2005/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 21 de noviembre del 2005 y el Informe Nº 001395-2005-GAJ/RENIEC de fecha 30 de noviembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de asientos efectuados en el Libro de Nacimiento Nº 1 de los anos 1928 hasta el mes de MORDAZA de 1933, Libro de Nacimiento Nº 3 de los anos 1938, 1939, 1940 y Libro de Matrimonio Nº 22 correspondiente al ano 1986. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 00770

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.