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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (01/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G37/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 1 de febrero de 2006 cargo de Director del Área de Administración de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, solicitando se leexonere parcialmente del plazo de preaviso que estipula el Decreto Supremo Nº 003-97-TR que aprobó el Texto Único Ordenado del D. Leg. Nº 728, Ley de Productividady Competitividad Laboral en su artículo 18º, y que su último día de labores sea el 31 de enero del 2006; Que, con Carta Nº UIF-003-2006/DE de fecha 30 de enero del 2006, la Dirección Ejecutiva aceptó la indicada renuncia. Como consecuencia de dicha aceptación es necesario dar por concluida la referida designación, porlo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27693,Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, modificada por Leyes Nºs. 28009 y 28306, y su Reglamento aprobado mediante Decreto SupremoNº 163-2002-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 061-2003-EF y demás normas pertinentes; RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, a partir del 1 de febrero del 2006, la designación del señor José Abraham Misad Paulet en el cargo de confianza de Director del Área de Administración de la Unidad de InteligenciaFinanciera del Perú, como consecuencia de la aceptación de su renuncia, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ANTONIO HAMANN PASTORINO Director Ejecutivo 01815 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20 /G64/G65/G6C/G20 /GC1/G72/G65/G61/G20 /G64/G65 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN Nº 007-2006-UIF-PERÚ Lima, 30 de enero del 2006 El Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 006-2006-UIF-Perú se dio por concluida, la designación del señor José AbrahamMisad Paulet en el cargo de confianza de Director del Área de Administración de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú efectuada mediante ResoluciónNº 024-2005-UIF-Perú; Que, en este sentido se encuentra vacante la plaza de Director del Área de Administración de la Unidad deInteligencia Financiera del Perú, la cual requiere ser cubierta por convenir al servicio; Que, habiéndose realizado el proceso de selección y evaluación de acuerdo a lo estipulado en la Directiva Nº 004-2004-UIF/DAF, Directiva de Selección y Reclutamiento de Personal de la Unidad de InteligenciaFinanciera del Perú y, siendo potestad del Director Ejecutivo la designación de los Directores de Área, resulta pertinente designar al señor Giancarlo Guido BalestraBálsamo en el cargo de confianza de Director del Área de Administración de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, Categoría Director II; De conformidad con la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, modificada por Leyes N°s. 28009 y 28306, y su Reglamentoaprobado mediante Decreto Supremo Nº 163-2002-EF,modificado por Decreto Supremo Nº 061-2003-EF; la Directiva de Selección y Reclutamiento de Personal dela Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, el Informe Nº UIF-002-2004/DAF del 18 de mayo de 2004, sobre Implementación de la Escala Salarial de la Unidad deInteligencia Financiera del Perú; el Decreto Supremo Nº 051-2004-EF, del 19 de abril de 2004, que aprueba la política remunerativa del Pliego Unidad de InteligenciaFinanciera del Perú; por lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; ydemás normas pertinentes; RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a partir del 1 de febrero del 2006, al señor Giancarlo Guido Balestra Bálsamo enel cargo de confianza de Director del Área de Administración de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, Plaza Nº 06, Categoría Director II, previsto enel Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigentes, percibiendo la remuneración que con arreglo a ley y alas disposiciones legales le corresponda. Artículo Segundo.- El egreso que genere lo dispuesto en la presente Resolución se afectará al GrupoGenérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales, del Pliego Presupuestal Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ANTONIO HAMANN PASTORINO Director Ejecutivo 01816 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C (Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Amazonas, mediante Oficio Nº 026-2006-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR,recibido el 30 de enero de 2006) ORDENANZA REGIONAL Nº 028-2004-CR/RA EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 130-2004 de Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 23 deabril del 2004, se aprobó la propuesta sobre reconocimiento del Grupo Técnico de Educación Ambiental; Que, las Regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia refiere el Art. 197º de la Ley Nº 27680 - Leyde Reforma Constitucional, su definición guarda armonía con los Artículos 2º, 15º, Inc. a, y 16º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que otorgaatribuciones para proponer normas y acuerdos regionales; Que, así mismo, los Artículos 66º, 67º, 68º y 69º de la Constitución Política del Estado, determina la política nacional del medio ambiente, así como está obligado en