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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (01/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G37/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 1 de febrero de 2006 CENTRO POBLADO DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO SAN PEDRO ACZO ANTONIO ANCASH DE UCHUPATA RAIMONDI Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad de CentroPoblado mencionada en el artículo precedente, queda encargado de las funciones establecidas en el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM de fecha 23de abril de 1998, así como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a lanormatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 3º.- El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionará los libros de nacimiento,matrimonio y defunción, a la Oficina de Registro de Estado Civil, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así comotambién corresponderá a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a éstas, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia conlas normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 01750 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G68/G6F/G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G28/G43/G4D/G41/G43/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G53/G2E/G41/G2E/G29/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G6E/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 71-2006 Lima, 23 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa (CMAC Santa S.A.) para que se le autorice la conversión de su Oficina Especial a Agencia, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de Santa,departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución SBS Nº 661-2001 del 7.9.2001, se autorizó a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa (CMAC Santa S.A.), la apertura de una oficina, en la modalidad de Oficina Especial ubicada en laciudad de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash; y, Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" y la Intendencia Generalde Microfinanzas, mediante el Informe Nº 002-2006- DEMB; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la CircularNº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005;RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa (CMAC Santa S.A.), la conversión de su Oficina Especial a Agencia, ubicadaen la avenida Bolognesi Nºs. 735-737, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash. Artículo Segundo.- La Agencia puede efectuar todas las operaciones y servicios autorizados a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa. Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº CM-0334-2005 (B-2147-2005) dentro de los siete (7) días calendario de formalizada la conversión, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa deberá reportara esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referida Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 01863 UNIVERSIDADES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F /G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 052-06-R Callao, 24 de enero de 2006 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 020-2006-OASA (Expediente Nº 103615) recibido el 20 de enero de 2006 por el cual el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacionaldel Callao para el Ejercicio Fiscal 2006. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM y el Art. 25º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, cada entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que es aprobadopor el titular del pliego o la máxima autoridad administrativa de la entidad como es el presente caso; Que, el presente plan se ha elaborado en coordinación con la Oficina de Planificación teniendo en consideración el presupuesto anual aprobado para nuestra Universidad en el presente ejercicio 2006, encontrándose presupuestados loscostos que el mismo demanda; sin embargo, la ejecución de dicho gasto está sujeta al comportamiento de los ingresos de las Facultades y de la administración central; Estando a lo glosado; a lo dispuesto en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE; al Informe Nº 124- 2006-UPEP-OPLA y Proveído Nº 147-2006-OPLArecibidos de la Oficina de Planificación el 16 de enero de 2006; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad,concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE:1º. APROBAR, el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA UNIVERSIDAD