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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G37/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 1 de febrero de 2006 evaluación comparativa entre propuestas que, por razones de nivel de lectoría o audiencia y el segmentodel público al que está dirigido el medio, resultan totalmente disímiles; Que por otro lado, indica que debido a la urgencia con que se solicitan las publicaciones, no se cuenta con el tiempo necesario para realizar la debida programación de las diferentes publicaciones y comunicaciones, lo cualno permite desarrollar expedientes técnicos para los procesos de selección; Que asimismo, en el referido Informe Técnico, se señala que los pedidos de colocación de avisos o de realización de campañas de difusión en los medios de comunicación, son solicitados por diversas áreas parasu atención en cortos períodos de tiempo, por lo que todo trámite debe ser llevado a cabo de inmediato; Que así, dicha información estaría al alcance de los usuarios de manera permanente, lo cual brindaría las facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y permitirá que el público engeneral acceda a las oficinas de la SUNAT ubicadas en su región; Que sobre el particular, la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administración mediante Memorándum Nº 1837-2005-SUNAT/2G3000 ha señalado que emite opinión favorable a fin que se prosigacon las gestiones que correspondan a efectos que se exonere del Proceso de Selección para la contratación del servicio publicación de avisos de orientación y difusióntributaria de las dependencias de la SUNAT; Que por su parte, la División de Presupuesto de la Gerencia Financiera de la Intendencia Nacional deAdministración, mediante Informe Nº 084-2005-SUNAT/ 2G5200, señala el monto de los referidos servicios cuentan con la respectiva cobertura presupuestal; Que de acuerdo al Informe Legal Nº 008-2006-SUNAT/ 2B2300, y por las consideraciones que en él se señalan, la División Jurídico Administrativa de estaSuperintendencia opina que el servicio de publicación de orientación y difusión tributaria de las dependencias de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT durante el año 2006 a nivel nacional, por sus características particulares, corresponde a un servicio personalísimo de acuerdo a lo establecido en el tercerpárrafo del Artículo 145º del Reglamento; en ese sentido dicha contratación debe exonerarse de las formalidades del proceso de selección que corresponda; Que lo expuesto en los citados Informes y en el Memorándum emitido por la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administración, justificatécnica y legalmente la procedencia y necesidad de la contratación del referido servicio especializado de publicidad mediante la exoneración del proceso deselección correspondiente, cumpliéndose así con lo previsto en el literal f) del Artículo 19º y Artículo 20º de la Ley y en los Artículos 145º al 148º de su Reglamento,que permiten la contratación de medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a sus característicasparticulares, bajo el supuesto de servicios personalísimos; Que según lo dispuesto en el mencionado Artículo 20º de la Ley y en el Artículo 147º del Reglamento, la Resolución que apruebe la exoneración al Proceso de Selección deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión; y, adicionalmente, deberá publicarse a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones yContrataciones - SEACE; En uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente, para la contratación del servicio personalísimo con los medios de comunicaciónde prensa escrita, radio, portal internet, difusión audio visual, publicidad exterior móvil, cines y publicación deavisos en guías telefónicas, durante el año 2006, por un monto total de S/. 10´790,000.00 (Diez millones setecientos noventa mil y 00/100 nuevos soles), deacuerdo al siguiente detalle: MEDIO DE COMUNICACIÓN Monto en Nuevos soles. Prensa escrita 5´500,000.00 Radio 4´000,000.00 Portal internet 300,000.00 Difusión audiovisual 600,000.00 Publicidad exterior móvil 200,000.00 Publicación de avisos en Guías Telefónicas 190,000.00 Total en Nuevos Soles S/. 10´790,000.00 Artículo 2º.- La fuente de financiamiento para dicha contratación, corresponde a recursos directamente recaudados por la SUNAT, y el órgano encargado de llevarla a cabo mediante las acciones inmediatas quecorrespondan es la División de Compras de la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administración en el caso de Lima, correspondiendo alas Oficinas de Administración de las Intendencias Regionales y Oficinas Zonales ejecutarlas dentro del ámbito de su jurisdicción. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administración remita copia de la presente Resolución y de los informes que lasustentan a la Contraloría General de la República, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) díashábiles siguientes a la fecha de su emisión; así como su publicación en el SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administración Tributaria 01898 UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DEL PERÚ /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/GED/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/GC1/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN Nº 006-2006-UIF-PERÚ Lima, 30 de enero del 2006 El Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú VISTO: La Carta del 27 de enero del 2006, de renuncia al cargo de Director del Área de Administración, presentada por el señor José Abraham Misad Paulet; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 024-2005-UIF-Perú, del 7 de abril del 2005 y publicada el 12 de abril del 2005, se designó a partir de la fecha de publicación, a don JoséAbraham Misad Paulet, en el cargo de confianza de Director del Área de Administración, Categoría Director II, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú; Que, mediante Carta del 27 de enero del 2006, el señor José Abraham Misad Paulet, formula renuncia al