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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (01/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G37/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 1 de febrero de 2006 I N E I /GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65 /G4C/G69/G6D/G61/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C /G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 046-2006-INEI Lima, 31 de enero del 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de Norma Legal, la variación mensual que hayaexperimentado el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, deberá publicar mensualmente con carácter de Norma Legal, la Variación Acumulada del Índice de Precios al Consumidor,con respecto al índice del mes de diciembre del año anterior; Que, en el mes de enero del 2002 se procedió a realizar la revisión de la metodología y de los procedimientos de cálculo del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, estableciéndosecomo período Base: Diciembre 2001=100,00; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Preciosal Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de enero del 2006 y la Variación Acumulada del Índice de Precios al Consumidor con respecto al mes dediciembre del 2005, así como aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Porcentual Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Diciembre 2001 = 100,00) correspondiente al mes de enero del 2006: AÑO 2006 NÚMERO VARIA CIÓN PORCENTUAL MES ÍNDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 109,81 0,50 0,50 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, correspondiente al mes de enero del 2006 , documento que contiene la Información Oficial del Índice de Preciosal Consumidor. Regístrese y comuníquese.EMILIO FARID MATUK CASTRO JefeInstituto Nacional de Estadística e Informática 01896 /GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G6D/G65/G64/G69/G6F/G20/G4D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G20/G61/G6C /G50/G6F/G72/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G61/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 047-2006-INEI Lima, 31 de enero del 2006CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI, elabora y publica el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando comoperíodo Base: Año 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de enero del 2006 , y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de laEconomía, que contiene la información oficial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacionalque contiene la Base: Año 1994= 100,00, correspondiente al mes de enero del 2006 , así como la publicación de la variación mensual y acumulada del Índice de PreciosPromedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional. AÑO/MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2006 ENERO 171,973343 0,49 0,49 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, quecontiene la información Oficial del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de enero del 2006 . Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe Instituto Nacional de Estadística e Informática 01897 OSITRAN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G20/G61/G6C /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G6C/G74/G61/G73/G20/G79/G20/G42/G61/G6A/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G42/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 006-2006-CD-OSITRAN Lima, 27 de enero de 2006 El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN; VISTA: La Nota Nº 008-06-GRE-OSITRAN, mediante la cual se eleva el “Proyecto de Reglamento Aplicable al Control de las Altas y Bajas de los Bienes de la Concesión”, elaborado por la Gerencia de Regulación de OSITRAN;el cual fue presentado por la Gerencia General a consideración del Consejo Directivo, en su sesión de fecha 26 enero del año en curso; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 5º de la Ley Nº 26917 – Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, estableceque es objetivo de OSITRAN velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones derivadas de los