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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G30/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de febrero de 2006 Municipal, es necesario que reúnan los siguientes requisitos concurrentes: a) Que sean propiedad de la Municipalidad; b) Que estén destinados para uso de esta Comuna; c) Que se les estimen una vida útil mayor de un año; d) Que esté sujeto a depreciación; e) Que el valor unitario sea como mínimo un octavo (1/8) de la U.I.T. vigente; f) Que no estén sujetos a operaciones de venta; g) Que sean objeto de acciones de mantenimiento y/o reparación por personal profesional o con formación técnica en la materia. DE LA CODIFICACIÓNArtículo 8º.- Todos los Bienes de Capital serán registrados en tarjetas, fichas u otro tipo de registro, ya sea en forma manual o mecanizada, debidamente codificadas, el mismo que deberá ser denominada Margesí de Bienes Muebles. Artículo 9º.- La codificación se realizará asignando y aplicando al bien un grupo de números a través del cual se clasificará e identificará. Artículo 10º.- No son objeto de codificación: a) Los bienes adquiridos por la Municipalidad con la finalidad de ser donados de forma inmediata o aquellos adquiridos con el fin de ser entregados a terceros en cumplimiento de los fines institucionales. b) Los repuestos, herramientas y accesorios no contemplados en el inciso e) del artículo 7º del presente Reglamento. DEL REGISTROArtículo 11º.- Los bienes que constituyen el patrimonio mobiliario de la Municipalidad, deberán estar registrados en el Software Inventario Mobiliario Institucional que constituirá el registro de los bienes muebles a cargo del órgano responsable. El registro se hará en forma cronológica anotándose la identificación, características, valores y referencias relativas al ingreso de los bienes. CAPÍTULO III DEL INVENTARIO FÍSICO DEL PATRIMONIO MOBILIARIO Artículo 12º.- El inventario físico del Patrimonio comprende la relación detallada y valorizada de los bienes muebles existentes a una determinada fecha en la Municipalidad. Artículo 13º.- El Inventario Físico deberá realizarse cada dos años; dentro de los meses de enero y febrero; remitiéndose a través de la Oficina de Administración y Finanzas la información respectiva en disquetes y documentos impresos a la Gerencia Municipal. Artículo 14º.- El inventario físico será realizado por el Comité de Gestión Patrimonial, pudiendo ser realizado también por una persona jurídica, si el caso lo amerita. Artículo 15º.- Son condiciones previas al Inventario Físico las siguientes: a) El Principio de Orden en todas las áreas de la Municipalidad debe mantenerse permanentemente. b) Para la toma de inventario debe prepararse lo siguiente: 1) Las tarjetas de Existencia Valoradas y cualquier otro medio de Control de Almacén deben estar al día. 2) Bloqueo del internamiento de bienes recepcionados durante el período en que se realiza el inventario. 3) Los Bienes Muebles que se encuentren pendientes de reclamo durante el proceso de inventario y que cuenten con comprobantes de Salida, permanecen en Almacén. 4) Suspender la recepción de pedidos por un período prudencial antes del inicio del inventario. c) Dotar al equipo que realiza el inventario de medios o instrumentos necesarios para el caso, tales como: catálogos, winchas, calibradores, metros, balanzas, entre otros.Artículo 16º.- La verificación física de los bienes a inventariarse incidirá principalmente en los siguientes aspectos: a) Comprobación de la presencia física del bien y su ubicación; b) Estado de conservación;c) Condiciones de seguridad y; d) Funcionarios responsables; Artículo 17º.- El personal acreditado por el Comité de Gestión Patrimonial se constituirá en cada Oficina o Dirección y procederá a inventariar los bienes que seencuentran en cada ambiente. Realizará su labor verificando de extremo a extremo, todos y cada uno de los bienes muebles que existan en cada uno de losambientes visitados. Artículo 18º.- En caso de constatar la existencia de bienes en proceso de reparación o mantenimiento, elComité de Gestión Patrimonial solicitará la documentación que sustente su salida al área de procedencia y serán considerados dentro del área dondese encuentren ubicados. Artículo 19º.- Concluida la verificación física, el Comité de Gestión Patrimonial deberá remitir el InventarioFísico a la Oficina de Administración con el informe Final del Inventario, el que deberá detallar lo siguiente: a) Los bienes en uso de la Municipalidad; b) Los bienes que no se encuentran en uso de la Municipalidad; c) Los bienes prestados a otros organismos o instituciones que deben ser recuperados; d) Los bienes en proceso de transferencia;e) La relación de los bienes perdidos por negligencia y/o robo, además de la relación de los servidores que tenían a su cargo dichos bienes; f) Relación de bienes de procedencia desconocida; g) Relación de funcionarios responsables del informe realizado. Artículo 20º.- La Oficina de Administración remitirá a la Gerencia Municipal el informe Final del InventarioFísico, adjuntando la documentación señalada en el artículo 9º del presente reglamento. DE LAS DIFERENCIAS DEL INVENTARIO FÍSICO Artículo 21º.- La Oficina de Administración realizará la verificación de la información que aparece en el Inventario Físico del período anterior con la obtenida en el Inventario Físico actualizado, a fin de establecer ydeterminar la conformidad o la existencia de sobrantes y/o faltantes de bienes. Artículo 22º.- Si en el proceso de verificación se establecen bienes sobrantes y/o faltantes y se comprueba que su origen y/o ausencia es desconocida, éstos deberán ingresar y/o excluirse del patrimonio de laMunicipalidad, respectivamente. Artículo 23º.- En caso de comprobarse bienes faltantes por pérdida, robo, sustracción, destrucción totalo parcial, el funcionario responsable en un término de veinticuatro(24) horas de percatarse del hecho, deberá comunicarlo a la Oficina de Administración, a fin de queésta organice un expediente administrativo que contenga las investigaciones realizadas, tramite la copia certificada de la denuncia policial respectiva y en caso de bienesfaltantes por negligencia, tramite los antecedentes correspondientes ante la Unidad de Personal, promoviendo finalmente, el procedimientocorrespondiente para determinar la responsabilidad pecuniaria y administrativa, según sea el caso. CAPÍTULO IV DEL PROCEDIMIENTO PARA EL ALTA DE LOS BIENES MUEBLES DE PROPIEDAD ESTATAL DISPOSICIONES ESPECÍFICAS.- Artículo 24º.- El Alta consiste en la incorporación física y contable de bienes muebles al patrimonio de la Municipalidad, dentro de los 30 días de recepcionadoscon la documentación sustentatoria, la que se autoriza mediante Resolución de Gerencia Municipal con indicación expresa de las causales que la originaron.