Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (04/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G30/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de febrero de 2006 Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano manifiesta que el Templo amerita ser declarado Monumento en razón a su vinculación con la reducción indígena del mismo nombre, creada a la mitaddel siglo XVI y cuya doctrina fue encomendada a la Orden de la Merced, reflejando su diseño arquitectónico la relación con esta Orden y con el culto a la Virgen deCopacabana, advocación mariana propia del área andina; Que, mediante Informe Nº 278-2005-INC/DPHCR- SDR la Subdirectora de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano opina favorablemente por la declaratoria del Templo "San Juande Coto"; Que, de la evaluación del expediente administrativo la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura yUrbanismo emitió el Acuerdo Nº 09 de fecha 6 de diciembre de 2005, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. El informe de evaluación técnica de campo, elaborado por la Subdirección de Centros Históricos de esta institución, que contiene plano de levantamiento del estado actual del conjunto de la Iglesia San Juan de Cotola misma que cuenta con Iglesia, atrio y cuatro capillas posas. - Fotografías mostrando el interior y exterior de la iglesia y capillas. - Planos del estado actual de la iglesia y capillas.- Memoria descriptiva de evaluación y fichas de evaluación técnica de campo. 2. El Informe Nº 018-2005-INC/DPHCR-SDIH-DMVE de la historiadora Deolinda Mercedes Villa Esteves, de la Subdirección de Investigación Histórica. CONSIDERANDO: 1. Que, se trata de un conjunto religioso conformado por la Iglesia, con atrio frontal, posterior y atrios laterales; sus cuatro capillas posas, de las cuales dos aúnconservan su concepción y elementos arquitectónicos originales, y las otras dos han sido reconstruidas por los pobladores conservando su emplazamiento inicial. 2. Que, de la investigación histórica se concluye que los antepasados del pueblo San Juan de Coto, se remontan a la época prehispánica lo cual constituye unvalor histórico cultural. 3. Que, se trata de una iglesia reduccional, construida en el siglo XVII, con la función de cristianización degrandes multitudes y las capillas posas la función de la realización del culto al aire libre (procesiones), manteniendo la importancia del culto a los muertos. 4. Que, conforme a lo señalado por Tereza Gisbert (Arquitectura andina 1530-1830 historia y análisis: La Paz: Don Bosco 1985); las capillas posas, junto con losatrios son un aporte americano al arte y urbanística universal y se asocian con la tradición reduccional. 5. Que, el estado de conservación de la iglesia es bueno a pesar de haber sido intervenida su fachada, perdiéndose la capilla abierta, y reconstruyéndose los campanarios de las torres. Así mismo que el estado deconservación de las dos capillas posas que contienen elementos originales requieren de pronta intervención debido al deterioro de consideración que presentan. SE ACORDÓ: 1. Proponer se declare Monumento conformante del Patrimonio Cultural de la Nación al Conjunto Religioso de la Iglesia San Juan Bautista de Coto, el mismo quecomprende la Iglesia, atrios (frontal, posterior y laterales) y las cuatro capillas posas, por los considerandos anteriormente expuestos. 2. Encargar a la Subdirección de Registro realice los trámites necesarios para su declaración; Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación"; Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de protección quedebe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de Obras en Bienes Culturales Inmuebles" Decreto Supremo Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones;Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO INTE- GRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN al Conjunto Religioso de la Iglesia "San Juan Bautista deCoto", el mismo que comprende la Iglesia, atrios (frontal, posterior y laterales), ubicado en el Pueblo de Coto, distrito de Veintisiete de Noviembre, provincia de Huaral,departamento de Lima. Artículo 2º.- Disponer la inscripción en los Registros Públicos de la condición de Patrimonio Cultural de laNación del inmueble a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Es obligación del propietario, autoridades locales y regionales someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervención a realizarse en el Monumento a que se refiere el artículo 1ºde la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 02048 PROMPYME /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 008-2006-PROMPYME/DE San Isidro, 27 de enero de 2006VISTOS: el Memorando Nº 028-2006-PROMPYME/ DIGA de fecha 27 de enero de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 057- 2005-PROMPYME/DE de fecha 30 de diciembre de 2005, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de ingresos correspondiente al año fiscal 2006 del Centrode Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM establece que cada Entidad elaborará un Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones, debiendo prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuestorequerido, el que será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones seráaprobado por el Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, según corresponda, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la aprobación delpresupuesto institucional; Que, el artículo 26º del Reglamento acotado, señala que el Plan Anual y el documento que lo apruebe deberánser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado; Que, el último párrafo del citado artículo 26º, establece que, adicionalmente, el Plan Anual aprobado estará a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de laEntidad y en la página web de ésta, si la tuviere, pudiendo ser adquirido por cualquier interesado al precio de costo de reproducción;