Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2006 (04/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, sabado 4 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 018-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC-JARG de fecha 9 de enero de 2006, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Arqueologo de la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, recomienda que los sitios arqueologicos "Fortaleza y Anexos", "Cerro La Horca" y Cementerio La Horca", ubicados en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, MORDAZA declarados Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 017 de fecha 13 de enero de 2006 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos "Fortaleza y Anexos", "Cerro La Horca" y Cementerio La Horca", ubicados en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos "Fortaleza y Anexos", "Cerro La Horca" y Cementerio La Horca", ubicados en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Arqueologia de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura, la elaboracion del expediente tecnico de los sitios arqueologicos mencionados en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiesen afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", deben contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 02061 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 084/INC MORDAZA, 19 de enero de 2006 VISTO, el Oficio Nº 893-2005-D-INC/RA de fecha 16 de diciembre de 2005, del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura - Amazonas; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion;

Que, mediante Oficio Nº 893-2005-D-INC/RA de fecha 16 de diciembre de 2005, del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura Amazonas, solicita que el sitio arqueologico Cerro Shipago - Tres Naranjas, ubicado en el distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, sea declarado Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 019 de fecha 13 de enero de 2006 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Cerro Shipago - Tres Naranjas, ubicado en el distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Cerro Shipago - Tres Naranjas, ubicado en el distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura - Amazonas, la elaboracion del expediente tecnico del sitio arqueologico mencionado en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiesen afectar o alterar el paisaje del sitio arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", deben contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 02062 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 085/INC MORDAZA, 19 de enero de 2006 VISTO, el Informe Nº 004-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC-PQN-GCR de fecha 5 de enero de 2006, del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, arqueologo de la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 004-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC-PQN-GCR de fecha 5 de enero de 2006, del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, arqueologo de la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, recomienda que los sitios arqueologicos Infantas I o MORDAZA MORDAZA Sector 3 e Infantas II o MORDAZA MORDAZA Sector 1, ubicados en el distrito de Los MORDAZA,

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